MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN
Resolución 2/2020
RESOL-2020-2-APN-SCCDSEI#MAD
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2020
VISTO el EX-2020-65287154-APN-DRI#MAD, el Decreto N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019, el Acuerdo de Financiación de Pequeña Escala (SSFA)
con el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el
Convenio Marco de Colaboración y Cooperación Técnica
(CONVE-2020-51651329-APN-MAD), el Acta Complementaria N° 1
(IF-2020-53430163-APN-MAD) suscriptos entre la Agencia Nacional de
Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación y este Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 3 de Agosto de 2020, la Agencia Nacional de Promoción de
la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación,
dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, celebró
un Acuerdo de Financiación de Pequeña Escala (SSFA) con el Programa de
Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), relativo a la Donación
para la Preparación de Proyectos (PPG) en el marco del proyecto GEF 7
“Inversiones Integradas Bajas en Carbono y Conservación en Ciudades
Argentinas”.
Que el Proyecto Gef 7 tiene como principales objetivos, fomentar el
desarrollo urbano resistente al clima, integrar la biodiversidad en la
planificación urbana y en el sector del turismo y reducir las emisiones
de gases de efecto invernadero mediante el fortalecimiento de las
capacidades nacionales y locales, la promoción de inversiones bajas en
carbono y de conservación y el apoyo a enfoques de planificación
integrados.
Que, en su aspecto territorial, el referido Proyecto se enfocará en las
ciudades de Mendoza, Salta, Mar del Plata, Ushuaia y Buenos Aires,
teniendo en consideración, que estas tienen un alto crecimiento
demográfico, cubren las regiones geográficas y climáticas del país y
son representativas de las pequeñas y medianas ciudades y regiones
metropolitanas del país, debido a su tamaño, clima o perfil económico;
Que, por su parte, en el mentado Acuerdo de Financiamiento se
establecieron los términos y condiciones de la cooperación entre el
PNUMA y la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el
Desarrollo Tecnológico y la Innovación, para la ejecución de un Plan de
Implementación de la subvención para la preparación del proyecto, que
forma parte del mismo como Anexo 4, por un monto total de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MIL (US$ 300.000) financiado enteramente
por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM);
Que en dicho acuerdo internacional y en la Carta de Delegación que
forma parte del mismo como Anexo 9, se dispuso que la Agencia actuará
como organismo ejecutor de los fondos del Proyecto por designación del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, siendo asimismo aquella
responsable por el trabajo de gestión del conocimiento.
Que por otra parte, con fecha 6 de agosto de 2020 se celebró entre el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y la Agencia Nacional de
Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación un Convenio Marco de Colaboración y Cooperación Técnica
(CONVE-2020-51651329-APN-MAD), a los fines de colaborar mutuamente y
participar conjuntamente en acciones de cooperación, entre otras.
Que, en dicho marco, se suscribió entre las mismas partes el Acta
Complementaria N° 1 (IF-2020-53430163-APN-MAD) para el desarrollo del
Plan de Implementación, correspondiente a la primera etapa del Proyecto
Gef 7, dejándose expresamente previstos los roles de cada uno de los
organismos en el transcurso de la misma.
Que entre los distintos actores del Plan de Implementación se ha
designado a la Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e
Innovación como líder del Consejo Técnico a cargo del mismo.
Que, para la obtención de los insumos necesarios hacia la elaboración
de los distintos documentos del proyecto, el mencionado Plan de
Implementación prevé la formación de una Unidad de Ejecución, integrada
por un gerente de proyecto y un grupo de especialistas, así como la
realización un concurso de ideas, a los fines de obtener asistencia de
instituciones académicas en la elaboración de dichos insumos.
Que el concurso de ideas tendrá como objetivo principal generar
espacios de intercambio a través de construcción colectiva de
ideas-proyecto que promuevan un desarrollo sostenible en torno a ejes
temáticos específicos en las ciudades de Mar del Plata, Mendoza, Salta
y Ushuaia.
Que, por lo tanto, previo al lanzamiento de la primera convocatoria a
concurso de ideas, deviene necesario, aprobar las Bases y Condiciones
que regularán los objetivos, las pautas y temas a tratar, condiciones a
reunir por los participantes, jurado, estructura, criterios de
evaluación, formalidades del proceso, y todos los demás aspectos
relativos a la realización del procedimiento.
Que mediante Decreto 50/2019 se estableció que corresponde a la
SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN,
intervenir en la formulación de convenios internacionales en los
asuntos propios de su área, promover y desarrollar políticas públicas
que promocionen la resiliencia y sostenibilidad de las ciudades del
país, así como promover y desarrollar políticas públicas que
promocionen la elaboración e implementación de medidas de adaptación y
mitigación frente al cambio climático en ciudades y ecosistemas
vulnerables, entre otras;
Que la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL y la
DIRECCIÓN DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, han tomado la intervención de su
competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades comprendidas en el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Apruébese la realización del Concurso Nacional de Ideas
“Ciudades Sostenibles” que tiene como objetivo generar espacios de
intercambio a través de construcción colectiva de ideas-proyecto que
promuevan un desarrollo sostenible en torno a ejes temáticos
específicos, en las ciudades de Mar del Plata, Mendoza, Salta y Ushuaia.
ARTÍCULO 2°. - Apruébese las Bases y Condiciones del Concurso Nacional
de Ideas “Ciudades Sostenibles” que como ANEXO
(IF-2020-69128303-APN-SCCDSEI#MAD) forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Rodrigo Rodriguez Tornquist
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/10/2020 N° 47338/20 v. 16/10/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)