INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 627/2020
RESFC-2020-627-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2020
VISTO, el EX-2020-57546146-APN-DAJ#INAES, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución RESFC-2020-3-APN-DI#INAES, se crearon las
Comisiones Técnicas Asesoras como estructuras dependientes del
Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
(INAES), en el marco de sus misiones y principios.
Que cooperativas y mutuales realizan un conjunto de aportes a la
comunidad que va mucho más allá de su actividad empresarial que no es
adecuadamente visibilizado y/o considerado tanto por la opinión
ciudadana como -en muchos casos- iniciativas de política pública en sus
diferentes niveles.
Que algunas organizaciones mutuales y cooperativas desarrollan
diferentes sistemas de reportes de su contribución a la comunidad,
mientras la gran mayoría no incorpora en sus prácticas habituales este
tipo de sistematización y comunicación de su actividad, cuestión que
este instituto busca alentar.
Que desde el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social se
pretende consolidar un sistema de reporte sistemático sobre la
contribución que hacen las cooperativas y mutuales a la comunidad,
basado en su naturaleza jurídica, su actividad económica, sus
principios y valores.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le
compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Leyes N.° 20.321
y N.º 20.337 y los Decretos N.° 420/1996 y 721/2000, y sus normas
modificatorias y complementarias,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase la Comisión Técnica Asesora de “Informe social”.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese a los Vocales del Directorio Alejandro Russo y
Heraldo Nahúm Mirad como coordinadores de esta comisión; a Eduardo
Ingaramo como secretario; a Paola Acosta como secretaria suplente; a
Juan Carlos San Bartolomé como delegado y a Juan Pubill como delegado
suplente.
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk -
Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Carlos Alberto
Iannizzotto - Mario Alejandro Hilario Cafiero
e. 09/09/2020 N° 37655/20 v. 09/09/2020