e. 29/08/2020 N° 35670/20 v. 29/08/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
Informe
Número:
IF-2020-56884138-APN-SSES#MS
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 27 de Agosto de 2020
Referencia: INFORME- GUÍA DE
RECOMENDACIONES SANITARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE COMPETENCIAS
DEPORTIVAS INTERNACIONALES EN EL TERRITORIO NACIONAL EN EL MARCO DE LA
PANDEMIA DE COVID-19-
INFORME- GUÍA DE RECOMENDACIONES SANITARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE
COMPETENCIAS DEPORTIVAS INTERNACIONALES EN EL TERRITORIO NACIONAL EN EL
MARCO DE LA PANDEMIA DE COVID-19-
Atento lo manifestado por el MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES, mediante
NO-2020-56721959-APN- MTYD solicitando considerar la elaboración de una
Guía de Recomendaciones Sanitarias
para la realización de Competencias Deportivas Internacionales
en el territorio nacional en el marco de la pandemia de COVID-19., la
DIRECCION NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES, ha
elaborado una guía con las recomendaciones solicitadas precedentemente.
Asimismo informa que el mencionado documento ha sido confeccionado por
el equipo técnico y directivo de dicho nivel, sugiriendo que
corresponde su aprobación, entendiendo que se trata de recomendaciones
generales pasibles de ser adaptadas para su implementación según la
dinámica situación Epidemiológica local.
Atento lo expuesto, esta Subsecretaría de Estrategias Sanitarias,
compartiendo el criterio manifestado por la citada Dirección, presta su
conformidad con la "GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE
COMPETENCIAS DEPORTIVAS INTERNACIONALES EN EL MARCO DE LA PANDEMIA DE
COVID- 19", que como archivo embebido se adjunta al presente.
RECOMENDACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE
COMPETENCIAS DEPORTIVAS INTERNACIONALES
1. MEDIDAS GENERALES
La delegación deportiva que haya ingresado al territorio argentino
deberá sujetarse a las siguientes condiciones generales relacionada con
los cuidados
Distanciamiento social
- Debe mantenerse una distancia mínima entre personas de DOS (2)
metros. Esta medida aplica tanto para los trabajadores como para el
público que asista al establecimiento (clientes, proveedores, etcétera).
-Evitar el contacto físico al saludar con besos, abrazos u apretones de
manos.
-Evitar reuniones en espacios cerrados dentro y fuera del espacio de
trabajo, incluyendo reuniones familiares o con amigos.
- No compartir mate, vajilla ni otros utensilios.
- El uso de "barbijo casero, cubrebocas o tapabocas" no reemplaza las
medidas de distanciamiento social ni la necesidad de mantener la
distancia interpersonal de seguridad, pero puede considerarse como una
medida adicional cuando transitoriamente no sea posible mantener la
distancia de seguridad mínima. El "barbijo casero, cubrebocas o
tapabocas hace referencia a dispositivos de tela reutilizables que
deben cubrir por completo la nariz, boca y mentón y que se emplean como
medida adicional para reducir la posibilidad de transmisión de COVID-19.
Para más información sobre modo de uso, forma de colocación,
confección, etc. del "barbijo casero, cubrebocas o tapabocas" dirigirse
al siguiente sitio: https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/barbijo
Para mantener el distanciamiento social se debe limitar la densidad de
ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina,
vestuarios, posiciones de trabajo, etcétera) a 1 persona cada 2,25
metros cuadrados de espacio circulable, para ello se puede utilizar la
modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados. Cuando por sus
características, esto no sea posible, se debe impedir el uso de estos
espacios
En caso de que no pueda mantenerse distancia mínima de seguridad (2
metros) entre puestos de trabajo, considerar la instalación de medidas
físicas (mamparas, paneles de vidrio) de fácil y frecuente limpieza.
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/preguntasfrecuentes#distanciamiento
Higiene de manos
Todas las personas que desarrollen tareas en establecimientos
habilitados, deberán realizar lavado de manos con frecuencia y
obligatoriamente:
- Al llegar al lugar de trabajo.
- Antes y después de manipular basura o desperdicios.
- Antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar.
- Luego de haber tocado superficies públicas: mostradores, pasamanos,
picaportes, barandas, etc.
- Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.
- Después de ir al baño o de cambiar pañales.
- Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
- Se recomienda evitar, en la medida de lo posible, llevar las manos a
la cara.
Cada local o establecimiento habilitado deberá contar con lugares
adecuados para realizar un adecuado y frecuente lavado de manos con
agua y jabón (dispensador de jabón líquido/espuma, toallas descartables
o secadores de manos) y además deberán ponerse a disposición soluciones
a base de alcohol al 70% (por ejemplo, alcohol en gel).
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico
Es responsabilidad de la institución proveer los elementos adecuados en
cantidad suficiente y en forma accesible para la higiene personal
(lavado de manos con jabón, solución hidroalcohólica y toallas de
papel).
Recordar que debe emplearse soluciones a base de alcohol únicamente
cuando las manos se encuentran limpias, en caso contrario debe
realizarse el lavado con agua y jabón. Se aconseja el lavado frecuente
de manos con una duración de 40-60 segundos.
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/gpsc lavarse-manos
poster es.jpg
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/gpsc_desinfectmanos_poster_es.jpg
Dada la mayor persistencia del virus sobre el látex o nitrilo, no se
recomienda el uso de guantes salvo para tareas específicas (tareas de
limpieza, contacto directo con secreciones).
Higiene respiratoria
- Utilizar barbijo casero que cubra nariz, boca y mentón en espacios
laborales y áreas comunes de trabajo. Su uso no reemplaza ninguna de
las medidas de distanciamiento físico ni de higiene.
- Promover el lavado del barbijo casero con agua y jabón al menos una
vez al día, y cambiarlo inmediatamente si se encuentra sucio o mojado
(https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/barbijo)
- Al toser o estornudar, usar un pañuelo descartable o cubrirse la
nariz y la boca con el pliegue interno del codo en caso de no tener
colocado el barbijo casero. En ambos casos, higienizarse las manos de
inmediato.
- Disponer en área de espera y/o alto tránsito de cestos de basura de
boca ancha y sin tapa para desechar los pañuelos descartables
utilizados.
Desinfección de superficies y ventilación de ambientes
- Debe respetarse en todo momento la normativa vigente sobre limpieza y
desinfección según rubro y actividad.
- Realizar desinfección diaria de superficies. La frecuencia de
desinfección debe ser adecuada al tránsito y la acumulación de
personas, la época del año y la complementación con la ventilación de
ambientes.
- Realizar limpieza de las superficies con agua y detergente antes de
la desinfección.
- Proveer de los elementos necesarios para efectuar la limpieza húmeda
(balde, trapeador, paño, agua, detergente) y desinfección (recipiente,
trapeador o paño, agua hipoclorito de sodio de uso doméstico con
concentración de 55 gr/litro en dilución para alcanzar 500 a 1000 ppm
de cloro -100 ml de lavandina en 10 litros de agua).
