AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 93/2020
RESFC-2020-93-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2020
VISTO el Expediente EX-2020-16700698-APN-DACYGD#AABE y su
asociado EX-2016-00028576-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de
fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013,
2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, la Resolución N° 128 de fecha 2
de junio de 2017 (RESFC-2017-128-APN-AABE#JGM), el Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución
Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su
modificatoria N° 540 de fecha 5 de diciembre de 2019
(RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por el EJÉRCITO ARGENTINO, por la cual solicita la asignación
en uso de un sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL,
ubicado en la calle Florida N° 1450, Localidad y Partido de BAHÍA
BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES; identificado catastralmente como
Partido 7 - Circunscripción II - Sección A - Chacra 90 - Manzana 90G
(parte); correspondiente al CIE Nº 0600137328, en jurisdicción de la
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A., con una superficie
total de terreno aproximada de CIENTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON
QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (118,15 m2) y una superficie total cubierta
aproximada de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (28 m2), individualizado en
el croquis que como ANEXO (IF-2020-48905250-APN-DNGAF#AABE) forma parte
integrante de la presente medida.
Que el EJÉRCITO ARGENTINO informa que el inmueble mencionado se
destinará como pañol y vestidor del personal de mantenimiento del
COMANDO DE BRIGADA MECANIZADA X.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de constatar
las condiciones de ocupación de dicho inmueble, se verificó que el
mismo se encuentra subutilizado y en desuso.
Que por conducto de la Resolución N° 128 (RESFC-2017-128-APN-AABE#JGM)
tramitada en el Expediente EX-2016-00028576-APN-DMEYD#AABE, se
desafectó de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR
GENERAL DEL EJÉRCITO el sector del bien inmueble en trato, identificado
en el croquis que como ANEXO (IF-2017-06209119-APN-DIYRI#AABE) formó
parte integrante de dicha medida y se asignó en uso al entonces
MINISTERIO DE COMUNICACIONES - EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES S.A. a los fines de utilizarlo como oficina, para almacenar
herramientas y equipamiento propiedad de ARSAT, destinado al
desarrollo, despliegue y mantenimiento de la Red de Fibra Óptica y
Televisión Digital Abierta.
Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo
descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 y los
artículos 36 y 37 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del
citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles
propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o
concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de
afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de
innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y
funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva
utilización y/u ocupación de los mismos.
Que el inciso 20 del citado artículo, determina que la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar y reasignar los
bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los
cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva
jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan
pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el artículo 23 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15 establece que la
asignación y transferencia de uso de los bienes inmuebles del ESTADO
NACIONAL entre las distintas jurisdicciones o entidades del Sector
Público Nacional, será dispuesta por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO.
Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del
artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15 que establece que la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO considerará inmuebles
pasibles de ser desafectados por presentar falta de afectación
específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad a
aquellos inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que no sean necesarios
para la gestión específica del servicio al que están afectados.
Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título
II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio
de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria N° 540 de
fecha 5 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM).
Que con motivo de la asignación efectuada a favor de la EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A., la DIRECCIÓN DE INGENIEROS E
INFRAESTRUCTURA del EJÉRCITO ARGENTINO mediante Notas
NO-2017-11042098-APN-DII#EA, NO-2017-11401910-APN-DII#EA y
NO-2017-12286795-APN-DII#EA de fechas 6 de junio de 2017, 12 de junio
de 2017 y 23 de junio de 2017, respectivamente, dirigidas a la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y Nota
NO-2017-12271943-APN-DII#EA de fecha 22 de junio de 2017 dirigida al
MINISTERIO DE DEFENSA, cursó una serie de planteos con el objeto de
rever la medida, por cuanto el bien de marras estaba ocupado por el
COMANDO DE LA 3ra. DIVISIÓN DE EJÉRCITO (Cdo DE 3) como pañol y
vestidor del personal de mantenimiento, así como el perjuicio
ocasionado en materia de seguridad por no contar con acceso
independiente y estar próximo a depósitos de armamentos y además de
formar parte del SITIO DE LA MEMORIA declarado y señalizado conforme
Ley Nº 26.691.
Que el artículo 39, segundo párrafo, del citado Decreto Nº 2.670/15,
establece que cuando la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
constatase, previa fiscalización pertinente conforme Capítulo VII del
Decreto, la existencia de inmuebles innecesarios que no hayan sido
denunciados por la respectiva jurisdicción o entidad, comunicará tal
circunstancia al organismo de origen, el cual contará con un plazo de
CINCO (5) días para efectuar su descargo.
Que mediante Nota NO-2020-34217615-APN-DNGAF#AABE de fecha 26 de mayo
del 2020, se informó a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
S.A. sobre la medida en trato; respondiendo la referida sociedad por
Nota NO-2020-00000910-ARSAT-GSER#ARSAT de fecha 12 de junio de 2020 que
presta su conformidad para prescindir del inmueble de marras.
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia desafectar de la
jurisdicción de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A. el
inmueble mencionado en el considerando primero y asignarlo en uso al
MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción de la EMPRESA ARGENTINA DE
SOLUCIONES SATELITALES S.A. el sector del bien inmueble propiedad del
ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Florida N° 1450, Localidad y
Partido de BAHÍA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES; identificado
catastralmente como Partido 7 - Circunscripción II - Sección A - Chacra
90 - Manzana 90G (parte); correspondiente al CIE Nº 0600137328, con una
superficie total de terreno aproximada de CIENTO DIECIOCHO METROS
CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (118,15 m2) y una superficie
total cubierta aproximada de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (28 m2),
individualizado en el croquis que como ANEXO
(IF-2020-48905250-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR
GENERAL DEL EJÉRCITO, el inmueble mencionado en el Artículo 1º, con el
objeto de destinarlo como pañol y vestidor del personal de
mantenimiento del COMANDO DE BRIGADA MECANIZADA X.
ARTÍCULO 3º.- Agréguese copia de lo actuado al Expediente EX-2016-00028576-APN-DMEYD#AABE y prosígase su curso.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES S.A., al MINISTERIO DE DEFENSA y al ESTADO MAYOR GENERAL
DEL EJÉRCITO.
ARTÍCULO 6º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/09/2020 N° 38890/20 v. 14/09/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)