COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 15/2020
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2020
VISTO y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General C.A. N.° 5/2019, esta Comisión
Arbitral aprobó el Registro Único Tributario-Padrón Federal y dispuso
que su entrada en vigencia se llevaría a cabo según un cronograma
establecido al efecto.
Que a través de la Resolución General N.° 7/2020, modificatoria de la
Resolución General N.° 3/2020, se estableció la entrada en vigencia a
partir del 1 de junio del 2020 del Registro Único Tributario-Padrón
Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos
que tributan por el régimen del Convenio Multilateral con jurisdicción
sede en las provincias Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y
Santa Fe.
Que a través de la Resolución General N.° 9/2020, se estableció la
entrada en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2020 del Registro
Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto
sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio
Multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Catamarca, Río
Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.
Que en esta ocasión, resulta necesario establecer la entrada en
vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los
contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por
el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las
provincias de Corrientes, Entre Ríos y Jujuy.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese la entrada en vigencia a partir del 1° de
noviembre de 2020 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los
contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por
el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las
provincias de Corrientes, Entre Ríos y Jujuy.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la
Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.
Agustín Domingo - Fernando Mauricio Biale
e. 21/10/2020 N° 48265/20 v. 21/10/2020