MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA
Resolución 164/2020
RESOL-2020-164-APN-SIECYGCE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-58304590- -APN-DGD#MDP, la Resolución N°
327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se creó el “PROGRAMA SOLUCIONA.
REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, cuyo objetivo consiste
en brindar asistencia financiera a personas jurídicas para favorecer la
reactivación económica del país, mediante el desarrollo y/o la
implementación de soluciones, productos y/o servicios innovadores
generados por los sectores de la economía del conocimiento, a los
efectos de brindar soluciones que atiendan las problemáticas
sanitarias, económicas y productivas generadas por la Pandemia
declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación
con el Coronavirus COVID19.
Que, a su vez, por la citada resolución se designó como Autoridad de
Aplicación del citado programa a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO y se aprobó el Reglamento Operativo del mismo.
Que, en relación a ello, se facultó a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA a dictar las
normas complementarias y aclaratorias necesarias para su
implementación, como así también a modificar el Reglamento Operativo,
en caso de resultar necesario.
Que, si bien el Reglamento Operativo del programa referido está
dirigido a personas jurídicas comprendidas en el inciso a) del Artículo
49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, constituidas en la REPÚBLICA
ARGENTINA o habilitadas para actuar dentro de su territorio o que se
trate de empresas estatales o mixtas o de cooperativas, de las
presentaciones ingresadas surgen proyectos propiciados por
universidades, organismos públicos o entes públicos, asociaciones,
mutuales, fundaciones, entidades civiles o mutualistas que, si bien no
se encuentran alcanzados por aquel impuesto, resultan atinentes a la
temática y al espíritu del Programa, toda vez que sus proyectos tienden
a brindar soluciones utilizando la Economía del Conocimiento y
propiciando a la reactivación económica.
Que, en virtud de ello, resulta oportuno efectuar una ampliación de los
sujetos mencionados en el Punto 7, inciso I) del Anexo a la Resolución
N° 327/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a los efectos de su
adecuación a los términos establecidos en el Punto 2.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades
conferidas por el Artículo 3° de la Resolución N° 327/20 del MINISTERIO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Punto 7, inciso I) del Anexo a la
Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, por el siguiente:
“I. a) Ser personas jurídicas comprendidas en el inciso a) del Artículo
49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, constituidas en la REPÚBLICA
ARGENTINA o habilitadas para actuar dentro de su territorio; empresas
con participación estatal, asociaciones, cooperativas, mutuales,
fundaciones, entidades civiles o mutualistas, constituidas en la
REPUBLICA ARGENTINA o habilitadas para actuar dentro de su territorio o
b) Ser universidades, organismos públicos o entes públicos que no
pertenezcan a la Administración Nacional, Provincial o Municipal
centralizada o empresas estatales.”
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia al partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ariel Esteban Schale
e. 17/09/2020 N° 39694/20 v. 17/09/2020