ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 378/2020
RESFC-2020-378-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2020
VISTO el Expediente EX-2020-64978455-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramitan las propuestas de
subasta pública de Turnos de Caza Deportiva del Ciervo Colorado y
Jabalí Europeo de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín,
correspondientes a la Temporada 2021. Que preliminarmente corresponde
determinar las condiciones de la operación, la entidad encargada del
remate, las fechas de comienzo y finalización de cada turno, las áreas
incluidas, precios y toda otra cuestión vinculada a la Temporada de
Caza Deportiva 2021.
Que la actividad de Caza Deportiva de Ciervo Colorado y Jabalí Europeo,
en jurisdicción de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, se
encuentra alcanzada y reglamentada por el “Reglamento Único de Caza de
Ciervo Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín”
aprobado por la Resolución del Directorio Nº 277/2011.
Que, asimismo, debe tenerse presente que a través del Artículo 1º de la
Resolución del Directorio Nº 70/2002, se otorgó el usufructo,
administración y comercialización de las áreas de caza “La Lagunita”,
“Cuyín Manzano” y “Arroyo de los Quemados Norte”, a la ASOCIACIÓN DE
FOMENTO RURAL DE CUYÍN MANZANO.
Que, en virtud de lo establecido en el Artículo 3º del Reglamento, por
el cual se establece que deben ser fijadas las propuestas de fecha,
turnos y duración de éstos por cada una de las Áreas Protegidas, la
Dirección de Mercadeo ha requerido a las Intendencias respectivas la
remisión de las mismas, a través de la Nota NO-2020-
65301843-APN-DM#APNAC.
Que la Intendencia del Parque Nacional Lanín ha tomado intervención,
mediante las Notas NO-2020-70666873-APN-PNL#APNAC y
NO-2020-71090562-APN-PNL#APNAC, a través de las cuales comunicó las
propuestas de subastas de turnos en la jurisdicción de dicha Área
Protegida.
Que la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi ha tomado
intervención, mediante la Nota NO-2020-72395746-APN-PNNH#APNAC, en la
cuál comunicó cuáles son las propuestas de turnos en la jurisdicción de
dicha Área Protegida.
Que la Dirección de Mercadeo mediante IF-2020-74884545-APN-DM#APNAC ha
tomado intervención y ha elaborado un Informe Técnico con una propuesta
de valores base para la subasta y conceptos complementarios a la misma.
Que se han actualizado los períodos y valores base, las tarifas de
trofeos, precintos, acompañantes, derechos y permisos de caza en
propiedades privadas de los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi
consignados en los Anexos IF-2020-74918437-APN-DM#APNAC,
IF-2020-73574533-APN-DM#APNAC e IF-2020-73574725-APN-DM#APNAC.
Que, a los efectos de homogeneizar y facilitar la tramitación y
operatoria de las referencias tarifarias de la actividad aquí
analizada, se ha incorporado al cuerpo del presente acto, como Anexo
IF-2020-73575391-APN-DM#APNAC, los rubros relacionados con las tarifas
a cobrar por gestión de documentación y precintos.
Que, asimismo, resulta de importancia para esta Administración contar
con un registro formal de los participantes de cada uno de los lotes a
subastar, por lo cual se solicitará a los rematadores la
correspondiente Acta de Subasta.
Que, en virtud de efectuarse una subasta pública, es pertinente
encomendar al Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la
provincia del Neuquén, la realización de las subastas de turnos en
áreas de caza, en los términos que determina el Capítulo II del
“Reglamento Único de Caza de Ciervo Colorado en los Parques Nacionales
Nahuel Huapi y Lanín”.
Que, en el mismo Reglamento, en su Artículo 7°, se indica que los turnos serán adjudicados por remate público al mejor postor.
Que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del
Neuquén ha establecido el día 9 de diciembre de 2020 para la PRIMERA
(1º) y SEGUNDA (2º) vuelta de la subasta de las áreas de caza de Parque
Nacional Nahuel Huapi.
Que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del
Neuquén ha establecido el día 10 de diciembre de 2020 para la PRIMERA
(1º) y SEGUNDA (2º) vuelta de la subasta de las áreas de caza de Parque
Nacional Lanín.
Que, para evitar las aglomeraciones de personas que faciliten la
propagación del nuevo coronavirus SARS-CoV-2, declarado por la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como una pandemia en fecha 11 de
marzo de 2020, se promueve la realización de las subastas en cuestión
de forma virtual.
Que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del
Neuquén utiliza para la realización de subastas la plataforma de
videollamadas y reuniones virtuales ZOOM.
