MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 616/2020
RESOL-2020-616-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2020
VISTO el EX-2019-48816429- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (p.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (p.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el orden Nº 3, página 3 del IF-2019-48876391-APN-DGDMT#MPYT, del
EX-2019-48816429- -APN-DGDMT#MPYT obra el acuerdo celebrado entre la
F.O.E.T.R.A SINDICATO BUENOS AIRES , por la parte sindical y la empresa
TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora,
conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (p.o. 2004).
Que bajo el acuerdo traído a marras las partes pactaron incrementar el
valor de la gratificación por el día del ex combatiente en Malvinas,
conforme surge de los lineamientos estipulados en el mismo.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación del
sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (p.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado acuerdo que luce en el orden Nº 3,
página 3 del IF-2019-48876391-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-48816429-
-APN-DGDMT#MPYT celebrado entre la F.O.E.T.R.A SINDICATO BUENOS AIRES ,
por la parte sindical y la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley N°
14.250 (p.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del instrumento identificado en el artículo 1° de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del instrumento homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley N° 14.250 (p.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/09/2020 N° 36355/20 v. 04/09/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)