ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4834/2020
RESOG-2020-4834-E-AFIP-AFIP - Zona
Primaria Aduanera. Delimitación de la Zona Primaria Aduanera Puerto
Caleta Paula. Resolución General Nº 3.199. Su modificatoria y
complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 08/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-00522023- -AFIP-DESURG#SDGOAI del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 355 establece los criterios y
procedimientos que deben observarse para la delimitación de las Zonas
Primarias Aduaneras en las Aduanas del Interior.
Que, por su parte, la Resolución General N° 3.199, determina los
límites de las Zonas Primarias Aduaneras en jurisdicción de la División
Aduana de Caleta Olivia, correspondientes a la Monoboya Caleta Olivia,
Puerto Caleta Paula, Paso Internacional Ingeniero Pallavicini-Ibáñez,
Paso Internacional Río Jeinimeni y Paso Internacional Rodolfo Roballos.
Que, atento la experiencia adquirida, resulta necesario delimitar la
Zona Primaria Aduanera Puerto Caleta Paula en jurisdicción de la
División Aduana de Caleta Olivia, Provincia de Santa Cruz, reduciendo
este ámbito para favorecer el control aduanero, así como derogar el
Anexo II de la Resolución General N° 3.199.
Que, asimismo, los perímetros propuestos reúnen las condiciones
requeridas para su habilitación como Zona Primaria Aduanera, en los
términos del artículo 5° del Código Aduanero.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la
Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Determinar los límites de la Zona Primaria Aduanera
Puerto Caleta Paula en jurisdicción de la División Aduana de Caleta
Olivia, Provincia de Santa Cruz, como se indica en el Anexo
(IF-2020-00670098-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) que se aprueba y forma parte
de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Habilitar el predio indicado en el artículo 1° como Zona
Primaria Aduanera, en los términos del artículo 5° del Código Aduanero.
ARTÍCULO 3°.- Derogar el Anexo II de la Resolución General N° 3.199.
ARTÍCULO 4°.- Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través
del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese. Mercedes
Marco del Pont
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/10/2020 N° 45555/20 v. 09/10/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)