Resolución 363/2020
RESOL-2020-363-ANSES-ANSES
Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-61223439-ANSES-DGPC#ANSES, la Ley N°
27.426, el Decreto N° 110 de fecha 7 de febrero de 2018 y las
Resoluciones de esta Administración Nacional N° RESOL-
2017-246-ANSES-ANSES de fecha 19 de diciembre de 2017,
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES de fecha 27 de abril de 2018,
RESOL-2018-165-ANSES-ANSES del 1° de octubre de 2018 y
RESOL-2020-239-ANSES-ANSES de fecha 30 de junio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 110/18 se reglamentó la Ley N° 27.426, y se
instruyó a esta Administración Nacional de la Seguridad Social, para
que instrumente un mecanismo expedito tendiente a brindar al empleador
la información necesaria a fin de constatar el derecho que le asista al
trabajador a su cargo para obtener la Prestación Básica Universal
(PBU), conforme lo establecido por la Ley N° 24.241 y sus
modificatorias.
Que la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, conforme los
términos del Informe N° IF-2018-09493647-ANSES-DGPD#ANSES, propició
implementar un procedimiento que permita ampliar la atención al público
en todo el territorio geográfico de la Nación, reduciendo el impacto de
requerimientos presenciales en las Unidades de Atención Integral (UDAI)
y agilizando, en consecuencia, los trámites que deseen realizar los
trabajadores en relación de dependencia, brindando información,
asesoramiento y facilitando la iniciación de trámites.
Que la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES creó el Programa “ANSES
VA A TU TRABAJO” con el objetivo de diseñar un canal descentralizado de
atención con doble vía: presencial y remota, para brindar asesoramiento
y facilitar la gestión de los trámites que disponga esta Administración
Nacional, a los trabajadores de las empresas, entidades intermedias y
organismos públicos inscriptos en el mismo.
Que la mencionada Resolución aprobó el Modelo de Convenio que deberá
ser suscripto por las Empresas, Entidades Intermedias y Organismos
Públicos que pretendan adherirse al Programa.
Que, asimismo, se estableció que la Dirección General de Prestaciones
Descentralizadas sea la encargada de administrar el REGISTRO DE
ENTIDADES ADHERIDAS AL “PROGRAMA ANSES VA A TU TRABAJO” y de designar a
los agentes de ANSES que actuarían como Operadores de Enlace con cada
empresa, entidad y/u organismo incluido en el Programa.
Que, en virtud de la dinámica del Programa y de la diversidad de
Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del
Tercer Sector que pueden adherirse al mismo, a través de la Resolución
N° RESOL-2018-165-ANSES-ANSES, se facultó a la Dirección General de
Prestaciones Descentralizadas a realizar las modificaciones al modelo
de Convenio aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N°
RESOL-2018-68- ANSES-ANSES; a fin de permitir que el mismo se ajuste a
las necesidades de cada caso particular, siempre que se respete el
objeto y finalidad del Programa.
Que por Resolución N° RESOL-2020-239-ANSES-ANSES, se modificó la
denominación y/o dependencia de las unidades de estructura de la
Subdirección Ejecutiva de Prestaciones de esta Administración Nacional.
Que en razón de lo expuesto, resulta necesario adecuar las normas que
regulan el funcionamiento del Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” en orden
a la dinámica del Programa y conforme los cambios de dependencia de las
unidades de estructura realizados por la Resolución N°
RESOL-2020-239-ANSES-ANSES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el artículo 36 de la Ley N°
24.241 y el Decreto N° 429/20.
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Modifícase el ARTÍCULO 1° de la Resolución N°
RESOL-2018-68- ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTICULO 1°: Crease el Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” en el ámbito
de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, dependiente de
la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones, de esta ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, destinado a cubrir la atención por
parte de esta Administración a trabajadores - y cónyuges, convivientes
e hijos e hijas de éstos, menores de 18 años - que prestan servicios en
empresas, Organismos Públicos o que se encuentran alcanzados por
representación en Entidades Intermedias o Entidades del Tercer Sector
que, en virtud de sus específicas características administrativas y/u
operativas, resulte provechoso para ambas partes incluir en el
Programa”.
