PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1770/2020
DECAD-2020-1770-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-62591200-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.467
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 4
del 2 de enero de 2020 y complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de
febrero de 2020, modificada por la Ley N° 27.561, los Decretos Nros. 7
del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 457 del 10 de mayo de 2020 y las Decisiones
Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019 y 1 del 10 de enero de
2020, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE
LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus COVID-19 y atento a la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N°
27.541 y ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, resulta
menester atender erogaciones necesarias para paliar los efectos de la
citada pandemia.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los
Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de
la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER
EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.
Que a través del artículo 4º del Decreto N° 457/20 se suspendió durante
el Ejercicio 2020, para aquellas modificaciones presupuestarias
necesarias en virtud de medidas dictadas en el marco de las
disposiciones del Decreto N° 260/20, la aplicación de los límites a las
reestructuraciones presupuestarias que puede disponer el Jefe de
Gabinete de Ministros establecidos en el tercer párrafo del artículo 37
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
Que resulta pertinente adecuar los créditos vigentes del HONORABLE
SENADO DE LA NACIÓN, organismo actuante en la órbita del PODER
LEGISLATIVO NACIONAL, en virtud de la cesión de créditos hacia el
MINISTERIO DE SALUD con el objetivo de llevar a cabo medidas de
prevención y mitigación de la pandemia generada por el coronavirus
COVID-19.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el fin de atender las
transferencias al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y al
Fondo de Garantía Argentino (FoGAr), en el marco de la pandemia
generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, con el fin de ejecutar acciones de
integración socio-urbana en Barrios Populares que permitan mitigar los
efectos resultantes de la emergencia sanitaria, en el marco del
Programa de Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID N°
3458/OC-AR.
Que, asimismo, es menester reforzar el presupuesto vigente del
MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de contribuir al sostenimiento de
sectores de la cultura, con el fin de disminuir los efectos producidos
por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias
corrientes con el fin de permitir la asignación de subsidios para los
trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la
emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que dicho refuerzo se financia parcialmente con un incremento de los
recursos propios, provenientes de ingresos tributarios por aplicación
de gravámenes a los servicios de comunicación audiovisual conforme la
Ley Nº 26.522 y sus normas modificatorias y complementarias.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del TEATRO
NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de atender gastos en materia de
personal y relacionados con la producción de obras teatrales y
programas realizados en formato digital, debido a la suspensión de las
actividades del teatro, producto de la emergencia por la pandemia
generada por el coronavirus COVID-19.
Que, asimismo, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las
transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de la
segunda edición de Becas Sostener Cultura II, para los trabajadores y
las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la
pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SALUD, con el propósito de atender el anticipo para la adquisición de
la vacuna contra el coronavirus COVID-19 y los servicios de transporte
en el marco de las “Acciones de Mitigación de la Pandemia Coronavirus
COVID-19” y del Proyecto “Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Préstamo
BID N° 5032/OC-AR); incluyendo además la extensión del pago de la
asignación estímulo establecida por el Decreto N° 315 del 26 de marzo
de 2020 y la asistencia al personal que se desempeña en los hospitales
modulares bajo la órbita del Hospital El Cruce Dr. Néstor Carlos
Kirchner de Florencio Varela, todo ello en el marco de la pandemia
generada por el coronavirus COVID-19.
Que se incrementa el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR
ALEJANDRO POSADAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS del MINISTERIO DE
SALUD, con destino a la atención de los servicios profesionales que se
desempeñan en los hospitales modulares en el marco de la pandemia por
coronavirus COVID-19.
Que, asimismo, resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente de
la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de
afrontar reintegros a los y las agentes del seguro de salud que
sufrieron una merma en su recaudación en el marco de la pandemia
generada por el coronavirus COVID-19.
Que el aumento mencionado en el considerando anterior se financia con
la incorporación de fuentes financieras provenientes de remanentes de
ejercicios anteriores.
