ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 236/2020
RESFC-2020-236-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2020
VISTO el Expediente EX-2020-51212746-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el Visto tramita el Reglamento
General para la Pesca Deportiva Continental Patagónica y las normativas
específicas del Anexo para los Parques Nacionales del Sur,
correspondientes a la Temporada 2020/2021.
Que el referido Reglamento, en lo que respecta a sus disposiciones
generales y al establecimiento de los valores para las diferentes
categorías, ha sido consensuado en el ámbito de la Comisión Consultiva
y de Coordinación de la Pesca Continental Patagónica.
Que tal Comisión involucra la participación de representantes de esta
Administración y de los organismos provinciales encargados de la
gestión de la pesca continental de las diferentes provincias de
Patagonia.
Que en lo que atañe a la reglamentación específica para los Parques
Nacionales del Sur, han tomado debida intervención las Intendencias
respectivas y la Dirección Regional Patagonia Norte, de acuerdo a lo
establecido por Resolución P.D. Nº 283/2002.
Que han tomado la intervención que les competen la Dirección Nacional
de Conservación y las Direcciones Generales de Administración y de
Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento General para la Pesca Deportiva
Continental Patagónica y el Anexo correspondiente a los Parques
Nacionales del Sur para la Temporada 2020/2021, los que como Anexos
IF-2020-57478600-APN-DNC#APNAC e IF-2020-57480785-APN-DNC#APNAC forman
parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Convalídanse los valores de las estampillas
correspondientes a las distintas categorías de los permisos de pesca
para la temporada 2020/2021 que fueran oportunamente consensuados en el
ámbito de la Comisión Consultiva, y a los que se hace referencia en el
Punto 3 del Reglamento General y en el Punto 15 del Anexo a los Parques
Nacionales del Sur.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Dirección General de Administración la
impresión de las estampillas correspondientes a la temporada 2020/2021
considerando los valores propuestos, debiendo incluirse una estampilla
no valorizada, estimándose las cantidades totales a imprimir de cada
categoría, en función de las estadísticas de ventas de permisos de
pesca de las últimas temporadas, de la información aportada por la
Dirección Regional Patagonia Norte y las Intendencias de los Parques
Nacionales Patagónicos.
ARTÍCULO 4º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se publique la presente en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio David Gonzalez - Eugenio
Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Andrea Suarez -
Daniel Jorge Somma
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/09/2020 N° 38390/20 v. 11/09/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)