MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL
Decreto 809/2020
DCTO-2020-809-APN-PTE - Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-70016653-APN-DGD#MC, la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, en su reunión de Comité
Ejecutivo Nº 20, de fecha 15 de octubre de 2020, ha resuelto proponer
la declaratoria como Monumento Histórico Nacional de la ANTIGUA
COMISARÍA de la Ciudad de PUERTO SAN JULIÁN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Que a finales del SIGLO XIX se asentaron los primeros pobladores en la
Ciudad de PUERTO SAN JULIÁN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, originarios en su
mayor parte de las ISLAS MALVINAS, de donde provinieron también los
materiales para edificar la primera construcción de esta localidad.
Que el 17 de septiembre de 1901 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ordenó se
estableciera la traza urbana dentro de la colonia agrícola que había
sido creada en 1899 en PUERTO SAN JULIÁN.
Que la sede de la ANTIGUA COMISARÍA es una de las construcciones
primigenias de la ciudad donde sucedieron hechos de relevancia
histórica como la detención de José FONT, alias “Facón Grande”, en el
año 1916; la detención de obreros durante las huelgas de los años 1920
y 1921 y la detención de Consuelo GARCÍA, Ángela FORTUNATO, Amalia
RODRÍGUEZ, María JULIACHE y Maud FOSTER, pupilas del establecimiento La
Catalana, en febrero de 1922.
Que la citada COMISARÍA conforma un hito fundacional de la Ciudad de
PUERTO SAN JULIÁN y es un singular ejemplo de su historia y de
arquitectura adaptada a las características geográficas y ambientales
locales, y es un testimonio importante de las luchas sociales en el
reconocimiento de los derechos humanos y laborales.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 1°
ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la ANTIGUA
COMISARÍA, sita en la CALLE CRISTÓBAL COLÓN N° 141, de la Ciudad de
PUERTO SAN JULIÁN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ (Datos Catastrales:
Departamento 4, Localidad 07, Circunscripción 01, Sección 01, División
1, Manzana 000121, Parcela 007).
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE
BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos
en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las
normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones
correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer
e. 20/10/2020 N° 48280/20 v. 20/10/2020