Que resulta necesario reforzar los créditos del MINISTERIO DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SOSTENIBLE en compensación con sus aplicaciones
financieras, para la adquisición de productos básicos de protección
para recicladores urbanos en el marco del Programa de Gestión Integral
de Residuos Sólidos Urbanos – GIRSU por efecto de la pandemia generada
por el coronavirus COVID-19.
Que las modificaciones presupuestarias detalladas en los considerandos
precedentes se efectúan en el marco de la emergencia pública sanitaria
establecida en el Decreto Nº 260/20 y en el artículo 4° del Decreto N°
457/20.
Que, por otra parte, resulta necesario modificar el Presupuesto General
de la Administración Nacional, con el fin de atender otros gastos
inherentes a su normal funcionamiento.
Que a partir de la creación de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, corresponde adicionar créditos cedidos
por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario ampliar los créditos correspondientes a los
Préstamos BID N° 3759/OC-AR “Fortalecimiento Institucional del
Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Finanzas” y FONPLATA N° ARG-
42/2019 “Programa Federal de Infraestructura Regional”, ambos
ejecutados por la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los fines de cumplir con las acciones
pautadas para el Ejercicio vigente.
Que en el marco del Acta de Transferencia de Casa Patria Grande
“PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, el MINISTERIO DE CULTURA
transfiere los créditos presupuestarios correspondientes a la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que se procede a reforzar el presupuesto del CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado actuante
en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objetivo de
sostener su funcionamiento y poder concretar los acuerdos planificados
para el presente Ejercicio.
Que resulta necesario incrementar los créditos del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de atender mayores
erogaciones en personal originadas en la legislación vigente, gastos
operativos y de funcionamiento.
Que el refuerzo mencionado se financia con una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que es necesario incrementar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS para atender el Convenio de Cooperación con la Provincia
de BUENOS AIRES, vinculado al fortalecimiento de la seguridad de esa
provincia.
Que, asimismo, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS incorpora créditos
cedidos por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con motivo de la
transferencia del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo
desconcentrado actuante en el ámbito de la jurisdicción mencionada en
primer término.
Que se propicia aumentar los recursos y créditos de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS con el objetivo de dar cumplimiento a las
actividades y programas de capacitación de empleados públicos y
empleadas públicas del Fondo de Capacitación y Recalificación Laboral
(FoPeCap).
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA – SEDRONAR
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los fines de atender el
déficit de gastos en personal.
Que es necesario proceder a una compensación de los créditos
presupuestarios de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, a los fines de cumplir con el mantenimiento
del SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y de efectivizar la
contratación de licencias, soporte y mantenimiento de Firma Digital,
ambos sistemas prioritarios para el desarrollo de las actividades de la
Administración Pública Nacional.
Que resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTERIOR del
MINISTERIO DEL INTERIOR, con el fin de afrontar gastos en personal, de
correo correspondientes al envío de los Documentos Nacionales de
Identidad y Pasaportes, y de mantenimiento de sistemas informáticos.
Que con el objeto de atender erogaciones relacionadas con el pago de
haberes, gastos de funcionamiento y sentencias judiciales, resulta
conveniente adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la
SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que se incorporan al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO créditos cedidos por el MINISTERIO DE ECONOMÍA
para atender el traslado de UNA (1) agente.
Que como consecuencia de las variables en el tipo de cambio resulta
necesario reforzar los créditos destinados a atender los gastos en
personal del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, los cuales se propician compensar con una
reducción de las aplicaciones financieras.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo desconcentrado actuante
en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el
objeto de atender las transferencias corrientes con destino a la
DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, ente del
Sector Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento
de los servicios y atención de sus afiliados y afiliadas.
Que en atención a la transferencia de UN (1) agente dispuesta por el
Decreto N° 826 del 6 de diciembre de 2019, es necesario reforzar el
presupuesto de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, organismo
desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS en detrimento de los créditos vigentes del MINISTERIO
DE TURISMO Y DEPORTES.
