INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 785/2020
RESOL-2020-785-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2020
VISTO el EX-2020-74463996-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002,
Nº 90 de fecha 20 de enero de 2020, Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020
y su modificatorio, Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y
complementarios, y Nº 520 de fecha 07 de junio de 2020 y
complementarios, y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de
2017 y N° 1477-E de fecha 22 de noviembre de 2017, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en el territorio nacional.
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien
jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución
Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad
cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y
audiovisuales.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del
presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de
auspiciar Concursos y otorgar premios.
Que resulta necesario llamar a participar del CONCURSO FEDERAL DE
DESARROLLO DE PROYECTOS DOCUMENTALES INEDITOS 2020, con el objeto de
posibilitar el trabajo de productoras/es o realizadoras/es integrales y
su equipo de trabajo, con el objetivo de armar una sólida versión del
guion y una carpeta de desarrollo de proyecto para su presentación a
nivel nacional o internacional.
Que la Bases y Condiciones, y los Requisitos del llamado a Concurso, se
encuentran incorporadas mediante IF 2020-75916371-APN-GFIA#INCAA e IF
2020-75916286-APN-GFIA#INCAA.
Que el artículo primero del Decreto Nº 297/2020 y complementarios,
establece que la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y
Obligatorio” se adopta en el marco de la declaración de pandemia
emitida por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), la Emergencia
Sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en
atención a la evolución de la situación epidemiológica, con relación al
CORONAVIRUS- COVID 19.
Que en este mismo marco de emergencia sanitaria el Gobierno Nacional
dictó el Decreto Nº 520/2020 y complementarios, mediante el cual
dispuso medidas de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y
de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” según la jurisdicción
y el lugar que se trate, los cuales se precisan en las normas.
Que resulta necesario establecer los requisitos y el procedimiento
correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.
Que para la integración del Jurado, el Organismo tendrá en cuenta la paridad federal y de género.
Que la Gerencia de Fortalecimiento a la Industria Audiovisual, la
Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General han tomado la
intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del
artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y los
Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a participar del CONCURSO FEDERAL DE DESARROLLO DE
PROYECTOS DOCUMENTALES INÉDITOS 2020 a PRODUCTORAS/ES y REALIZADORAS/ES
INTEGRALES inscriptos en el INCAA, acompañados de un equipo de trabajo,
de todas las regiones del país, a presentar propuestas de proyectos
inéditos para películas de largometraje documentales.
ARTICULO 2°.- Fijar un plazo de SESENTA (60) días hábiles para la
presentación de proyectos al Concurso, a partir de la Publicación de
las presentes bases en el Boletín Oficial, para la presentación de los
proyectos cuyas condiciones de participación, requisitos a cumplir y
premios a ser otorgados se establecen en las Bases y Condiciones, y
Requisitos del Concurso, obrantes como IF 2020-75916371-APN-GFIA#INCAA
e IF 2020-75916286-APN-GFIA#INCAA, respectivamente, que forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que las Bases y Condiciones serán publicadas
en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES,
http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia que la participación en el presente
Concurso implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las
Bases y Condiciones, y en los Requisitos del mismo.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Adalberto Puenzo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/12/2020 N° 61328/20 v. 04/12/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)