- Las soluciones de lavandina deben utilizarse dentro de las 24 horas
de preparadas para asegurar su eficacia.
- Ventilar regularmente los ambientes cerrados (al menos una vez al
día), sobre todo en período invernal o de bajas temperaturas para
permitir el recambio de aire.
- No se recomienda rociar o frotar la ropa, el calzado, bolsos,
carteras u otras pertenencias con alcohol, lavandina u otras soluciones
desinfectantes.
- No se recomienda el uso de "cabinas desinfectantes" u otro tipo de
dispositivos que impliquen el rociado de soluciones desinfectantes
sobre las personas, este tipo de intervenciones no sólo no tienen
utilidad demostrada en la prevención de la transmisión de virus
respiratorios, sino que su uso puede asociarse a potenciales efectos
nocivos.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/limpieza-domiciliaria
c) Aceptar la aplicación de la penalidad que corresponda conforme a lo
que disponga el ordenamiento jurídico que resulte aplicable en caso de
no cumplir las orientaciones sanitarias aquí previstas o falsear las
declaraciones juradas referidas a su estado de salud o las violaciones
a las normas sanitarias nacionales, provinciales o municipales en que
se encuentre.
f) Aceptar ser escoltado por las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas
Policiales nacional o local.
g) Aportar los datos de contacto de los responsables sanitarios.
h) Aceptar ser trasladadas al lugar donde deban cumplir sus actividades
deportivas y alojamiento mediante un mecanismo de riesgo controlado, en
la medida de lo posible sin paradas, cuando fueran viajes en transporte
terrestre. A dicho fin, contarán con un estricto seguimiento de las
Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales.
j) Se deberá garantizar la disponibilidad de un teléfono que posibilite
la comunicación permanente con el personal sanitario si fuera necesario.
k) Se compromete la delegación a comunicarse inmediatamente con la
autoridad sanitaria para realizar control clínico y pruebas
diagnósticas que sean requeridas ante la sospecha de existencia de
contagio. Si resultara positivo para COVID-19, aceptará cumplir con el
aislamiento de 14 días y o tratamiento a partir de la fecha de
diagnóstico.
Identificación de personal en riesgo:
- Dentro de la nómina de personal que desarrolle las actividades, están
exentas del deber de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo
establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Resolución
N°207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su
artículo 1°, aquellas personas cuya presencia en el hogar resulte
indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes y las
siguientes personas incluidas en los grupos en riesgo:
▪ Mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados
"personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento".
▪ Personas gestantes.
▪ Personas con enfermedad respiratoria crónica: enfermedad pulmonar
obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia
broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o
severo.
▪ Personas con enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca,
enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
▪ Personas con inmunodeficiencias y estados de inmunodepresión.
▪ Personas con diabetes
▪ Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con
expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
▪ Personas con enfermedad hepática avanzada.
Recordar: se debe asegurar el respeto de la privacidad y
confidencialidad de la información médica de los trabajadores y las
trabajadoras, con especial atención a la información relacionada a
patologías que configuren factores de riesgo para formas graves de
COVID-19.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/mayores
Medidas para la detección y Manejo de
Casos Sospechosos y Contactos Estrechos
- Desarrollar actividades de identificación de potenciales casos
mediante la medición de temperatura corporal, fomentando el
autorreporte y la realización de cuestionarios sencillos para la
detección de posibles síntomas previo al ingreso al lugar de trabajo.
- Si se instaura la medición de temperatura al ingreso a la
institución, esta debe realizarse empleando termómetros infrarrojos que
no impliquen contacto físico directo. La persona encargada de la
medición de temperatura debe contar con equipo de protección personal
apropiado. La especificación del equipo a emplear deberá ser detallado
en las recomendaciones específicas de cada actividad.
- No permitir el ingreso a los locales o establecimientos donde se
desarrolla la actividad de personas con temperatura igual o mayor a
37,5°C o que presenten los síntomas propios del COVID-19.
- Evitar la estigmatización y la discriminación de personas
sintomáticas o afectadas por COVID-19 y sus contactos estrechos.
- Establecer medidas a adoptar en el local o establecimiento para
aislar a una persona que manifieste síntomas de COVID-19 para lo cual
se sugiere disponer de en una sala o zona en donde la persona con
síntomas no tenga contacto con otras personas y espere hasta ser
evaluada adecuadamente. Se debe proceder de acuerdo a lo establecido o
según lo indicado por las autoridades locales de salud de la
jurisdicción.
- Ante la identificación de personal con síntomas respiratorios o
fiebre, contactar inmediatamente al Sistema de Emergencias de salud
local para su evaluación y eventual trasladado a una institución de
salud. Debe notificarse toda sospecha de COVID-19 a la autoridad
sanitaria local.
Se considera contacto estrecho a toda persona que cumpla la definición
detallada en
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/Identificacion-y-seguimiento-de-contactos
Los contactos estrechos cumplirán indefectiblemente 14 días de
aislamiento domiciliario y realizarán monitoreo estricto de los
síntomas. Los 14 días se considerarán a partir del último día de
contacto con el caso confirmado.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-
19/Identificacion-y-seguimiento-de-contactos
La utilización de elementos de protección personal para cada actividad
se detallan en
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/recomendaciones-uso-epp
2. MEDIDAS ESPECIALES
INGRESO AL PAÍS
Previo al embarque
Las personas que, por ser integrantes de equipos deportivos,
dirigentes, deportistas o personal involucrado requieran ingresar a la
REPUBLICA ARGENTINA deberán completar on line dentro de las 24 hs
previas a su embarque la declaración jurada conjunta (MINISTERIO DE
SALUD y DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES), desde el portal de
www.migraciones.gob.ar/DDJJ/viaje. mediante un formulario web que
contendrá su compromiso respecto de las siguientes cuestiones:
a) Agregar para su embarque en dicha declaración jurada un certificado
médico extendido por profesional propio o contratado de la entidad
deportiva que acredite que el equipo, técnicos y directivos no tienen
síntomas compatibles con COVID-19.
b) También de contar con un test PCR negativo de COVID 19 agregarlo a
su declaración jurada, así como cualquier otro documento sanitario
referido a su situación de salud que permita determinar que no posee
síntomas compatibles con COVID 19.
c) Obligarse a cumplir con todas las exigencias de la legislación
argentina a quienes viajen desde el exterior hacia la República
Argentina como delegaciones deportivas internacionales, referidas a las
medidas de distanciamiento social y uso de barbijo u otras
restricciones o recomendaciones enunciadas en el formulario de la
declaración conjunta o la normativa nacional o en los protocolos
aprobados para prevenir la propagación del COVID 19.
e) Anoticiar a las autoridades de la entidad deportiva cualquier
novedad sobre su estado de salud que pudiera hacer sospechar que
padecen síntomas compatibles con el COVID-19 o lo han padecido en los
últimos 14 días o que han estado en contacto estrecho con casos
positivos de COVID-19 en ese mismo lapso.
f) Desistir de emprender un viaje a la REPUBLICA ARGENTINA si se tiene
sospecha de síntomas compatibles con COVID 19 o diagnostico confirmado
de la enfermedad, hasta que se cuente con el alta médica o si conoce
que ha estado en contacto estrecho con casos positivos de COVID 19 en
ese mismo lapso.
