Resolución 424/2020
RESOL-2020-424-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2020
VISTO el Expediente EX-2020-67281440- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y
D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del
MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 1, del
Departamento Judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires, a cargo
del Doctor Gastón DUPLAA, tramita la IPP N° 05-00-025233-19, caratulada
“SÁNCHEZ MOSQUEDA, ELSA BEATRÍZ (VMA) S/AVERIGUACIÓN DE PARADERO”, con
intervención del JUZGADO DE GARANTÍAS N° 2 del mismo Departamento
Judicial.
Que el titular de la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, Doctor Gastón DUPLAA,
mediante Oficio de fecha 11 de febrero de 2020, solicitó a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN Y JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este
Ministerio, se ofrezca recompensa, para aquellas personas que brinden
datos útiles que permitan dar con el paradero de Elsa Beatríz SÁNCHEZ
MOSQUEDA, D.N.I. N° 92.217.525, de nacionalidad Paraguaya, estado civil
soltera, hija de Hermenegildo SÁNCHEZ y de Ana María MOSQUEDA, con
último domicilio conocido en la calle 09 y Ballerini del Barrio Nicole,
localidad de Virrey del Pino, provincia de Buenos Aires, quien fue
vista por última vez en el mes de abril de 2019, por su hija María
Fernanda SÁNCHEZ MOSQUEDA, cuando la visitó en su domicilio ubicado en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la ciudadana Elsa Beatríz SÁNCHEZ MOSQUEDA, resulta ser de
contextura física delgada, de aproximadamente 1,55 metros de altura,
cabellos teñidos de color rubio, y como señas particulares posee un
lunar en el rostro y una cicatriz en el abdomen (cesárea), como así
también posee un problema en la cadera provocándole una deficiencia al
caminar.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago
correspondiente.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y la
Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL
($250.000), destinada para aquellas personas que brinden datos útiles
que permitan dar con el paradero de Elsa Beatríz SÁNCHEZ MOSQUEDA,
D.N.I. N° 92.217.525, de nacionalidad Paraguaya, con último domicilio
conocido en la calle 09 y Ballerini del Barrio Nicole, localidad de
Virrey del Pino, provincia de Buenos Aires, quien fue vista por última
vez en el mes de abril de 2019, por su hija María Fernanda SÁNCHEZ
MOSQUEDA, cuando la visitó en su domicilio ubicado en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
(Nota Infoleg:
por art. 1° de la Resolución N° 712/2022 del Ministerio de Seguridad
B.O. 28/10/2022 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución, a la suma total de PESOS UN
MILLON ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan
dar con el paradero de Elsa Beatriz
SÁNCHEZ MOSQUEDA, D.N.I Nº 92.217.525. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTICULO 6°.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic
e. 13/11/2020 N° 55564/20 v. 13/11/2020