POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Disposición 1371/2020
DI-2020-1371-APN-PSA#MSG
Aeropuerto Internacional Ezeiza, Buenos Aires, 30/11/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-48818241-APN-DGPPA#PSA del Registro de
esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTURIA, la Ley N° 26.102, las
Disposiciones Nos. 1.088 del 30 de octubre de 2017 y 873 del 29 de
julio de 2020, ambas del Registro de esta Institución y,
CONSIDERANDO
Que el 19 de junio de 2020 la Administración Nacional de Aviación Civil
- Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea – Dirección
Regulación de Normas y Procedimientos – Departamento Información
Aeronáutica emitió el Suplemento a la AIP de la República Argentina –
NOTAM A3333/2020, en el cual informa la realización de obras de
construcción, ensanche y prolongación de diversas zonas en el
Aeroparque Metropolitano Jorge NEWBERY, que incluyen la instalación de
nuevos sistemas de iluminación, con el objeto de mejorar las
prestaciones de servicios, lo que llevó al cierre temporario del citado
aeropuerto entre el 1° de agosto de 2020 hasta el 1° de diciembre de
2020.
Que ello motivó el traslado de toda la operatoria de la actividad
aerocomercial y de cargas que se desarrolla en dicha estación aérea
hacia los aeropuertos que componen la Unidad Regional de Seguridad
Aeroportuaria I del Este de este Organismo con el consecuente traslado
de la totalidad del personal que presta servicios en el aeropuerto a
remodelar.
Que en virtud de lo expuesto, este Organismo dictó la Disposición PSA
N° 873/20 por la cual se estableció que los Permisos Personales
Aeroportuarios de Seguridad Permanentes, emitidos en la jurisdicción
del Aeroparque Metropolitano “Jorge NEWBERY” serían válidos para su
utilización en los aeropuertos que componen la Unidad Regional de
Seguridad Aeroportuaria I del Este en el período mencionado en el
primer Considerando de la presente.
Que el día 27 de noviembre de 2020 la Administración Nacional de la
Aviación Civil publicó el Suplemento a la AIP de la República Argentina
– NOTAM A6335/2020, mediante el cual comunica que el Aeroparque
Metropolitano Jorge NEWBERY, permanecerá cerrado para las operaciones
aéreas con motivo de las obras de mantenimiento que se están realizando
en dicha aerostación hasta el día 24 de febrero de 2021.
Que como consecuencia de ello, a los fines de no entorpecer el
desarrollo de la operatoria aerocomercial, resulta conveniente
prorrogar la validación dispuesta por la Disposición PSA N° 873/20, en
los mismos términos y condiciones allí establecidos hasta el 24 de
febrero de 2021 inclusive.
Que corresponde recordar que la validación enunciada en la presente
medida reviste carácter excepcional, que alcanza únicamente la
posibilidad de utilizar el Permiso Personal Aeroportuario de Seguridad
Permanente emitido para prestar servicios en el Aeroparque
Metropolitano Jorge NEWBERY, en los aeropuertos que componen la Unidad
Regional de Seguridad Aeroportuaria I del Este, con los alcances y
limitaciones establecidas para cada usuario.
Que en este sentido, cabe señalar que el artículo 26, inciso b. 2. del
Anexo I a la Disposición PSA N° 1.088/17 que aprueba el REGLAMENTO DE
REGISTRO Y CONTROL DE INGRESO, CIRCULACIÓN Y/O PERMANENCIA DE PERSONAS
Y VEHÍCULOS EN LAS INSTALACIONES AEROPORTUARIAS establece que los
Permisos Personales Aeroportuarios de Seguridad Temporales son los
emitidos para aquellas personas que desempeñen actividades no
habituales –por un plazo de hasta TREINTA (30) días corridos-, dentro
del ámbito aeroportuario, no pudiendo otorgarse a la misma persona en
más de CINCO (5) oportunidades dentro de un mismo año, excepto que la
Autoridad Competente local lo autorice por una necesidad acreditada.
Que atento a la situación excepcional establecida en la Disposición PSA
N° 873/20 se dispuso un mecanismo ad hoc conformea lo establecido en el
artículo 26, inciso b) 1. y 2. del Anexo I a la Disposición PSA N°
1.088/17, que permitió la extensión jurisdiccional de los Permisos
Personales Aeroportuarios de Seguridad Permanentes emitidos para el
Aeroparque Metropolitano Jorge NEWBERY a los aeropuertos que componen
la Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria I del Este.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Institución ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 18 de la Ley N° 26.102 y el Decreto N° 12 del 3 de
enero de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróguese la validación de los Permisos Personales
Aeroportuarios de Seguridad Temporales dispuesta mediante la
Disposición PSA N° 873/20 hasta el día 24 de febrero de 2021 inclusive,
en los términos y condiciones allí establecidos, manteniendo su
vigencia los artículos 2°, 3°, 5°, 6° y 7° de la Disposición PSA N°
873/20.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Disposición Nº 161/2021 de la Policía de Seguridad Aeroportuaria B.O. 24/2/2021 se prorroga la validación de los Permisos Personales
Aeroportuarios de Seguridad Temporales dispuesta mediante la
Disposición PSA Nº 873/20 y la presente Disposición hasta el día
31 de marzo de 2021 inclusive, en los términos y condiciones allí
establecidos, manteniendo la vigencia de los artículos 2°, 3°, 5°, 6° y
7° de la Disposición PSA Nº 873/20.)
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese la presente medida al Centro de Análisis,
Comando y Control de la Seguridad Aeroportuaria (CEAC) a fin de
articular con la Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria I del Este
los aspectos operativos con el objeto de hacer efectiva la presente
medida.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Jose Alejandro Glinski
e. 02/12/2020 N° 60585/20 v. 02/12/2020