Migraciones
Deberán remitir la agenda de las actividades dentro del país de la
república Argentina, el cual únicamente podrá incluir los traslados al
lugar de alojamiento, al entrenamiento, al encuentro deportivo, y de
salida del hotel para el aeropuerto. Con anterioridad al ingreso al
país (por lo menos 5 días antes) se deberá remitir un listado completo
de los integrantes de la delegación, el cual será verificado por la
autoridad de control migratorio, y se encontrará debidamente cargado en
el sistema informático de la Dirección Nacional de Migraciones.
Los listados mencionados deberán ser remitidos por correo electrónico a
XXXXX@migraciones.gov.ar y se deberá detallar la siguiente información:
a. Nombre y Apellido
b. Fecha de Nacimiento
c. Tipo de Documento: Cedula de Identidad/Pasaporte/Carne/otros
d. n° de pasaporte
e. Nacionalidad
f. Domicilio (en el cual estará alojado durante toda su estadía)
Asimismo, se deberá adjuntar el escaneo de cada uno de los pasaportes
que integren dicho listado a los fines de que la autoridad migratoria
pueda convalidar los datos remitidos.
Las delegaciones deportivas (jugadores, entrenadores, equipo técnico),
equipos de árbitros, miembros de la organización y todo el personal
involucrado en las distintas etapas deberán tramitar necesariamente, el
permiso de ingreso correspondiente, a través de cada club, asociación,
empresa u organismo que los nuclea, siendo el Ministerio de Deportes el
responsable de articular con las autoridades de la Dirección Nacional
de Migraciones.
Durante el embarque
Someterse al control de salud que efectúe la aerolínea o la autoridad
consular o sanitaria si así se le requiere como requisito migratorio
argentino.
Anoticiar a las autoridades aeroportuarias o sanitarias del lugar de
partida y las de la entidad deportiva cualquier novedad sobre su estado
de salud que pudiera hacer sospechar que padece síntomas compatibles
con el COVID-19 o lo han padecido en los últimos 14 días o que han
estado en contacto estrecho con casos positivos de COVID 19 en ese
mismo lapso.
Observar las recomendaciones e indicaciones de la tripulación y
autoridad sanitaria de la terminal de partida o de transito si se
detectare un caso sospechoso durante el embarque sea de un tercero o
propio para prevenir la propagación de la enfermedad, desistiendo de su
viaje en este último caso a efectos de recibir la atención medica
correspondiente y hasta tanto cuente con el diagnóstico y eventual alta.
Durante el viaje
Tripulaciones:
- Mantener la higiene de manos y la de las superficies de uso común,
según recomendaciones.
- Evitar tocarse la boca, nariz y ojos.
- Estar atento a la aparición de signos o síntomas compatibles con
COVID-19, a través de la autobservación, tanto en sus hogares como en
los lugares de pernocte.
- La tripulación de vuelo deberá utilizar barbijo durante el traslado
al aeropuerto, circulación dentro del aeropuerto, durante el briefing y
cuando no se pueda lograr el distanciamiento físico. La tripulación de
vuelo puede quitarse el barbijo cuando estén en la cabina y con la
puerta cerrada.
- La tripulación debe minimizar las acciones cara a cara con el
personal de counter y de rampa, utilizando comunicación telefónica o de
radio.
- Si deben pernoctar, se recomienda al explotador aéreo cerciorarse que
los hoteles seleccionados a tal fin observen protocolos de limpieza que
garanticen la desinfección adecuada contra COVID-19 de las habitaciones
que deberán ser individuales, y que las tripulaciones no transiten
innecesariamente lugares públicos, así como espacios comunes de los
hoteles. El distanciamiento social debe ser una condición esencial y
los integrantes de la tripulación deben comprometerse a cumplir con las
medidas generales de cuidado:
o Distanciamiento social
o Higiene de manos
o Higiene respiratoria
o Uso de barbijo
- La tripulación siempre aborda la aeronave previamente a los pasajeros.
- La tripulación de Cabina deberá usar barbijo durante el embarque,
acomodo de los pasajeros y distribución del servicio. Debido a la
interferencia de las comunicaciones, los barbijos podrán ser retiradas
para realizar las mismas.
- Se deberá reducir el servicio a bordo al mínimo necesario para
garantizar los estándares de comodidad y bienestar para los pasajeros y
limitar el contacto entre los miembros de la tripulación y los
pasajeros.
- Si los anuncios no se realizan por el sistema audiovisual, estas
comunicaciones solo se realizarán por el sistema de audio.
- Deberán advertir a los pasajeros que, en caso de emergencia, se
deberá usar la máscara de oxígeno previo retiro del barbijo.
- En la medida de lo posible, deben observar las medidas de
distanciamiento físico y minimizar toda interacción no esencial,
incluso con los pasajeros, durante el transcurso de su servicio,
excepto cuando sea necesario para responder a una emergencia en vuelo.
- Debe procederse a la identificación de personal en riesgo. Según
http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000001961cnt-covid19-
recomendaciones-para-el-desarrollo-de-protocolos-en-el-marco-de-la-
pandemia.pdf
Pasajeros:
Respetar y observar las exigencias para los viajeros internacionales
previstas por la aerolínea correspondiente, referidas a las medidas de
distanciamiento social, uso de barbijo y restricciones de movimiento
innecesario dentro del medio de trasporte durante el viaje.
Responder a la convocatoria que efectúa la tripulación durante el vuelo
y previo al desembarque invitando a hacerle conocer sobre si se
presentan síntomas compatibles con COVID 19 o se sospecha de haber
estado en contacto estrecho con algún caso confirmado en los últimos 14
días.
Con independencia de lo expuesto en el ítem precedente informar en
cualquier momento del viaje a la tripulación del medio de trasporte o
en su caso autoridades de la entidad deportiva cualquier novedad sobre
su estado de salud que le pudiera hacer sospechar que padece síntomas
compatibles con el COVID-19, a efectos de que sea anoticiada a la torre
de control del lugar de destino y que el evento sea incluido en el
parte sanitario de la Declaración General de la Aeronave, o documento
similar si no se trata de una aeronave, para que se proceda a convocar
a la autoridad sanitaria correspondiente, para que tome la intervención
de su competencia.
Observar las recomendaciones e indicaciones de la tripulación si se
detectare un caso sospechoso a bordo sea, de un tercero o propio, para
prevenir la propagación de la enfermedad en el medio de trasporte,
respecto a su ubicación, aislamiento, uso de equipo de protección
personal u otra.
- Los pasajeros deberán estar provistos de elementos de protección
personal (barbijo) y guardar las indicaciones de distanciamiento de la
aerolínea.
- Al momento del embarque propiamente dicho se procederá de tal manera
que se minimice la interacción entre pasajeros y tripulación,
dependiendo de las características de la aeronave y las facilidades
disponibles en el aeropuerto. Organizar el ingreso de pasajeros
evitando la aglomeración de los mismos, sobre todo en áreas donde sea
difícil mantener el distanciamiento social.