Que es menester incrementar los créditos vigentes del INSTITUTO
NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado en el ámbito
de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender Gastos en Personal.
Que con la finalidad de afrontar compromisos asumidos en el marco de
los Préstamos BID N° 4113/OC-AR y FONPLATA ARG-28/16 destinados al
“Programa Federal de Seguridad” y al “Programa de Desarrollo de
Complejos Fronterizos”, respectivamente, es necesario incrementar el
presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, asimismo, se refuerzan los créditos vigentes de la GENDARMERÍA
NACIONAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD con la finalidad de afrontar la adquisición de
bienes de capital y sentencias judiciales de carácter salarial.
Que es necesario modificar el presupuesto de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD a los efectos de atender el pago de becas y la
adquisición de equipos de computación.
Que es menester ampliar el presupuesto vigente del SERVICIO
METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito
de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN
PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA con la finalidad de atender
sus gastos de funcionamiento e inversión, los que serán financiados con
una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA propicia incorporar saldos de recursos
remanentes del Ejercicio 2019 para ser cedidos al ESTADO MAYOR GENERAL
DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado en el ámbito del citado
Ministerio con el fin de llevar a cabo la adquisición de vehículos de
campaña y de guarnición.
Que, asimismo, se lleva a cabo una compensación de créditos entre el
MINISTERIO DE DEFENSA y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO con el fin
de reintegrarle al citado Estado Mayor los gastos compartidos de
funcionamiento del Edificio “Libertador General San Martín” y de
racionamiento del personal del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que a su vez, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS,
organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA,
compensa e incorpora saldos de recursos remanentes de Transferencias
Externas con el objeto de regularizar Fondos Rotatorios.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo
desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, cede
créditos al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, organismo desconcentrado
en el ámbito del citado Ministerio, para la adquisición de repuestos y
mantenimiento de los generadores principales y auxiliares del
rompehielos A.R.A. “Almirante Irízar”, para el alistamiento de la
futura Campaña Antártica de Verano 2020/2021.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS le cede créditos al
ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA
FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA, en concepto de reintegro por servicios de
racionamiento y de internet.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO lleva a cabo una readecuación
de su presupuesto, consistente en reducir gastos de capital para
incrementar gastos corrientes para atener el mantenimiento de vehículos
y edificios, afectados al Operativo “General Manuel Belgrano” y para
sostener la actividad de los hospitales militares y de los centros de
salud.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE
LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA propicia una cesión de créditos al
citado Ministerio para implementar proyectos en el marco del Programa
de Investigación y Desarrollo para la Defensa (PIDDEF).
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA propicia
incrementar su presupuesto vigente mediante la incorporación de mayores
recursos, los cuales se destinarán al financiamiento de gastos
operativos y de funcionamiento.
Que, asimismo, resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del
ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, con el fin de
regularizar su deuda con la empresa INVAP S.E. proveniente de los
diferentes contratos por la fabricación e instalación de radares.
Que es menester adecuar los presupuestos vigentes del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo
desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en virtud de las
transferencias de agentes dispuestas por las Decisiones Administrativas
Nros. 1101 del 22 de junio de 2020 y 1566 del 26 de agosto de 2020.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto de la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en detrimento de las
aplicaciones financieras, con el fin de atender diversos gastos de
funcionamiento y transferencias al exterior para el pago de la
membresía a la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros.
Que, asimismo, se adecuan los créditos vigentes del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo descentralizado en el ámbito de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la finalidad
de afrontar gastos en materia de personal.
Que se refuerzan los créditos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL
GAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA
DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender diversos
gastos de funcionamiento, bienes de uso y transferencias a
universidades nacionales.
Que el incremento mencionado en el considerando precedente se financia
con un aumento en el cálculo de los recursos propios, como así también
con una reducción de las aplicaciones financieras.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO con el fin de atender el Plan
Minero Nacional y a la FUNDACIÓN EMPREMIN.
