Decisión Administrativa 1786/2020
DECAD-2020-1786-APN-JGM - Dase por designada Directora Nacional de Desarrollo Tecnológico y Relaciones con la Comunidad.
Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-50897100-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020, 732 del 4 de septiembre de
2020 y la Decisión Administrativa N° 1080 del 19 de junio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se crearon, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO y el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes a los citados Ministerios.
Que el citado decreto fue modificado por su similar N° 732/20, y entre
otras cuestiones se dispuso transferir a la SECRETARÍA DE ENERGÍA y sus
unidades organizativas, entonces dependiente del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que por la Decisión Administrativa N° 1080/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Desarrollo Tecnológico y
Relaciones con la Comunidad de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
ENERGÉTICO de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, entonces dependiente del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, actualmente dependiente del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del
19 de junio de 2020 y hasta el 31 de octubre de 2020, a la señora Sofía
Andrea GARRIDO CARILAO (D.N.I. N° 33.578.756) en el cargo de Directora
Nacional de Desarrollo Tecnológico y Relaciones con la Comunidad de la
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO de la SECRETARÍA DE ENERGÍA,
entonces dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO,
actualmente dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Nivel A - Grado 0
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir la señora GARRIDO CARILAO los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
e. 02/10/2020 N° 43879/20 v. 02/10/2020