- El explotador aéreo deberá establecer un procedimiento que garantice
que los pasajeros puedan utilizar los sanitarios, con la mínima
interacción posible.
- Solo en caso de emergencia podrán llamar a los tripulantes de cabina.
- Si se detecta un caso sospechoso se llevará adelante el protocolo
vigente ubicando la aeronave en posición remota o donde se le indique
para que concurran médicos del aeropuerto y personal de Sanidad de
Fronteras para la evaluación de la situación.
- En el caso de una detección de algún caso sospechoso. En el avión ya
ubicado en la manga, la tripulación deberá demorar la evacuación de la
aeronave y comunicar de inmediato a las autoridades para activar el
protocolo de aislamiento y derivación del caso.
Aeronaves:
- Se recomienda a los explotadores aéreos que utilizan la recirculación
del aire de la cabina que instalen y usen filtros de partículas de aire
de alta eficiencia HEPA, de acuerdo con las especificaciones del
fabricante, o que eviten el uso de la recirculación del aire de la
cabina por completo, siempre que se confirme que ello no comprometerá
ninguna función crítica de seguridad (p. Ej. enfriamiento de equipos de
aviónica, presurización de cabina, etc.).
- Cuando se instalan filtros HEPA, los ventiladores de recirculación no
deberán detenerse, pero se deberá usar un flujo de aire fresco
incrementado seleccionando el flujo del paquete en alto, siempre que
sea posible. Previo a la salida se deberá proceder a la desinfección
efectiva de la aeronave contra el COVID-19 cumpliendo para su
aplicación con los productos y procedimientos autorizados por el
fabricante de la aeronave, tanto en la cabina de mando, la cabina de
pasajeros, servicios y las áreas de carga, observando también las
indicaciones señaladas por la OMS en el documento "Consideraciones
operacionales para manejar los casos de COVID-19 o un brote en la
aviación".
- De realizarse el viaje en un avión que no cuente con filtros HEPA
deberán mantenerse distancias entre los asientos, dejando espacios
libres.
- Los explotadores deben considerar dentro de sus procedimientos la
limpieza y desinfección preventiva de la aeronave, cuando llegue a un
lugar considerado de alto riesgo por el COVID-19 y, la desinfección
posterior a un evento con caso sospechoso de enfermedad
infectocontagios a bordo, para lo cual se deberá considerar los
productos y procedimientos establecidos por el fabricante, así como el
tamaño de la aeronave y los tiempos de turn around.
- Los explotadores aéreos deben implementar el procedimiento de
desinfección de los controles y superficies de la cabina de mando antes
del vuelo si hay cambios en la tripulación, utilizando material que sea
efectivo contra el COVID-19 y seguro para el uso de la aviación.
- Ante la presencia de un caso sospechoso, la aeronave deberá ser
desinfectada con los procedimientos recomendados por el fabricante,
certificando su realización la autoridad de Sanidad de Fronteras
dejando registrado de los datos del personal involucrado en el todo
procedimiento
A la llegada
•
Sanidad de Fronteras
a) Actualizar lo reportado en su Declaración Conjunta presentada a la
partida sobre la existencia de síntomas o conocimiento de haberse visto
expuesto a riesgo de contraer COVID -19 antes o durante el viaje a
efectos de facilitar que se dispongan las medidas sanitarias para
prevenir la propagación del COVID 19.
b) Someterse a los controles de salud, y toma de temperatura que se
disponga a los efectos de determinar si se tienen síntomas compatibles
con COVID 19,
c) Cumplir con los requerimientos y recomendaciones de la autoridad
sanitaria en el punto de entrada, incluso de ser posible, descender del
medio de trasporte de modo agrupado, en el orden en que se establezca
la autoridad sanitaria para poder efectuar el control sanitario de la
delegación en su conjunto, a la salida del medio de trasporte.
d) Anoticiar a autoridad sanitaria nacional cualquier novedad sobre su
estado de salud que pudiera hacer sospechar que padecen síntomas
compatibles con el COVID-19 durante la travesía, o si ha estado en
contacto estrecho con un caso positivo en los últimos 14 días a efectos
de que se dispongan las medidas necesarias.
e) Tener previsto su lugar de derivación y atención para el supuesto en
que corresponda de verificarse un caso sospechoso conforme lo
organizado desde la respectiva Delegación, incluso en lo que refiere a
la atención médica y el trasporte para esa derivación de modo seguro y
cumpliendo las exigencias sanitarias o en su defecto consentir se
efectúe conforme el protocolo previsto en la terminal de llegada.
f) Aceptar permanecer aislado en la terminal en el lugar previsto para
ello, en el caso en que se verifique que reúne las condiciones para ser
considerado un caso sospechoso de padecer síntomas del COVID 19 o haber
estado en contacto con algún caso conformado en los últimos 14 días,
hasta que se proceda a su derivación.
g) El servicio médico de la entidad deportiva deberá tener disponible
para el caso de que le sea requerido su protocolo de actuación para
prevenir el COVID 19 y las constancias de las evaluaciones y/o pruebas
realizadas al equipo.
AL ARRIBO A LA REPUBLICA ARGENTINA:
Migraciones
• Las delegaciones a la llegada, en conjunto con su equipaje,
realizarán los trámites migratorios y aduaneros preferentemente de
manera aislada, de conformidad con las previsiones de las Direcciones
Nacionales de Migraciones y Aduana. Se coordinará con las Direcciones
Nacionales de Migraciones y Aduana, Sanidad de Fronteras, PSA, y ANAC,
para realizarse los controles pertinentes en Pista con elementos de
control no intrusivo y previo al ascenso al medio que los transportará.
El vehículo de transporte deberá solicitar la autorización para
ingresar a Pista por el Puesto Fijo 1 indicando el personal que
ingresará con el mismo. Culminado los controles el vehículo egresará
por el mismo Puesto Fijo.
• Para el ingreso deberán estar acompañados de sus documentos
identificatorios. Conforme la Decisión MERCOSUR N° 46/15, los
Documentos podrán ser:
o Pasaporte
o Cedulas de Identidad
o DNI en caso de ser residentes en la República Argentina
• En caso de ser portador de algún tipo de residencia en el país
deberá, conjuntamente, presentarla con la documentación identificatoria
al agente de control migratorio en el puesto o paso de ingreso.
• En todos los casos deberán estar atento a los requerimientos que el
personal de Migraciones le solicite o indique en los puestos o pasos de
ingreso.
• Concluidos los trámites, deberán subir directamente a los vehículos
asignados para su traslado.
• Estando en el vehículo asignado, el mismo será lacrado por el Oficial
de Seguridad de la organización deportiva. Durante el traslado desde el
aeropuerto hasta el hotel habilitado para el hospedaje, no se permitirá
el ascenso o descenso de pasajeros, debiendo ser escoltados por alguna
de las fuerzas federales de seguridad.
• Una vez que hayan llegado al hotel, se procederá de conformidad al
protocolo establecido por el alojamiento y a las previsiones generales
y específicas determinadas por este protocolo.
