SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 1202/2020
RESOL-2020-1202-APN-SSS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-63183217-APN-GG#SSS, las Leyes N° 23.660
y N° 23.661, los Decretos N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N°
251 de fecha 5 de abril de 2019, las Resoluciones Nº 144 de fecha 27 de
febrero de 2018 y N° 641 de fecha 24 de junio de 2019 del Registro de
la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de la participación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD en el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN -promovido por el
MINISTERIO DE SALUD- y en el CONVENIO ESPECÍFICO de compra conjunta del
medicamento Factor VIII para el tratamiento de la Hemofilia tipo A, por
Resolución N° 144/18 se creó la COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE COMPRA
CONJUNTA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS para la implementación y monitoreo
efectivo de los distintos procesos de compras consolidadas en los que
la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD pudiere participar.
Que, en oportunidad de su creación, se dispuso que dicha Comisión
Asesora funcionara dentro del ámbito de la Coordinación Operativa de la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, sujeta a sus directivas e
integrada por profesionales capacitados de las Gerencias de Gestión
Estratégica, de Control Prestacional y Operativa de Subsidios por
Reintegros.
Que posteriormente, por Decreto N° 251/19, el PODER EJECUTIVO NACIONAL
facultó a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a destinar recursos
del Fondo Solidario de Redistribución para la adquisición y provisión
de insumos, dispositivos y medicamentos de alto impacto económico a
través de los procesos y modalidades de compra que se encuentren
disponibles y con la conformidad de las obras sociales interesadas;
ello, mediante la modificación del Decreto N° 2710/12 que aprobó la
estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Que en ese orden, toda vez que la COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE COMPRA
CONJUNTA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS fue creada por la Resolución SSSalud
N° 144/18 con el objeto de fiscalizar los procedimientos que deban
cumplimentar los Agentes del Seguro de Salud para acceder a los
medicamentos y/o dispositivos e insumos médicos que se adquieran a
través del mecanismo de compra consolidada, se estimó necesario adecuar
el funcionamiento de la Comisión en orden a las modificaciones
introducidas por el Decreto Nº 251/19 respecto de la ampliación de
facultades del organismo, con el fin de evaluar la oportunidad, mérito
y conveniencia para dar inicio a los procesos de compras de
medicamentos e insumos con la perspectiva de lograr una mayor
articulación con los Agentes del Seguro de Salud, tomando en
consideración las necesidades reales y existentes de su población
beneficiaria.
Que en ese sentido, por Resolución SSSalud N° 641/19 -mediante el
mecanismo de sustitución de artículos- se dispuso transferir la citada
Comisión dependiente de la Coordinación Operativa a la órbita de la
Gerencia de Gestión Estratégica, constituirla en un equipo
interdisciplinario integrado por diversos agentes del organismo en
reemplazo de los que fueran designados en oportunidad de su creación,
sin perjuicio de aquellos agentes que pudieren convocarse a futuro, y
atribuirle funciones específicas para el cumplimiento del cometido que
le fuera encomendado.
Que, en la actual coyuntura, frente a la crisis desatada por la
pandemia de COVID-19 que ha causado una profunda conmoción en el
sistema sanitario y en la macro y microeconomía, más que nunca las
entidades y organismos financiadores de prestaciones de salud deben
apelar a mecanismos de unificación de la gestión de compra de insumos y
medicamentos.
Que, el proceso de compra consolidada constituye uno de los mecanismos
más eficientes y eficaces a efectos de lograr economías de escala que,
en el subsector de la seguridad social, permite mejorar el poder de
compra de las obras sociales concediéndoles el acceso a medicamentos,
insumos y dispositivos para sus beneficiarios, a un menor costo.
Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en ejercicio de sus
funciones como administradora del Fondo Solidario de Redistribución
creado por la Ley 23.661 y en uso de las facultades conferidas mediante
la modificación introducida por el Decreto N° 251/19 en su estructura
orgánico funcional, advierte la necesidad y conveniencia de impulsar la
implementación del mecanismo de compra consolidada para la adquisición
-en condiciones más favorables- de medicamentos, insumos y dispositivos
de alto costo, para los Agentes del Seguro de Salud que requieran la
misma prestación.
Que, a dichos efectos, por razones operativas, resulta necesario
transferir al ámbito de la GERENCIA GENERAL la dirección y
funcionamiento de la Comisión creada por la Resolución SSSalud N°
144/18, modificada por Resolución SSSalud N° 641/19, cuyos miembros -en
reemplazo de los que integraron el equipo interdisciplinario señalado
en el artículo 4° de dicha norma- serán designados por disposición del
señor Gerente General en oportunidad de su integración.
Que, asimismo, teniendo en cuenta las funciones específicas asignadas a
dicha Comisión, resulta propicio adecuar su actual denominación por la
de “COMISIÓN TÉCNICA DE COMPRA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS y DISPOSITIVOS”.
Que a los fines señalados en los Considerandos precedentes y en miras a
un mejor ordenamiento jurídico, resulta necesario derogar las
Resoluciones SSSalud Nº 144/18 y su modificatoria Resolución SSSalud N°
641/19.
Que las Gerencias de Gestión Estratégica, de Control Prestacional, de
Asuntos Jurídicos y la Gerencia General han tomado la intervención de
su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1615/96, Nº 2710/12 y Nº 34/20.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase la COMISIÓN TÉCNICA DE COMPRA DE MEDICAMENTOS,
INSUMOS y DISPOSITIVOS, que actuará bajo la órbita y dirección de la
GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y
resultará continuadora de la COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE COMPRA DE
MEDICAMENTOS, INSUMOS y DISPOSITIVOS creada por el artículo 1º de la
Resolución Nº 144/18 SSSALUD, modificado por la Resolución Nº 641/19
SSSALUD.
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN TÉCNICA DE COMPRA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DISPOSITIVOS tendrá las siguientes funciones:
a. analizar y evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de dar
inicio a los procesos de adquisición de medicamentos, insumos y
dispositivos en el marco del Decreto Nº 2710/12 y sus modificatorios;
b. generar un espacio de articulación con los Agentes del Seguro de
Salud, en el marco del proceso de adquisición de medicamentos, insumos
y dispositivos;
c. fiscalizar los procedimientos que deban cumplimentar los Agentes del
Seguro de Salud para acceder a los medicamentos, insumos y dispositivos
que se adquieran a través de mecanismos de unificación de la gestión de
compra de múltiples entidades contratantes que requieran la misma
prestación;
d. elaborar informes técnicos sobre los medicamentos, insumos y
dispositivos que demanden el procedimiento de compra consolidada, y
realizar una evaluación del impacto económico dentro del Sistema
Nacional del Seguro de Salud;
e. consolidar un sistema de indicadores y estadísticas que permitan
evaluar la eficacia de los procedimientos de compra conjunta de
medicamentos, insumos y dispositivos que se lleven a cabo por la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD;
f. formular propuestas tendientes a afianzar los procedimientos que deben observar los Agentes del Seguro de Salud.
ARTÍCULO 3°.- Los miembros de la COMISIÓN TÉCNICA DE COMPRA DE
MEDICAMENTOS, INSUMOS y DISPOSITIVOS serán designados por disposición
del señor Gerente General.
ARTÍCULO 4°.- Deróganse las Resoluciones Nº 144 de fecha 27 de febrero
de 2018 y N° 641 de fecha 24 de junio de 2019, ambas de la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. Eugenio
Daniel Zanarini
e. 01/10/2020 N° 43252/20 v. 01/10/2020