MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 569/2020
RESOL-2020-569-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2020
Visto el expediente EX-2020-64925847-APN-DGD#MTR, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por
Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, actuante en el ámbito del
Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el
Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado,
actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo al
detalle obrante en los anexos I (IF-2020-74819767-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2020-75785450-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de siete millones doscientos cinco mil
pesos ($ 7.205.000), los gastos de operación, y como consecuencia de
ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado
en siete millones doscientos cinco mil pesos ($ 7.205.000), de acuerdo
al detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2020-75785450-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de tres millones setecientos cinco
mil pesos ($ 3.705.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de
siete millones doscientos cinco mil pesos ($ 7.205.000) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello, apruébase el Resultado
Económico (Desahorro) estimado en tres millones quinientos mil pesos ($
3.500.000), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo
II (IF-2020-75785450-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de cero pesos ($ 0) los gastos de capital,
y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado
Financiero (Déficit) para el ejercicio 2021, en la suma de tres
millones quinientos mil pesos ($ 3.500.000), de acuerdo al detalle que
figura en las planillas del anexo II (IF-2020-75785450-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/11/2020 N° 56413/20 v. 18/11/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)