TRANSPORTE TERRESTRE
Vehículos de transporte terrestre:
Las empresas operadoras encargadas de los distintos traslados
(Aeropuerto/Hotel/Entrenamiento/Estadio) seleccionarán al personal de
conducción y al resto del personal, de acuerdo a los parámetros de
riesgo para los trabajadores, conforme lo determina el Ministerio de
Salud, y se deberán observar las siguientes recomendaciones:
- Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los
conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad
provocada por el virus identificado como COVID-19 (conforme lo
determina el Ministerio de Salud), no deberá tomar servicio y deberá
seguirse el protocolo para el personal enfermo.
- Cuando el diseño de la unidad lo permita, se deberá clausurar la
puerta de ingreso que se encuentra a la derecha del conductor,
habilitando la/s puertas posterior/es de la unidad, tanto para el
ascenso como el descenso de los pasajeros, quedando la puerta de
ingreso referida para uso exclusivo del conductor, todo ello sin
perjuicio del lacrado que realizará el Oficial de CONMEBOL.
- En todas las unidades, se deberá instalar una aislación física que
separe a los pasajeros del conductor. Ésta, deberá ser de material
transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de
visibilidad ni comprometer las condiciones de seguridad con que deben
prestarse los servicios.
- En los casos donde el diseño de las unidades no posea puerta/s
posterior/es a la cabina del conductor y el ascenso/descenso de
pasajeros sea por la puerta del acompañante del conductor, deberá
instalarse una separación física que aísle al conductor permitiendo la
utilización de todos los comandos del vehículo, así como también la
visibilidad de todos los espejos retrovisores del mismo.
- En todos los casos las butacas que sean lindantes al chofer, no
podrán usarse.
- Se instalará una señal de separación entre el chofer y el pasaje a
1.5 mts del habitáculo del conductor.
- La primera fila de asientos quedará íntegramente anulada, debiendo
sentarse los pasajeros con la debida distancia social.
- Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el
pasaje, la cartelería que establezcan las Autoridades competentes en la
materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.
- Será obligatorio tanto para para el conductor como para los
pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y
mentón (que podrán ser reutilizables), en el marco de lo establecido en
la RESOL-2020-95-APN-MTR
Acondicionamiento del vehículo
- Deberán retirarse las cortinas, visillos y demás elementos de tela
que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de
aquellos utilizados en los tapizados de las butacas y laterales de los
vehículos.
- En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como
mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un
pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol,
lavandina u amoníaco u otro desinfectante aprobado según indicaciones
del Ministerio de Salud, prestando especial atención a los pasamanos y
todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los
pasajeros.
- Mientras el vehículo se encuentre a la espera de iniciar servicio,
como así también durante su circulación, deberá con ventilación
continua.
Espera en las paradas; ascenso y
descenso
- Deberán instarse los modos de comunicación de manera que la espera
del transporte, en los respectivos destinos, durante el ascenso,
descenso y dentro de los vehículos, los pasajeros mantengan la
distancia social que se recomiende o establezca la autoridad de
aplicación.
ESTADÍA EN EL PAÍS
Las recomendaciones de hoteles y alojamientos deberán seguir los
directrices establecidas:
https://www.argentina.gob.ar/turismoydeportes/protocolos-covid-turismo-deportes
Gestión de reservas
• Informar las medidas preventivas que el alojamiento toma para
preservar su seguridad y salud, como así también que es posible deba
esperar a la hora de hacer su check-in o check¬out en áreas destinadas
para ello.
• Solicitar e incentivar el uso de medios digitales de pagos.
• Adelantar por mail u otro medio electrónico la ficha de registro,
junto con un cuestionario sobre Covid-19, los cuales podrían ser
preferentemente enviados o entregados al momento de ingresar al
establecimiento.
Check in y check out
• Cumplir durante los procesos de check in y check out las pautas de
higiene y seguridad, así como el distanciamiento establecidos.
• Habilitar, de ser posible, el pre-check-in virtual, el día anterior o
previo a la llegada para que el proceso sea más rápido.
• De no haber recibido por mail el cuestionario sobre Covid-19,
consultar a los y las huéspedes en el momento del check-in. De
presentar síntomas compatibles con casos sospechosos de Covid-19, según
criterios vigentes del Ministerio de Salud de la Nación, se deberá
proceder conforme lo establecido
• Incorporar, en la medida que sea posible, medios digitales al proceso
del check-in y check¬out tales como uso de plataformas o aplicaciones
que le faciliten al cliente la carga de información personal que le sea
requerida y que permitan reducir el contacto directo.
• Señalizar los espacios destinados a la espera de turnos de atención,
manteniendo en todo momento la distancia interpersonal mínima
establecida, la densidad de ocupación no puede exceder en ningún
momento 1 persona cada 2,25 metros cuadrados. Se pueden utilizar cintas
o líneas demarcatorias que delimiten los espacios.
• Informar a las y los clientes las medidas adoptadas por el
establecimiento y los recaudos a tener en cuenta en relación a
COVID-19, se puede brindar en formato digital.
• Exhibir información oficial de prevención y números de teléfono que
el Ministerio de Salud de la Nación y las autoridades locales hayan
determinado para la atención de la problemática del coronavirus. El
Ministerio de Salud dispone en su página oficial de material
comunicacional para su uso.
• Cuando no sea posible mantener el distanciamiento establecido,
considerar la instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de
vidrio) de fácil y frecuente limpieza, en el mostrador de recepción o
front desk.
• Disponer alcohol en gel y toallas de papel tanto en el espacio del
público como en el que corresponde al personal del establecimiento.
• Disponer de los números de teléfono de los centros de salud,
emergencias, de médicos y hospitales privados para solicitar asistencia
o información sanitaria, en lugares visibles.
• Minimizar la utilización e intercambio de documentos u objetos.
• Asegurar la entrega de llaves, tarjetas magnéticas y controles
remotos previamente desinfectados.
• Ofrecer, alternativas de pago con tarjetas de crédito o medios
digitales y el envío de la facturación por el canal de comunicación a
opción del huésped, cuando sea posible.
• Destinar en la recepción, un buzón o urna para el depósito de las
llaves o tarjetas magnéticas al finalizar la estadía, para su
desinfección previo a su reutilización.
De los integrantes de la delegación
• Evitar la salida del lugar de alojamiento, entrenamiento y juego
fuera de las previstas.
• Se procurará que se cuenten con habitaciones individuales y que no se
reciban visitas.
• En todo momento, se deberán evitar situaciones en las que los
deportistas pudieran entrar en contacto cercano con otras personas,
cara a cara a menos de DOS (2) metros, por fuera de los que es la
actividad deportiva en sí misma.