Que tal aumento se financia parcialmente con el incremento del cálculo de los recursos con afectación específica.
Que resulta menester incrementar las asignaciones corrientes en el
presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, en detrimento de los gastos de capital,
destinadas a afrontar diversos servicios profesionales, gastos de
funcionamiento y transferencias.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el fin de garantizar la atención de
los haberes del personal.
Que es menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el objeto
de afrontar los haberes del personal, gastos operativos, adquisición de
bienes de uso y obligaciones emergentes del servicio de la deuda.
Que las erogaciones aludidas en el considerando anterior se financian
con la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores.
Que es menester ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL
DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de atender
los haberes del personal y adquirir insumos que permitan garantizar la
identidad y calidad de las semillas.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de garantizar los haberes del personal
y para cubrir las demandas vinculadas al “Programa Nacional de
Prevención y Erradicación de Lobesia Botrana” y al “Programa Nacional
de Prevención de Huanglongbing”.
Que corresponde ampliar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES para reforzar las acciones del Programa Clubes en
Obra.
Que a los fines de continuar con la ejecución de obras en el marco del
Programa Nacional de Infraestructura Turística – Plan “50 Destinos” y
atender gastos operativos del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se
refuerza su presupuesto mediante una disminución de sus aplicaciones
financieras.
Que se incrementa el presupuesto de la Jurisdicción del MINISTERIO DE
TRANSPORTE con el fin de garantizar el pago de haberes y gastos de
funcionamiento, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL,
organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de afrontar los haberes de
personal.
Que resulta menester reforzar el presupuesto vigente de la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, incorporando créditos para atender
el pago de haberes y gastos operativos.
Que es necesario modificar los créditos vigentes del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender, principalmente, la ejecución
de obras en el marco del Convenio de Adhesión “Plan Argentina Hace”;
compromisos asumidos por la Dirección Nacional de Gestión de Proyectos
Hídricos; servicios de consultorías; Construcción Planta de Tratamiento
Efluentes Líquidos Industriales Parque Curtidor Lanús y obras
destinadas a la reducción de la contaminación, en el marco del
“Programa de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza- Riachuelo” y
“Financiamiento Adicional para el Proyecto de Desarrollo Sustentable de
la Cuenca Matanza- Riachuelo (CMR)” con financiamiento de los Préstamos
BIRF Nros. 7706-AR y 9008-AR y; Construcción de la Autopista del
Bicentenario - Paseo del Bajo con financiamiento del Préstamo CAF N°
9710; obras de remodelación y prolongación de Colectores Cloacales y
Construcción de Planta Depuradora Cloacal de la Ciudad de Corrientes
con financiamiento del Préstamo Infraestructura Hídrica del Norte
Grande Préstamo BID N° 2776 OC/AR; y obras “Edificio de Laboratorios”,
“Edificio Sede para el Instituto de Ingeniería y Biotecnología, y
Edificio Anexo Facultad Filosofía y Letras” en el marco del Préstamo
Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Universitaria II - Etapa
B – Préstamo CAF N° 8945.
Que es menester incrementar el presupuesto de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender erogaciones
vinculadas a sus gastos operativos y para realizar el aporte anual al
CONSEJO VIAL FEDERAL.
Que el refuerzo citado en el considerando precedente se financia
mediante la reasignación de créditos provenientes del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO
DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN en transferencias corrientes con el
fin de cumplir compromisos asumidos con la FUNDACIÓN SADOSKY y con el
Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico
(CIEFFAP), dar continuidad a proyectos de investigación y atender
erogaciones derivadas del Convenio suscripto con la ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM).
Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, financiado con Transferencias
Externas, provenientes de una Cooperación Técnica del Fondo para el
Medio Ambiente Mundial (FMAM), destinadas al “Programa de Inversiones
integradas bajas en carbono y conservación en ciudades argentinas”.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, destinado a otorgar un subsidio extraordinario
por TRES (3) meses a los becarios y a las becarias que finalizaron su
beca el 31 de julio del corriente año.
