Disposición 287/2020
DI-2020-287-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2020
Visto el Expediente Nº EX-2020-69450701-APN-DCSYL#CNRT; y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0039-CDI20,
denominada COMPULSA COVID-19 Nº 8/2020, llevada a cabo para adquirir
DOCE (12) Notebooks y accesorios informáticos en el marco de la
pandemia por COVID-19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA FERROVIARIA mediante la Nota Nº
NO-2020-62981539-APN-GFTF#CNRT a fin de realizar Mesas Evaluadoras bajo
modalidad virtual para evaluar conforme la Resolución CNRT Nº 759/14,
al personal ferroviario que se postule como conductor de trenes en el
Interior del país; y por la DIRECCIÓN EJECUTIVA de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE mediante la Nota Nº
NO-2020-63222488-APN-CNRT#MTR, a fin de contar con las herramientas que
permitan a nuestros agentes desarrollar sus tareas bajo la modalidad
del teletrabajo, todo ello con motivo de la Emergencia Sanitaria de
COVID-19.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación
DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en
el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM,
en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el
artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas
por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al
expediente de la referencia como informe N°
PLIEG-2020-69700196-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella,
todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente
contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2020-69510334-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte
integrante de la presente medida.
Que el 19 de octubre de 2020 se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
las ofertas de las firmas MDP SISTEMAS DIGITALES S.R.L. (CUIT Nº
30-70708853-9), RÍO INFORMÁTICA S.A. (CUIT Nº 30-70781324-1), IDEAS
TECNOLÓGICAS S.R.L. (CUIT Nº 30-71028438-1) y JOTA TECHNOLOGY S.R.L.
(CUIT Nº 30-71653369-3).
Que analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe Nº
IF-2020-73864784-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar los Renglones
Nros. 1 y 2 a la firma JOTA TECHNOLOGY S.R.L. por la suma de PESOS UN
MILLÓN QUINIENTOS DIECINUEVE MIL VEINTE CON 00/100 ($ 1.519.020.-) por
resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente
a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PLIEG-2020-69510334-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación,
cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego y
resultar sus precios convenientes.
Que, en ese mismo orden de ideas y atento a que los bienes comprendidos
en los Renglones Nros. 3, 4, 5 y 6, se han adquirido a través de Fondo
Rotatorio, debido a la urgencia en su adquisición para el
funcionamiento del Centro de Evaluación Ferroviaria de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, conforme surge del Expediente Nº
EX-2020-70466927-APN-MESYA#CNRT, aconseja dejar sin efecto dichos
renglones.
Que asimismo mediante el informe gráfico N°
IF-2020-72703167-APN-DCSYL#CNRT del DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTRO
Y LOGÍSTICA, surge que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, ha
indicado que, al tratarse de un procedimiento de emergencia no se
requiere para este tipo de adquisición informática, la intervención de
la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES,
informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la
presente medida.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros
titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la
reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84
y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus
modificatorios y complementarios.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia Nº 73-0039-CDI20, denominada COMPULSA COVID-19 Nº
8/2020, llevada a cabo para adquirir DOCE (12) Notebooks y accesorios
informáticos en el marco de la pandemia por COVID-19, de conformidad
con lo dispuesto en artículo 6° de la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM, en la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias N°
DI-2020-53-APN-ONC#JGM, y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, en
el marco de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287-APN-PTE y demás Decisiones
Administrativas, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE
LA SALUD, decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que
rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2020-69510334-APN-DCSYL#CNRT que como anexo,
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicase los Renglones Nros. 1 y 2 a la firma JOTA
TECHNOLOGY S.R.L. por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS DIECINUEVE
MIL VEINTE CON 00/100 ($ 1.519.020.-) por resultar sus ofertas
admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PLIEG-2020-69510334-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación,
cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego y
resultar sus precios convenientes.
ARTÍCULO 4º.- Dejase sin efecto los Renglones Nros. 3, 4, 5 y 6 por las
razones vertidas en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Establécese que intervendrán en la recepción de los
bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los
miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con
lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por
el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Disposición por el monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS DIECINUEVE
MIL VEINTE CON 00/100 ($ 1.519.020.-), se imputará con cargo para el
ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de
UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente,
según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N°
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo
anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://comprar.gob.ar/.
e. 13/11/2020 N° 55299/20 v. 13/11/2020