Especificaciones en relación al origen
de las delegaciones deportivas
En todo momento la totalidad de los
integrantes de las delegaciones deportivas deberán minimizar las
instancias de interacción con aquellas personas que pudieran vincularse
con las mismas. Se mantendrán dentro del transporte durante los
traslados terrestres, dentro del hotel y particularmente, en sus
habitaciones durante la estadía, en las instalaciones de entrenamiento
y de competencia. El cumplimiento de estas acciones preventivas
contribuye al cuidado de las delegaciones deportivas y la ciudadanía en
su conjunto
1. Los miembros pertenecientes a delegaciones extranjeras deben
mantenerse en la burbuja sanitaria durante su estadía. Esta burbuja se
describe en el desarrollo de los puntos subsiguientes:
a- Traslado terrestre desde el aeropuerto al hotel (transporte
terrestre) b- Estadía en el hotel
c- Traslado desde el hotel a los entrenamientos
precompetitivos/competencia y viceversa (transporte terrestre) d-
Traslado del hotel al aeropuerto
2. Los miembros de las delegaciones deportivas locales quedaran sujetas
a las condiciones establecidas en el país de origen
ENTRENAMIENTO PRECOMPETITIVO
Ingreso y Egreso de las instalaciones
Todo deportista y/o trabajador/a que concurra a cualquier institución
deportiva o ámbito de entrenamiento debe estar en buen estado de salud,
sin presentar ningún síntoma compatible con COVID-19.
Los síntomas de la enfermedad deben ser evaluados de acuerdo con la
definición de caso vigente del Ministerio de Salud de la Nación.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso
• Deportistas, cuerpo técnico y trabajadores/as deben ser capacitados
por la entidad deportiva o club para poder reconocer la presencia de
síntomas de COVID-19 y ante la presencia de cualquiera de los mismos
reportarlos inmediatamente.
• Podrá efectuarse la medición de temperatura con termómetros
infrarrojos (evitando el contacto físico).
• Ante la presencia de un registro igual o mayor a 37,5°C se solicitará
atención médica.
• En caso de que los signos y síntomas de COVID 19 sucedan en su
domicilio se solicita que la persona, mantenga su barbijo casero
colocado y consulte telefónicamente con el médico del club o al
teléfono de consulta dispuesto por la jurisdicción sanitaria para ser
evaluado a la brevedad posible.
• Finalizada la jornada de entrenamiento el deportista debe cambiar su
indumentaria (muda adicional prevista), guardar la indumentaria y
toallas usadas en una bolsa plástica para su posterior lavado. Luego de
introducir la ropa en la bolsa debe higienizarse las manos
• El lavado de las prendas y toallas de entrenamiento puede llevarse a
cabo en la institución o en el domicilio del deportista. En ambos casos
debe preverse el circuito de indumentaria para que el deportista
disponga siempre de dos juegos completos de ropa de entrenamiento por
jornada
• Finalizado el entrenamiento el deportista se retirará a su casa para
ducharse, minimizando el uso del vestuario
• Para evitar el aglomeramiento en los puntos de ingreso/egreso la
llegada y retiro deberá ser escalonado, teniendo la programación
adecuada para facilitar la tarea. Se propone el uso de agendas con
horarios estipulados, especialmente en las fases de entrenamientos
grupales y posteriores
Instalaciones
Para poder crear un espacio lo más aislado y controlado posible, se
recomienda a los clubes optar por concentraciones de deportistas,
cuerpo técnico y trabajadores/as necesarios en los complejos deportivos
u hoteles con instalaciones adecuadas para uso preferentemente
exclusivo por parte del club y utilización de habitaciones individuales.
Respecto de las instalaciones:
• Establecer en que zonas o áreas se realizarán cada una de las
actividades y quienes tienen acceso a la circulación y estancia en
estos lugares teniendo en cuenta el distanciamiento social de 2 metros.
• Determinar la cantidad de personas por área, contemplando:
• La superficie disponible para desplazarse (metros cuadrados libres) ,
• Características del espacio: Cerrado, ventilado o abierto (al aire
libre).
• Tipo de entrenamiento o actividad que se realizará.
• En todo momento es fundamental asegurar el adecuado distanciamiento
social; mínimo de 2 metros y distanciamiento deportivo de 4 a 6 metros.
• Restringir la presencia de medios de comunicación en las zonas de
entrenamiento. Adecuar a las recomendaciones de higiene y distancia la
toma de imágenes. El personal que esté involucrado en la obtención de
estos recursos audiovisuales estará sometido a los mismos controles que
el resto del personal técnico y auxiliar.
• Se sugiere colocar cartelería visible en todas las instalaciones, con
información actualizada sobre métodos de cuidado personal y prevención
ante la COVID-19.
• El uso de vestuario debe ser reservado para lo imprescindible, por
ejemplo, el sólo uso de los sanitarios.
• La cantidad de deportistas que podrán acceder estará delimitada por
la cantidad de metros circulables de los ambientes, calculándose,
después de la actividad física una distancia deportiva de 6 metros
entre deportistas cuando están hiperventilando y 4 metros entre
deportistas durante los intervalos que se realizan durante el
entrenamiento.
• En caso de utilizar los vestuarios para ducha y cambio de muda de
ropa post-entrenamiento se sugiere disponer un vestuario por grupo de
entrenamiento y la limpieza y desinfección de los mismos entre cada uso
por parte de los diferentes grupos.
• La entrega de indumentaria limpia para próximos entrenamientos,
botines, equipos de GPS, botellas de hidratación y otros refrigerios;
deberá disponerse en lugares que permitan la fácil entrega y
circulación, evitando en todo momento la aglomeración de personas.
• Se propone que todo el material se encuentre individualizado para uso
personal y sea entregado en continentes individuales (cajas, bolsas,
etc.)
• Se deben mantener adecuadamente ventilados todos los espacios
cerrados que sean usados para entrenamiento, la ventilación debe ser
natural y se debe evitar el uso de aire acondicionados cuando los
deportistas están entrenando.
• Reforzar las condiciones de higiene de los espacios comunes
particularmente comedores y sanitarios. Aumentar la frecuencia de
higiene y desinfección de los mismos y dejar establecido un cronograma
de tareas de limpieza.
• Establecer un cronograma de limpieza y desinfección periódica para
las zonas. La frecuencia será de acuerdo actividad que se desarrolle en
las mismas y las condiciones de la zona. Por ejemplo; en espacios
abiertos, la limpieza y desinfección deberá estar centrada en las
superficies de contacto con las manos.
• Se deberán limpiar todas las superficies con agua y detergente, y
desinfectar las mismas con solución de agua con lavandina (10 ml de
lavandina con concentración de 50 gr/lt de hipoclorito de sodio por
litro de agua). Esta solución de agua/lavandina debe ser preparada y
utilizada dentro de las 24hs dado que pasado este lapso pierde su
efectividad. Contemplar el uso de pulverizadores identificados con el
tipo de preparación para su aplicación
• En superficies que puedan dañarse por el uso de la lavandina, puede
utilizarse para la desinfección una solución de alcohol al 70%.
Contemplar el uso de pulverizadores identificados con el tipo de
preparación para su aplicación
• Se deberá realizar la limpieza del sector antes y después de cada
jornada de entrenamiento.
• Se recomienda hacer desinfecciones de superficies de alto contacto en
intervalos periódicos determinados.
