FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES
Disposición 849/2020
DI-2020-849-APN-DCON#FAA
Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2020
VISTO, el Expediente EX-2020-61991377-APN-DCON#FAA, el procedimiento
aprobado por el Decreto DECNU-2020-260-APN-PTE, sus modificatorios y
complementarios y,
CONSIDERANDO:
Que el día 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud
(OMS) declaró el brote del coronavirus como una “pandemia”, dado el
alcance y magnitud de personas infectadas y víctimas existentes a nivel
global.
Que según lo mencionado anteriormente, el Poder Ejecutivo Nacional
ordeno a través del Decreto Nº 297/20, de fecha 19 de marzo de 2020, el
“Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, para todas las personas
que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria.
Que el mismo regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del
corriente año, pudiéndose prorrogar ese plazo por el tiempo que se
considere necesario en atención a la situación epidemiológica.
Que de acuerdo al ARTÍCULO 6º del mencionado Decreto quedan exceptuadas
del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y
de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades
y servicios declarados esenciales en la emergencia, estando detallados
en el apartado 1 el personal de Salud, Fuerzas de Seguridad, Fuerzas
Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional,
bomberos y control de tráfico aéreo.
Que atento a dicha medida de excepción, las actividades generales y
operativas de la Fuerza Aérea Argentina, quedaron sujetas a lo
dispuesto en el Plan de Operaciones del Comandante Operacional de las
FFAA Nº 01/2020 “R” Apoyo a la Emergencia COVID-19, contribuyente a la
Directiva del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las FFAA Nº 1/2020 “R”
Apoyo al Plan Operativo de Preparación y Respuesta al COVID-19.
Que mediante la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM, de fecha 19 de
marzo de 2020, la Oficina Nacional de Contrataciones aprobó el
procedimiento complementario al establecido en la Decisión
Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020,
para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la
emergencia pública en materia sanitaria.
Que mediante Solicitud de Contratación Nº 40/39-1319-SCO20 el señor
Jefe del Departamento Presupuesto de la Dirección General de Salud
solicitó se efectúe la “ADQUISICIÓN DE TEST RAPIDOS DE DETECCION
COVID-19 PARA DIAGNOSTICO DE LOS HOSPITALES AERONAUTICOS Y CENTROS
ASISTENCIALES”, cuyo monto ascendía a la suma preventiva de PESOS
QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 CENTAVOS ($
544.500,00).
Que a efectos de cumplimentar lo establecido en el artículo 84 del
Decreto Nº 1030/16 el señor Director General de Salud propuso a los
integrantes titulares de la Comisión de Recepción y a sus suplentes.
Que en virtud de lo mencionado anteriormente, se habilitó a la Unidad
Operativa de Contrataciones 40/39, a realizar el procedimiento de
Contratación Directa por compulsa abreviada por emergencia Nº
40/39-0630-CDI20, por la que se gestiona la “Compulsa - COVID-19 Nº 16
- Adquisición de Test rápidos de detección COVID-19 para diagnóstico de
los Hospitales Aeronáuticos y Centros asistenciales”.
Que en virtud de que no se previó una emergencia sanitaria de tal
magnitud, y en base a los datos estadísticos emitidos por las entidades
Sanitarias Nacionales y Públicas, relacionado a la tipología del virus
COVID-19, hace viable la necesidad expeditiva de obtener los mismos con
el fin de minimizar los riesgos de contagio por medio de la detección
temprana en el Hospital Aeronáutico Central Buenos Aires y Hospital
Aeronáutico Córdoba.
Que se fijó como fecha y hora de apertura de las propuestas el día 23 de septiembre de 2020 a las 09:00 hs.
Que se difundió la Convocatoria y Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares que rigen el llamado en el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS
ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR).
Que mediante el sistema COMPR.AR se cursó invitación general a todos los proveedores inscriptos en el rubro pertinente.
Que realizado el acto de apertura en la fecha y hora fijadas
presentaron propuestas OCHO (8) Razones Sociales, según Acta de
Apertura del sistema COMPR.AR.
Que mediante Nota Nº NO-2020-67067079-APN-DGS#FAA se recibió, del
Departamento Logística de la Dirección General de Salud, el Informe
Técnico de la contratación de referencia.
Que según lo dispuesto en la Disposición Nº 48/2020 de la Oficina
Nacional de Contrataciones, el Responsable de la UOC 40/39 realizó el
análisis administrativo de las ofertas más económicas que se ajusten a
lo requerido.
Que en tal sentido se descartó la oferta de ROCHEM BIOCARE ARGENTINA
S.A. CUIT: 30709877166 por no cumplir con lo solicitado en el PBCP al
no integrar la garantía de mantenimiento de oferta al momento de la
apertura.
Que las firmas CROMOION SRL (CUIT 30-61547465-3), WM ARGENTINA SA (CUIT
30-68617257-7) y BERNARDO LEW E HIJOS SRL (CUIT 30-70765329-5) fueron
descartadas por no presentar las muestras de acuerdo a lo solicitado en
el PBCP.
Que mediante el sistema COMPR.AR se solicitó a las firmas ERNESTO VAN
ROSSUM Y CIA S.R.L.(CUIT 30-52693485-3), IRAOLA y CIA S.A. (CUIT
30-55980797-0), LABORATORIOS JAYOR S.R.L. (CUIT 30-3071220533-0) y
MONTEBIO S.R.L. (CUIT 30-701825006-2) subsanación referente al punto f)
Requisitos de la Oferta del PBCP, de las cuales las firmas ERNESTO VAN
ROSSUM Y CIA S.R.L.(CUIT 30-52693485-3) y MONTEBIO S.R.L. (CUIT
30-701825006-2) no fueron subsanadas en tiempo y forma, por lo que se
desestimaron dichas ofertas.
