MINISTERIO
DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
Resolución 57/2020
RESOL-2020-57-APN-ANPIDTYI#MCT
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2020
VISTO el EX-2020-76567387- -APN-DDYGD#MCT los Decretos Nros. 2098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, DCTO-2020-328-APN-PTE del 1 de abril de
2020, las DECAD-2020-299-APN-JGM del 3 de marzo de 2020,
DECAD-2020-354-APN-JGM del 10 de marzo de 2020, y,
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del DCTO-2020-328-APN-PTE se autorizó a los
Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos
descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria
ampliada por el DECNU-2020-260-APN-PTE, a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por las DECAD-2020-299-APN-JGM y DECAD-2020-354-APN-JGM se
efectuaron las designaciones transitorias de la UNIDAD DE CONTROL DE
GESTIÓN Y ASUNTOS LEGALES y de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO
ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) ambas de la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA
INNOVACIÓN, organismo descentralizado del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los
procesos de selección para la cobertura de los cargos mencionados, por
lo que resulta necesario proceder a prorrogarlas a partir de las fechas
que se indican en el Anexo IF-2020-77742382-APN-DRRHH#MCT.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a las citadas Unidades.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a las personas que se propone con carácter
de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Ley Nº 27.467.
Que asimismo, mediante el DECNU-2020-157-APN-PTE se creó la AGENCIA
NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y
LA INNOVACIÓN, como organismo descentralizado, con autarquía
administrativa y funcional, actuante en la órbita del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, continuadora, a todos sus efectos, de
la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y de la
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE INNOVACIÓN.
Que el mismo decreto establece que hasta tanto la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA
INNOVACIÓN cuente con plena operatividad, el MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN prestará los servicios relativos a la ejecución
presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y
en materia jurídica y el servicio de control interno del Organismo será
brindado por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la citada Jurisdicción.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO CONTABILIDAD Y FINANZAS dependiente de
la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Decreto N° 189 del 26 de febrero de 2020 y el
articulo 1 del Decreto 328 del 1 de abril de 2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróganse, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de las fechas que se indican en el Anexo
IF-2020-77742382-APN-DRRHH#MCT que forma parte integrante de la
presente medida, en los mismos términos que los establecidos en sus
designaciones, las designaciones transitorias de los funcionarios y las
funcionarias detallados y detalladas en el citado anexo, todos
dependientes AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL
DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, organismo descentralizado del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, autorizándose el
respectivo pago por Suplemento de Función Ejecutiva del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.) aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08 y
sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días
del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el financiamiento de la presente
medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto
vigente para el corriente ejercicio.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Fernando Ernesto Peirano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/12/2020 N° 62469/20 v. 11/12/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)