Que, de acuerdo con el Artículo 8º del Reglamento, la fecha, hora y
lugar de la subasta deben ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, sus similares de las provincias de Río Negro y
Neuquén y en los diarios de mayor circulación de las provincias de Río
Negro, Neuquén y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que las Direcciones Nacionales de Uso Público y de Operaciones, las
Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración, las
Direcciones de Concesiones y Regional Patagonia y las Intendencias de
los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín han tomado las
intervenciones que les competen.
Que la presente se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso o), de la Ley N° 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la realización de las subastas públicas de las
áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín
correspondientes a la Temporada 2021, para las cuales será de
aplicación el Reglamento Único de Caza del Ciervo Colorado y del Jabalí
Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, que fuera
aprobado por la Resolución Nº 277/2011 del Directorio de esta
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que las referidas subastas públicas se
desarrollarán de acuerdo con las áreas, períodos y valores enunciados
en el Anexo IF-2020-74918437-APN-DM#APNAC, el cual forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase al Colegio de Martilleros y Corredores
Públicos de la provincia del Neuquén, la realización de la subasta
pública de las áreas de caza del Parque Nacional Nahuel Huapi, a
llevarse a cabo el día 9 de diciembre de 2020 y del Parque Nacional
Lanín, a llevarse a cabo el día 10 de diciembre de 2020, adjudicándose
cada turno al mejor postor y quedando a cargo de las Intendencias de
los citados Parques Nacionales el cobro de las sumas correspondientes.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber al Colegio de Martilleros y Corredores
Públicos de la provincia del Neuquén, que las condiciones generales de
venta serán las siguientes: a) en el momento del remate cada
adjudicatario deberá abonar en concepto de garantía el precio base con
la comisión de práctica, más el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del valor
en que el precio de venta supere a la base, b) el CINCUENTA POR CIENTO
(50 %) restante deberá ser abonado dentro de los DIEZ (10) días hábiles
siguientes al día del remate y c) vencido este plazo sin operarse el
pago, quedará sin efecto la adjudicación, con pérdida a favor de esta
Administración del Depósito de Garantía.
ARTÍCULO 5º.- Determínase para los Parques Nacionales Nahuel Huapi y
Lanín, los siguientes valores en concepto de: a) Tarifa para
acompañantes sin derecho a caza: PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS ($
5.200.-), b) Precintos y trofeos en áreas fiscales, según el detalle
obrante en el Anexo IF-2020-73574533-APN-DM#APNAC de la presente, c)
Permisos de caza y precintos en propiedades privadas, según el detalle
obrante en el Anexo IF- 2020-73574725-APN-DM#APNAC de la presente, y d)
Tarifas a cobrar por gestión de documentación y precintos, según el
detalle obrante en el Anexo IF-2020-73575391-APN-DM#APNAC de la
presente.
ARTÍCULO 6º.- Instrúyase a las Intendencias de los Parques Nacionales
Lanín y Nahuel Huapi a requerir a los rematadores colegiados la
correspondiente Acta de Subasta.
ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a la Intendencia del Parque Nacional Nahuel
Huapi a proceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia
de Río Negro, la hora de la PRIMERA (1°) y SEGUNDA (2°) vuelta de los
remates que tendrán lugar el día 9 de diciembre de 2020 a las 11:00 hs,
a través de la plataforma de videollamadas y reuniones virtuales ZOOM
como se indica en el Anexo IF-2020-80051979-APN-DM#APNAC.
ARTÍCULO 8°.- Instrúyase a la Intendencia del Parque Nacional Lanín a
proceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia del
Neuquén, la hora de la PRIMERA (1°) y SEGUNDA (2°) vuelta de los
remates que tendrán lugar el día 10 de diciembre de 2020 a las 11:00
hs, a través de la plataforma de videollamadas y reuniones virtuales
ZOOM como se indica en el Anexo IF-2020-80051979-APN-DM#APNAC.
ARTÍCULO 9º.- Establecese que por medio de la Dirección Regional
Patagonia Norte y las Intendencias de los Parques Nacionales Nahuel
Huapi y Lanín, se notifique en legal forma al Colegio de Martilleros y
Corredores Públicos de la provincia del Neuquén, conforme lo dispuesto
en los Artículos 3° y 4° de la presente. Por el Departamento de Mesa
General de Entradas, Salidas y Notificaciones publíquese por UN (1) día
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Cumplido, y con las
debidas constancias, gírense las actuaciones a las citadas Intendencias
para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Daniel Jorge Somma
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2020 N° 60021/20 v. 01/12/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV Anexo V)