• El personal de limpieza deberá contar con todos los elementos de
protección personal necesarios para desarrollar la actividad y
minimizar la exposición a potenciales superficies contaminadas
(protección ocular, barbijo, guantes y delantal y calzado adecuado).
Recomendaciones para Deportistas,
Cuerpo Técnico y Trabajadores/as
Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los
ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición, se
recomienda:
• Seleccionar al personal imprescindible para la realización de los
entrenamientos. Los mismos no deberán estar incluidos dentro de los/as
trabajadores/as/as exentos descriptos en la Resolución N° 207/2020 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su artículo 1°.
Dentro de este grupo se incluyen a las personas mayores de sesenta (60)
años de edad, embarazadas o aquellas que presentan enfermedades
respiratorias crónicas (enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC],
enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis
quística y asma moderado o severo), enfermedades cardíacas
(Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y
cardiopatías congénitas), inmunodeficiencias, diabetes, insuficiencia
renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en
los siguientes seis meses o cirrosis hepática.
• Se deben adecuar las diferentes tareas fundamentales del
establecimiento en base a turnos rotativos de trabajo y disposición de
descansos de manera tal de garantizar, durante toda la jornada de
trabajo, la distancia mínima entre personas de 2 metros.
• Todo el trabajador/a presente en las instalaciones deberá estar
correctamente identificado durante su estancia en las mismas.
• El/La deportista, cuerpo técnico y trabajador/a que circule en las
instalaciones deberá utilizar "cubreboca, tapaboca o barbijo casero",
que cubran nariz, boca y mentón durante todo el tiempo. El barbijo
casero debe lavarse luego del uso diario con agua y jabón o lavado
junto a ropa de entrenamiento al llegar al domicilio.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/barbijo
• El uso de barbijo casero es una medida adicional de cuidado y en todo
momento debe tenerse presente que el distanciamiento social y la
frecuente higiene de manos son las medidas más efectivas para evitar la
transmisión de la enfermedad.
• Los deportistas están exceptuados de utilizar barbijos o tapabocas
durante el momento de actividad física deportiva y deberán respetar el
distanciamiento deportivo.
• Es responsabilidad de la institución proveer los elementos adecuados,
en cantidad suficiente y en forma accesible en los lugares de uso
frecuente para poder acceder a una adecuada higiene de manos (lavado de
manos con jabón, solución hidroalcohólica, toallas de papel y cesto de
basura).
• Disponer de dispensador de soluciones hidroalcohólicas en distintos
accesos a las instalaciones para favorecer la higiene de mano
• Se sugiere que tanto deportistas como el resto del personal cumpla
las medidas de prevención recomendadas por la autoridad sanitaria
FASE ENTRENAMIENTOS
Se recomienda que deportistas, cuerpo técnico y trabajadores/as,
mantengan plenamente las medidas de cuidado general.
• En el entrenamiento grupal se recomienda el uso de centros de
entrenamiento con habitaciones de uso individual y ocupación del área
de entrenamiento adecuada al distanciamiento deportivo. El uso de esta
estrategia permite reducir la circulación y movilidad de los
deportistas, minimizando el riesgo de transmisión fuera de los centros
de entrenamiento.
• Fuera del período de entrenamiento y alimentación, el deportista se
mantendrá en su habitación individual si se aloja en el centro
deportivo u hotel
•Los grupos de entrenamiento deben mantener su conformación durante la
Fase Grupal, tanto en actividades de entrenamiento como de
alimentación. Deben evitar la realización de todo tipo de actividades
con los participantes que conforman otros grupos de entrenamiento.
• Establecer la dotación necesaria de personas del cuerpo técnico y
otros asistentes necesarios para acompañar el entrenamiento de cada
grupo. Priorizar que el número sea sólo el imprescindible para realizar
el entrenamiento planificado.
• El uso de barbijo casero debe ser una condición permanente en cuerpo
técnico, trabajadores/as y deportistas fuera del momento de
entrenamiento.
• A través de las capacitaciones del personal se fomentará el
autorreporte de signos y síntomas de COVID 19.
• El control médico inicial, en caso de que el examen y sintomatología
del deportista determine su realización, podrá incluir el test de PCR
para SARS CoV 2.
• El control médico clínico de los participantes del entrenamiento
deberá ser diario con el objetivo de detectar precozmente signos y/o
síntomas de COVID 19.
• Se recomienda un periodo de entrenamientos por grupos (hasta 6
deportistas), de manera que cada grupo entrene de manera consecutiva en
turnos y ámbitos separados, evitando coincidir los grupos en cualquiera
de las instalaciones del área de entrenamiento. Esto favorece la
organización de entrenamientos, intervalos de limpieza y desinfección y
disminuye la transmisión ante un eventual caso.
• Se deberá contar con una agenda detallada de grupos de deportistas,
horarios de entrenamiento y área de estos. Toda esta información deberá
ser comunicada y estar registrada a fin de contribuir a la evaluación
epidemiológica en caso de ser necesario.
• La separación entre los miembros del grupo deberá ser por lo menos de
6 metros durante la actividad física deportiva.
• Para las carreras, corridas o trote se evitará que lo hagan en fila.
Se recomienda hacerlo en andariveles paralelos.
• El entrenamiento de grupos en paralelo en distintos espacios de la
institución podrá llevarse adelante evitando que los mismos se reúnan
en los puntos de convergencia, por ejemplo, retiro de indumentaria.
• Evitar la mezcla de equipos de trabajo (deportista, cuerpo técnico,
trabajadores/as) entre los diferentes grupos.
• Tras cada turno de entrenamiento, un equipo de limpieza deberá
desinfectar totalmente los vestuarios.
• El uso de materiales de entrenamiento deberá restringirse al mínimo
necesario y todo deberá se desinfectado al finalizar el entrenamiento
del grupo. Se sugiere disponer de equipos de materiales por grupo
(conos, pelotas, etc.)
• Las botellas de hidratación serán de uso personal, deberán estar
nominalizadas y no deberán compartirse. Se recomienda el uso de envases
descartables y reciclables en lugar de bidones rellenables
• El uso del gimnasio para entrenamiento de sobrecarga se recomienda
que sea limitado al número de deportistas que permita una separación de
6 metros entre los mismo o disponer de equipos al aire libre para
realizar la tarea. Al finalizar el uso deberán ser desinfectados y el
deportista deberá higienizarse las manos entre ejercicio y ejercicio
• La fisioterapia deberá ser indicada por el cuerpo médico y se
reservará solo para tratamiento y recuperación de lesiones. Tanto el
fisioterapeuta como el deportista deberán utilizar barbijo y mascarilla
facial durante toda la sesión.
• Los alimentos y suplementos alimenticios deberán entregarse en
recipientes cerrados junto con la hidratación necesaria y se deberá
disponer de un lugar adecuado para que cada grupo puede alimentarse e
hidratarse antes o después del entrenamiento. En todo momento deberá
asegurarse el distanciamiento adecuado (2 metros)
ENTRENAMIENTOS COLECTIVOS
• La fase de entrenamientos colectivos consistirá en una vuelta
efectiva y total a los entrenamientos de todo el grupo.
