ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4864/2020
RESOG-2020-4864-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).
Incorporación de los regímenes de retención y/o percepción del impuesto
al valor agregado. Resolución General Nº 4.523. Norma modificatoria y
complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2020
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00803507- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI , y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución General N° 3.726, sus modificatorias y su
complementaria, se dispuso el Sistema Integral de Retenciones
Electrónicas (SIRE), previéndose en una primera etapa su utilización
para los regímenes de retención correspondientes al impuesto a las
ganancias por rentas de beneficiarios del exterior y a determinadas
contribuciones de la seguridad social.
Que mediante la Resolución General N° 4.523 y sus modificatorias, se
amplió el uso del aludido sistema a las retenciones y/o percepciones
del impuesto al valor agregado, con aplicación obligatoria desde el 1°
de marzo de 2020 para todas las retenciones y/o percepciones de ese
gravamen que se practiquen de conformidad con los regímenes vigentes
-excepto percepciones efectuadas en el marco de la Resolución General
N° 4.240-, así como para los regímenes especiales de ingreso previstos
por las Resoluciones Generales N° 549, sus modificatorias y su
complementaria, y N° 4.356.
Que en virtud de la emergencia pública declarada por el Poder Ejecutivo
Nacional a causa del COVID-19, y con el único fin de morigerar el
impacto que el hecho ha producido sobre los contribuyentes y
responsables, este Organismo fue prorrogando -mediante las Resoluciones
Generales Nros. 4.677 y 4.798- la aplicación obligatoria de la
Resolución General N° 4.523 y sus modificatorias, hasta el 30 de
noviembre de 2020.
Que atento continuar vigentes las circunstancias que motivaron la
aludida suspensión, razones de buena administración tributaria
aconsejan mantenerla hasta el día 28 de febrero de 2021, inclusive.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales Asuntos Jurídicos,
Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 11 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones, y el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de
1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Suspender la aplicación obligatoria del Sistema Integral
de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el impuesto al valor agregado,
prevista en el primer párrafo del artículo 3° de la Resolución General
N° 4.523 y sus modificatorias, hasta el día 28 de febrero de 2021,
inclusive.
ARTÍCULO 2°.- Sustituir en el segundo párrafo del artículo 3° de la
Resolución General N° 4.523 y sus modificatorias, la expresión “…el
programa aplicativo denominado “SICORE - SISTEMA DE CONTROL DE
RETENCIONES - Versión 8, Release 39”…”, por la expresión “…el programa
aplicativo denominado “SICORE - SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES” en
su versión vigente…”.
ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones de la presente resolución general
entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 30/11/2020 N° 59453/20 v. 30/11/2020