COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 314/2020

DI-2020-314-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-36278901-APN-DCSYL#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramitó la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0023-CDI20, llevada a cabo con el objeto de adquirir DIEZ (10) Termómetros Digitales Infrarrojos para esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE, sus prórrogas y complementarios, las Decisiones Administrativas Nros. DECAD-2020-409-APN-JGM, del 18 de marzo de 2020 y DECAD-2020-472-APN-JGM, del 7 de abril de 2020 y las Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020- 48-APN-ONC#JGM, del 19 de marzo de 2020, DI-2020-53-APNONC#JGM, del 8 de abril de 2020 y DI-2020-55-APN-ONC#JGM del 22 de abril de 2020.

Que mediante la Disposición CNRT Nº DI-2020-93-APN-CNRT#MTR se adjudicó la aludida Contratación al Sr. GUILLERMO ANDRÉS GALVÁN (CUIT Nº 20-27833518-7), por la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 97.500.-), por resultar su oferta admisible y conveniente, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2020-36461806-APN-DCSYL# CNRT que rigió dicha contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego y resultar sus precios convenientes.

Que asimismo, mediante el aludido acto se desestimaron las ofertas presentadas por las firmas GELFROM S.R.L. (CUIT Nº 30-70885597-5), LICICOM S.R.L. (CUIT Nº 30-71150036-3), toda vez que no habían presentado la documentación solicitada en los artículos 4.3.4 y 4.3.5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió la contratación, y la oferta de la firma INTEGRISYS S.A. (CUIT Nº 30-70760613-0), atento a que, no incorporó la garantía solicitada en el apartado a) del artículo 4.3.5. del referido Pliego.

Que no obstante haberse dado publicidad al aludido Acto Administrativo de Adjudicación, a través del portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, conforme surge de la constancia IF-2020-75147814-APN- DCSYL#CNRT, la mencionada Disposición fue enviada al BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA para su publicación, siendo rechazada ya que dicha Disposición no ordenaba su publicación en su articulado (IF-2020-42594332-APN-DNRO#SLYT).

Que a los efectos de cumplir con lo normado en el punto 8° del Anexo de la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es necesario proceder a subsanar el texto consignado en el artículo 7° de la citada Disposición, para proceder a su publicación en el ORGANO OFICIAL DE PUBLICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por UN (1) DÍA.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 7° de la Disposición CNRT N° DI-2020-93-APN-CNRT#MTR, del 25 de junio de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 7°.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, archívese”.

ARTÍCULO 2.-Notifíquese a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, archívese.

Jose Ramon Arteaga

e. 02/12/2020 N° 60516/20 v. 02/12/2020