ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 335/2020
RESOL-2020-335-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2020
VISTO la Ley N.° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N.º
1738 del 18 de septiembre de 1992, el Expediente Nº EX-2020-69813268-
-APN-GA#ENARGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 27 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, y lo dispuesto por el
Artículo 1° del Decreto N° 4/2020 del 2 de enero del corriente, se
estableció que a partir del 1° de enero de 2020 rigen las disposiciones
de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2019, sus normas modificatorias y
complementarias.
Que, en tal sentido, conforme a la Decisión Administrativa N° 1/2020,
de fecha 10 de enero de 2020 (B.O. 13/01/2020), se han distribuido los
créditos y recursos correspondientes al Ejercicio 2020, siendo los
recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente Ejercicio
de PESOS MIL DOSCIENTOS DIECISEIS MILLONES CIENTO ONCE MIL OCHOCIENTOS
TRES ($1.216.111.803.-).
Que, además, y de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 677/2020, de
fecha 28 de abril de 2020 (B.O. 30/04/2020), se ha incrementado el
presupuesto para el ENARGAS en PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES
($390.000.000.-).
Que, posteriormente, de acuerdo a la Decisión Administrativa N°
1770/2020, de fecha 29 de septiembre de 2020 (B.O. 30/09/2020), se ha
incrementado el presupuesto para el ENARGAS en PESOS CUATROCIENTOS ONCE
MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES
($411.391.993.-).
Que, de esta forma, los recursos por Tasa de Fiscalización y Control
para el presente ejercicio ascienden finalmente a PESOS DOS MIL
DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS
($2.017.503.796.-).
Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones
asignadas por la Ley N.° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento
a lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 del Decreto N.° 1738/92,
resulta necesario establecer el saldo final de la Tasa de Fiscalización
para el año 2020.
Que, a fin de determinar la base de cálculo para este saldo final, se
cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y
Economía del ENARGAS, mediante Memorándums Nº
ME-2020-65843435-APN-GDYE#ENARGAS, ME-2020-67053995-APN-GDYE#ENARGAS y
ME-2020-68243197-APN-GDYE#ENARGAS, correspondientes a la lista de
Comercializadoras habilitadas y a los ingresos brutos por la actividad
regulada que surge de los últimos Estados Contables, disponibles por
esa Gerencia, de las Distribuidoras, Transportistas y
Subdistribuidoras, presentados ante esta Autoridad Regulatoria, en
cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS N.º 1660/00 y N.º 163/95 y sus
concordantes.
Que este saldo final se determina en base a los ingresos brutos por
actividad regulada que surge de los Estados Contables al 31 de
diciembre de 2019 o últimos presentados por las Distribuidoras,
Transportistas y Subdistribuidoras, y en una suma fija para las
Comercializadoras.
Que cabe señalar que, atento que no existen Almacenadores inscriptos a
la fecha, no se han incluido en este Saldo Final de Tasa de
Fiscalización y Control 2020.
Que vale mencionar que, durante el presente ejercicio, se han aprobado
tres anticipos de la Tasa de acuerdo mediante las Resoluciones
RESFC-2020-29-APN-DIRECTORIO#ENARGAS,
RESOL-2020-11-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y
RESOL-2020-158-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.
Que, por otra parte, tal como surge del Informe Nº
IF-2020-69855012-APN-GA#ENARGAS elaborado por la Gerencia de
Administración y vinculado a las presentes actuaciones, se ha
determinado el excedente acumulado al año 2019 en $37.386.569, y
conforme lo dispuesto en la reglamentación del Art. 63 de la Ley 24.076
y por el Decreto 1738/92, corresponde su asignación al presente
ejercicio.
Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos
62 y 63 de la Ley N.º 24.076 y su reglamentación, aprobada por el
Decreto N.º 1738/92 y las atribuciones conferidas por el Artículo 52,
Incisos a) y x), de la Ley N.° 24.076 y su reglamentación, y el Decreto
Nº 278/2020.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Fijar el saldo final de la Tasa de Fiscalización y
Control para el año 2020 en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y SEIS
MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS ($576.089.276),
que será abonada según el detalle obrante como Anexo
IF-2020-70269181-APN-GA#ENARGAS que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente saldo final el 6 de noviembre de 2020.
ARTÍCULO 3°.- Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar.
Federico Bernal
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/10/2020 N° 48339/20 v. 21/10/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)