Que además se refuerza el presupuesto del organismo descentralizado
citado en el considerando anterior, con el fin de incorporar créditos
cedidos por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,
destinados a financiar las actividades del INSTITUTO ARGENTINO DE
NIVOLOGÍA, GLACIOLOGÍA Y CIENCIAS AMBIENTALES (IANIGLA) vinculadas al
inventario de Glaciares de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que es menester modificar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE
ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, con el fin de
cubrir gastos correspondientes al seguro de lanzamiento y operación del
Proyecto Misión SAOCOM, financiados con el Préstamo BID N° 4840 OC/AR,
“Programa de Desarrollo de Tecnologías Espaciales” (PROSAT II), como
así también los gastos de desarrollo de la Misión Satelital SABIA-Mar
financiada con el Préstamo CAF Nº 8700, “Satélite Argentino Brasileño
de Información Ambiental con objetivo principal en el Mar” (SABIA-Mar).
Que es menester adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con el fin de garantizar la
liquidación de los haberes del personal, a la vez que se detraen
créditos de su presupuesto con el fin de dar cumplimiento a las
Decisiones Administrativas Nros. 1109 del 22 de junio de 2020, 1120 del
23 de junio de 2020 y 1566 del 26 de agosto de 2020, por las cuales se
transfirieron agentes hacia jurisdicciones y organismos de la
Administración Pública Nacional.
Que es menester incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para
atender acciones en el marco de los programas de Lucha Contra el SIDA y
Enfermedades de Transmisión Sexual e Infecto Contagiosas para la compra
de medicamentos, Fortalecimiento de la Capacidad del Sistema Público de
Salud atendiendo mandas judiciales por medicamentos, así como gastos en
personal derivados de la cesión de créditos por el traspaso de personal
de planta permanente desde la órbita del MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES.
Que corresponde reforzar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT),
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE
CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de atender
gastos en materia de personal.
Que tal aumento se financia con el incremento del cálculo de los recursos propios.
Que a los fines de atender necesidades emergentes del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se incorporan transferencias externas
para su financiación.
Que, además, resulta necesario ampliar los créditos vigentes destinados
a gastos en personal para cubrir el déficit en esta materia.
Que corresponde modificar el presupuesto del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE por la cesión de créditos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por el traspaso de UN (1) agente,
sustanciado a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 1120
del 23 de junio de 2020.
Que mediante el artículo 1° del Decreto Nº 606 del 20 de julio de 2020
se transfiere el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD de la SECRETARÍA DE
INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita de
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que a los efectos de atender lo dispuesto en el citado decreto resulta
necesario transferir créditos presupuestarios del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL a la órbita de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, adicionalmente, resulta oportuno incrementar en el presupuesto del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las asignaciones para gastos en
personal cedidas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL en cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 1109 del 22 de
junio de 2020, mediante la cual se transfiere a UN (1) agente de planta
permanente a la órbita de la citada Cartera.
Que es necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE LAS
MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, con el objeto de atender gastos en
personal, servicios técnicos y profesionales, la adquisición de
equipamiento y transferencias corrientes y de capital, así como las
Ayudas Sociales a Personas en situación de violencia por motivos de
género vinculadas al “Programa Acompañar”.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
destinados a la Empresa RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL
ESTADO (RTA) y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP),
entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que resulta necesario dar de baja en el Sistema Integrado de
Información Financiera (e-SIDIF) las imputaciones presupuestarias
correspondientes a los remanentes del Ejercicio 2018, atento que estos
son producto de la prórroga del Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y ya han sido ingresados
al TESORO NACIONAL.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus
modificatorias, por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019 prorrogada en los términos del Decreto N° 4/20 y complementada por
el Decreto N° 193/20 y por el artículo 4º del Decreto Nº 457/20.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2020, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2020-63895500-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de la medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/09/2020 N° 43084/20 v. 30/09/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)