ARTICULO 2º.- Modifícase el ARTÍCULO 2° de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 2°.- Establécese que el objeto del Programa creado por el
artículo 1° de la presente, consiste en generar un canal de atención
específico entre ANSES y los Organismos Públicos, Entidades
Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que permita acercar
a los trabajadores los trámites y servicios de esta Administración
Nacional, brindando asesoramiento y facilitando la tramitación de los
mismos.”
ARTICULO 3º.- Modifícase el ARTÍCULO 3° de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 3º.- Establécese que la Dirección General de Diseño de Normas
y Procesos, a solicitud de la Dirección General de Prestaciones
Centralizadas, aprobará las normas de procedimientos que determinen los
trámites elegibles para ser desarrollados bajo esta modalidad. La
Dirección General de Prestaciones Centralizadas estará facultada para
determinar -en cada Convenio- la lista de trámites y servicios
alcanzados en cada acuerdo particular.”
ARTICULO 4º.- Modifícase el ARTÍCULO 4° de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 4º.- Los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas
y Entidades del Tercer Sector que pretendan adherirse al Programa
“ANSES VA A TU TRABAJO” deberán presentar ante ANSES la documentación
necesaria para acreditar su personería jurídica, identificar sus
referentes técnicos y suscribir el correspondiente Convenio para su
implementación. Dicho instrumento podrá ser firmado por la máxima
autoridad del adherente, o bien, por el representante legal que éste
designe”.
ARTICULO 5º.- Modifícase el ARTÍCULO 6° de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTICULO 6° Créase el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL PROGRAMA
“ANSES VA A TU TRABAJO”, el que funcionará en la órbita de la Dirección
General de Prestaciones Centralizadas, o donde esta instancia lo
determine y en el cual se registrarán todas las empresas que sean
aceptadas para ser parte del Programa.”
ARTICULO 6º.- Modifícase el ARTÍCULO 7° de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTICULO 7°.- Delégase en la Dirección General de Prestaciones Centralizadas la facultad de:
a. Aprobar la incorporación al Programa de los Organismos Públicos,
Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que lo
soliciten.
b. Administrar y gestionar el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL PROGRAMA “ANSES VA A TU TRABAJO”.
c. Suscribir los Convenios de adhesión al Programa con los Organismos
Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector
que lo soliciten, siguiendo el modelo aprobado por el artículo 5° de la
presente Resolución.
d. Determinar los trámites habilitados para ser realizados bajo esta
modalidad en cada Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa y
Entidad del Tercer Sector.”
ARTICULO 7º.- Modifícase el ARTÍCULO 8° de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 8°.- Establécese que la Dirección General de Prestaciones
Centralizadas designará, a través de la Coordinación Atención a
Organismos Públicos, Empresas y Entidades Intermedias, a los agentes de
ANSES que actuarán como Operadores de Enlace con cada Organismo
Público, Entidad Intermedia, Empresa o Entidad del Tercer Sector
incluido en el Programa.”
ARTICULO 8º.- Modifícase el ANEXO II de la Resolución N°
RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ANEXO II
CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA “ANSES VA A TU TRABAJO”
La Dirección General de Prestaciones Centralizadas, dependiente de la
Subdirección Ejecutiva de Prestaciones de esta ANSES, lleva a cabo la
implementación del Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” aprobado por la
presente Resolución.
El Programa, crea un canal de atención con doble vía: presencial y
remota, para la atención de los trámites que disponga esta
Administración Nacional, a los Organismos Públicos, Entidades
Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector.
