MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 455/2020
RESOL-2020-455-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2020
VISTO el EX-2018-63469221- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/6 del IF-2018-63478975-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2018-63469221- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES,
por la parte sindical, y la SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS
AIRES, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes pactan condiciones
económicas para los dependientes que se desempeñan bajo las categorías
laborales de “Técnico” y “Técnico de Laboratorio” en las áreas de
Laboratorio de Estudios Endocrinológicos y Pruebas Funcionales,
comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75, bajo las
condiciones y términos convenidos.
Que asimismo, mediante acta obrante en el
IF-2019-97720363-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-63469221- -APN-DGDMT#MPYT,
las partes desisten de la solicitud de homologación del Anexo I obrante
en la página 7 del IF-2018-63478975-APN-DGDMT#MPYT, por tratarse de
carácter pluriindividual, por lo que se homologa como acta
complementaria del mismo.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación del
sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto
por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo que luce en las páginas
3/6 del IF-2018-63478975-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-63469221-
-APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el acta complementaria obrante en el
IF-2019-97720363-APN-DNRYRT#MPYT, celebrado entre la ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES, por la parte
sindical, y la SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES, por
la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
de los instrumentos identificados en el artículo 1° de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 103/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/11/2020 N° 56180/20 v. 18/11/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)