Que se corroboró que las firmas IRAOLA y CIA S.A. (CUIT 30-55980797-0)
y LABORATORIOS JAYOR S.R.L. (CUIT 30-3071220533-0) no registran
sanciones en el REPSAL y se encuentren inscriptos con los datos
actualizados.
Que conforme a lo establecido en el Anexo de la Disposición Nº 48/2020
de la Oficina Nacional de Contrataciones, el Responsable de la Unidad
Operativa de Contrataciones emitió un Informe de Recomendación,
considerando admisibles y convenientes las ofertas de IRAOLA y CIA S.A.
(CUIT 30-55980797-0) en el renglón Nº 1 con orden de mérito 1 y de
LABORATORIOS JAYOR S.R.L. (CUIT 30-3071220533-0) en el renglón Nº 1 con
orden de mérito 2.
Que el Anexo a la Disposición Nº 48/2020 de la Oficina Nacional de
Contrataciones establece en su punto 7) que la verificación de la
inexistencia de deudas tributarias o previsionales de acuerdo a la
normativa aplicable se deberá realizar previo al libramiento de la
orden de pago.
Que la Asesoría Jurídica de la DIRECCIÓN GENERAL DE INTENDENCIA ha
tomado la intervención que le compete, emitiendo el Dictamen Jurídico
Nº IF-2020-72244612-APN-DGIN#FAA de fecha 26 de octubre 2020, conforme
a lo establecido en el Inciso d) del Artículo 7º de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549, para la validez de los actos
administrativos.
Que en cuanto de la autoridad competente para suscribir el acto
administrativo, es facultad del señor Director de Contrataciones, la
suscripción del pertinente acto administrativo, conforme lo establecido
en el Artículo 9, incisos d) y e) del anexo al Decreto Nº 1030/16,
anexo IV de la RESOL-2017-169-APN-MD, modificatoria de su similar
RESOL-2016- 265-E-APN-MD, anexo I de la Directiva Nº 2/16 de la
Dirección General de Intendencia, Decreto Nº 963/18, en cuanto a la
modificación del valor del módulo y Mensaje Nº 5280 GHO 281618 OCTUBRE
2020 del señor Director General de Intendencia.
Por ello:
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º - Apruébese el procedimiento de selección elegido, el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y lo actuado en la
Contratación Directa 40/39-0630-CDI20, por el que se gestiona la
“Compulsa COVID-19 Nº 16 - Adquisición de Test rápidos de detección
COVID-19 para diagnóstico de los Hospitales Aeronáuticos y Centros
Asistenciales”.
ARTÍCULO 2º - Adjudíquese la Contratación Directa N° 40/39-0630-CDI20 a
la firma, el renglón, por el importe total y plazo de entrega que abajo
se detallan:
Razón Social | IRAOLA Y CIA S.A. |
C.U.I.T. Nº | 30-55980797-0 |
Renglón Nº | 1.- |
Importe total en PESOS ARGENTINOS. | CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS.- | $ 440.000,00 |
Plazo de Entrega: | 10 (diez) días corridos a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha del perfeccionamiento del contrato. |
Por ser dicha oferta admisible,
oportuna y conveniente, importando la contratación la suma total de
PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 440.000,00.-).
ARTÍCULO 3º - Desestímese las ofertas de las firmas ROCHEM BIOCARE
ARGENTINA S.A. CUIT: 30709877166 por no cumplir con lo solicitado en el
PBCP al no integrar la garantía de mantenimiento de oferta al momento
de la apertura; CROMOION SRL (CUIT 30-61547465-3), WM ARGENTINA SA
(CUIT 30-68617257-7) y BERNARDO LEW E HIJOS SRL (CUIT 30-70765329-5)
por no presentar las muestras de acuerdo a lo solicitado en el PBCP;
ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L.(CUIT 30-52693485-3) y MONTEBIO S.R.L.
(CUIT 30-701825006-2) por no subsanar en tiempo y forma lo solicitado
en el punto f) Requisitos de la Oferta del PBCP.
ARTÍCULO 4º - Desígnese al personal integrante de la Comisión de
Recepción de acuerdo al Anexo I de la Solicitud de Contratación:
Titulares:
Mayor Da. Natalia Verónica PEY (E. ODT. 101.771)
Capitán Da. Aldana Ruth AMENGUAL (E. MED.102.174)
Capitán D. Gustavo Javier LEGUIZAMON (E. COMP. 102.615)
Suplentes:
Capitán Da. Mariana Elizabeth SOBRADO (E. MED. 102.928).
Primer Teniente Da. Mariela Ángela ARGUELLO (E. COMP. 102.622).
Primer Teniente Da. Paula Alejandra GONZALEZ CAMPOS (E. MED. 102.874).
ARTÍCULO 5º - Publíquese lo aquí dispuesto en el PORTAL DE COMPRAS
PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR), produciendo
tal publicación la notificación de los oferentes.
ARTÍCULO 6º - Impútese el importe mencionado precedentemente, en las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 7º - Emítase la Orden de Compra respectiva, en oportunidad de contar con el registro del compromiso presupuestario.
ARTÍCULO 8º - Verifíquese, previo al libramiento de la orden de pago,
la inexistencia de deudas tributarias o previsionales, conforme lo
establece la Disposición Nº 48/2020 ONC.
ARTÍCULO 9º - Ordénese la publicación de lo aquí dispuesto en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 10º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Raul Alejandro Fasolis
e. 27/11/2020 N° 59116/20 v. 27/11/2020