• En deportes de equipo, para lograr que coincidan en el terreno el
mínimo número de personas posibles y dada la intensificación de los
entrenamientos táctico- técnicos; se recomienda integrar hasta 18
deportistas.
• Con carácter general se tomarán como base las medidas preventivas
establecidas en la fase de entrenamiento grupal, aunque con las
particularidades derivadas de la intensificación de los entrenamientos,
tanto individuales como en grupo.
• Se permitirá la presencia de personal técnico y auxiliar en la mínima
cantidad imprescindible respetando de manera intensificada las mismas
condiciones establecidas para el personal en la fase de entrenamiento
grupal.
EGRESO DEL PAÍS
Salida del País
Culminado el encuentro deportivo la delegación tiene un plazo máximo de
24 horas para dejar el país, no pudiendo en ningún caso exceder el
plazo de 72 horas desde su llegada.
3. En los traslados para la salida se deberán tener las mismas
previsiones que para la llegada.
4. El vehículo que los transporta con la delegación detallada
solicitará autorización para ingresar por el Puesto Fijo 1 en forma
previa a las Direcciones Nacionales de Migraciones y Aduana, PSA, y
ANAC. Una vez ingresado y previo a su embarque se harán los controles
pertinentes por parte de Migraciones, PSA y Aduana mediante elementos
de control no intrusivos.
MANEJO EN AEROPUERTOS
Migraciones
Previo al viaje con destino fuera de la República Argentina:
- Las delegaciones deportivas (jugadores, entrenadores, equipo
técnico), equipos de árbitros, y el personal involucrado deberán, con
una antelación de VEINTICUATRO (24) horas antes de iniciar el viaje,
completar la Declaración Jurada Conjunta (Ministerio de Salud -
Dirección Nacional de Migraciones) desde el portal de
www.migraciones.gob.ar/DDJJ/viaje
- Para el egreso deberán estar acompañados de sus documentos
identificatorios establecidos en la Decisión MERCOSUR N° 46/15, los
cuales podrán ser:
o Pasaporte
o Cedulas de Identidad
o DNI en caso de ser residentes en la República Argentina
PROCEDIMIENTO
PARA EL INGRESO Y EGRESO DE EQUIPOS DEPORTIVOS, DIRECTIVOS,
ARBITROS Y PERSONAL INVOLUCRADO
1. PERMISO DE INGRESO PARA PERSONAS
EXTRANJERAS
1.1. Los extranjeros que integren los equipos deportivos de cada país
así como también los directivos, árbitros y personal involucrado que
pretendan ingresar a la República Argentina con el fin de tomar parte
del "Evento Deportivo" deberán tramitar necesariamente, el permiso de
ingreso correspondiente, a través de cada club, asociación, empresa u
organismo que los nuclea.
1,2. A los extranjeros comprendidos en el apartado anterior se les
concederá un plazo de permanencia autorizada de UN (1) mes (excepto la
existencia de algún acuerdo preexistente con el país solicitante) , a
contar desde el ingreso, debiendo previamente la autoridad de control
migratorio, verificar que se encuentren incluidos en el listado enviado
con no menos de CINCO (5) días de antelación por cada club, asociación,
empresa u organismo que los nuclea, el cual se encontrará debidamente
cargado en el sistema informático de la Dirección Nacional de
Migraciones.
1.3. Los listados antes mencionados deberán ser remitidos a la
Dirección Nacional de Migraciones con un plazo no menor de CINCO (5)
días anterior a la fecha del viaje a la República Argentina y se deberá
detallar la siguiente información:
• NOMBRE Y APELLIDO
• FECHA DE NACIMIENTO
• TIPO DE DOCUMENTO: CEDULA DE IDENTIDAD/PASAPORTE/CARNE/OTROS
• N° DE PASAPORTE
• NACIONALIDAD
• DOMICILIO
1.4. Asimismo, se deberá adjuntar el escaneo de cada uno de los
pasaportes que integren dicho listado a los fines de que la autoridad
migratoria pueda convalidar los datos remitidos
1.5. Una vez emitido los permisos de ingreso por parte de la Dirección
Nacional de Migraciones, se los eximirá de los visados consulares de
cada país.
2. PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO DE
JUGADORES, DIRECTIVOS, ARBITROS Y PERSONAL INVOLUCRADO
2.1. Los equipos deportivos, directivos, árbitros y personal
involucrado deberán, con una antelación de VEINTICUATRO (24) horas
antes de iniciar el viaje, completar la Declaración Jurada Conjunta
(Ministerio de Salud - Dirección Nacional de Migraciones) desde el
portal de web de la Dirección Nacional de Migraciones.
2.2. Para el ingreso deberán estar acompañados de sus documentos
identificatorios y el correspondiente permiso de ingreso migratorio,
excepto la existencia de algún acuerdo preexistente con el país
solicitante.
2.3. Conforme la Decisión MERCOSUR N° 46/15, los Documentos podrán ser:
• PASAPORTE
• CEDULAS DE IDENTIDAD
• DNI EN CASO DE SER RESIDENTES EN LA REPÚBLICA ARGENTINA
2.4 En caso de ser portador de algún tipo de residencia en el país
deberá, conjuntamente, presentarla con la documentación identificatoria
al agente de control migratorio en el puesto o paso de ingreso.
2.5 En todos los casos deberán estar atento a los requerimientos que el
personal de Migraciones le solicite o indique en los puestos o pasos de
ingreso.
3. PROCEDIMIENTO PARA EL ERESO DE
JUGADORES, DIRECTIVOS, ARBITROS Y PERSONAL INVOLUCRADO QUE SEAN
NACIONALES ARGENTINOS Y/O RESIDENTES EN EL PAIS
3.1 Los equipos deportivos, directivos, árbitros y personal involucrado
que contengan entre sus integrantes nacionales argentinos y/o
residentes en el país, deberán, con una antelación de VEINTICUATRO (24)
horas antes de iniciar el viaje, completar la Declaración Jurada
Conjunta (Ministerio de Salud - Dirección Nacional de Migraciones)
desde el portal web de la Dirección Nacional de Migraciones.
3.2. Para el egreso deberán estar acompañados de sus documentos
identificatorios establecidos en la Decisión MERCOSUR N° 46/15, los
cuales podrán ser:
•PASAPORTE
•CEDULAS DE IDENTIDAD
• DNI EN CASO DE SER RESIDENTES EN LA REPÚBLICA ARGENTINA
3.3. Para el caso de los residentes en el país, todos los Documentos
identificatorios deberán estar acompañados por la constancia de
residencia o permanencia en término.
3.4. Aquellas personas que cuenten con una residencia precaria en la
República Argentina deberán presentarla junto al documento hábil de
viaje de su nacionalidad tanto al Egreso como al Reingreso para ser
intervenida por la Autoridad de Control migratorio.
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Hoja
Adicional de Firmas
Informe gráfico
Número: IF-2020-5 65 5
6200-APN-DNM#MI
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 26 de Agosto de 2020
Referencia: Procedimiento DNM
Ingreso y Egreso para Eventos Deportivos
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 3
pagina/s.