La medida propuesta permite ampliar la atención al público en todo el
territorio geográfico de la Nación, reduciendo el impacto de
requerimientos presenciales en las UDAI y agilizando, en consecuencia,
los trámites que deseen realizar tanto los trabajadores en relación de
dependencia, como así también sus cónyuges, convivientes e hijos e
hijas de éstos, menores de 18 años, brindando información,
asesoramiento y facilitando la iniciación de trámites.
A los fines de lograr la difusión del Programa, la Dirección General de
Prestaciones Centralizadas trabajará junto a la Dirección de
Comunicaciones para elaborar y efectuar los anuncios correspondientes
por los medios gráficos y/o tecnológicos a los que ANSES tuviera acceso.
En ese sentido, se efectuará una reseña del Programa y se consignará
una casilla de correo electrónico para aquellos actores que quieran
adherirse al mismo (siempre que se encuentren dentro de los sujetos
destinatarios del Programa). Dicha casilla, también servirá como canal
de comunicación y/o transmisión de novedades entre ambas partes.
La designación de los operadores quedará por cuenta y orden de las
coordinaciones que lleven adelante el Programa, a íntegra aprobación de
la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, quien tiene en su
órbita el control del total de la operatoria.
Cada operador llevará adelante las comunicaciones inherentes a las
consultas y trámites bajo la supervisión correspondiente, con los
Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del
Tercer Sector que le fueran asignados y no podrá delegar sus funciones,
salvo por requerimiento expreso de los responsables a cargo del
Programa.
Cada Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa y Entidad del
Tercer Sector, designará DOS (2) Representantes Técnicos, quienes serán
los encargados de interactuar en forma directa con los Operadores de
Enlace designados por ANSES, para la gestión de los trámites.
Cada Operador de Enlace de ANSES capacitará a los Representantes
Técnicos designados de los Organismos Públicos, Entidades Intermedias,
Empresas y Entidades del Tercer Sector sobre las prestaciones que
otorga el Organismo y ofrecerá una comunicación alternativa a través de
la Línea 130 para aquellas dudas que los Representantes Técnicos, en el
ejercicio de sus funciones, no logren evacuar.
A su vez, se desarrollará a través de la Dirección General Diseño de
Normas y Procesos, un requerimiento para que la comunicación pueda
realizarse mediante Clave de Seguridad Social Corporativa.
Circuito:
• El Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa o Entidad del
Tercer Sector se contacta con ANSES y manifiesta su voluntad para
adherirse al Programa ANSES VA A TU TRABAJO.
• ANSES también puede invitar a los Organismos Públicos, Entidades
Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que a su criterio
se ajusten al Programa, a adherirse al mismo.
• Los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades
del Tercer Sector procederán a firmar un Convenio, con esta
Administración conforme el modelo que se apruebe al efecto.
• La Dirección General Prestaciones Centralizadas elaborará un Registro
de Actores Adheridos y tomará nota de aquellas personas que hayan sido
designadas como Representantes Técnicos de cada Organismo Público,
Entidad Intermedia, Empresa y Entidad del Tercer Sector a fin de armar
un cuadro de relaciones entre Operador de ANSES y el Representante
Técnico”.
ARTICULO 9º.- Modifícase el Artículo 1° de la Resolución N°
RESOL-2018-165-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 1°.- Facúltese a la Dirección General de Prestaciones
Centralizadas a realizar modificaciones al modelo de Convenio aprobado
por el Artículo 5° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, a fin
de adaptarlo a las necesidades de cada caso particular, siempre que se
respete el objeto y finalidad del Programa, y dichos cambios se limiten
a:
a) Jurisdicción y competencia aplicable para la resolución de conflictos.
b) Plazo de duración o rescisión del Convenio.
c) Cantidad de Representantes Técnicos que actuarán en nombre de la
entidad y serán los enlaces directos con los Operadores de la ANSES.
d) Cuestiones formales que resulten necesarias en el caso particular, a fin de poder implementar el Programa.”
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese. Maria Fernanda Raverta
e. 13/10/2020 N° 45707/20 v. 13/10/2020