JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 122/2020
RESOL-2020-122-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-71815526- -APN-ONEP#JGM del Registro de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 7 de fecha 10
de diciembre de 2019 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 de fecha 14 de
octubre de 2020 y su modificatoria y la Resolución del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN Nº 204 de fecha 27 de abril de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 204 de
fecha 27 de abril de 2017 se aprobó el “Reglamento General de Control
de Asistencia y Presentismo” aplicable a todo el personal vinculado
laboralmente con los Organismos y Jurisdicciones comprendidos en el
ámbito definido por el artículo 8°, inciso a) de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, ya sea en planta
permanente o transitoria, según los artículos 8° y 9° de la Ley Marco
de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164 y lo previsto en el
Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, en cualquiera de sus escalafones, o por la Ley de
Contrato de Trabajo N° 20.744 (T.O. 1976) y sus modificatorias.
Que por el artículo 3° de la Resolución del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN N° 204/17 se estableció que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN tenía a su cargo asistir a las entidades y jurisdicciones
en el proceso de implementación de un sistema informático biométrico
que registre la asistencia del personal que les dependa, quedando
facultada para homologar los sistemas de conformidad con las normas que
dictara la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.
Que por el artículo 5° de la citada Resolución se facultó a la ex
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO a dictar las normas complementarias,
interpretativas y aclaratorias que se deriven de la referida norma.
Que por el artículo 5° del Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de
2019, se sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520,
texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias),
otorgándole a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las atribuciones de
participar en la aplicación de la política salarial del sector público
y entender en el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo
público, a la innovación de gestión y a la modernización de la
Administración Pública Nacional.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que como consecuencia del proceso de reorganización llevado a cabo se
creó, dentro de la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, entre cuyos objetivos se
encuentran los de entender en la formulación de las políticas
nacionales en materia de recursos humanos, gestión del empleo público,
evaluaciones de desempeño, compensaciones y monitoreos, en el ámbito de
su competencia; y los de entender en la sistematización de los procesos
de administración de los recursos humanos: liquidación de salarios,
justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de
licencias y protección de la salud en el trabajo.
Que en el marco mediante la Decisión Administrativa Nº 1865 de fecha 14
de octubre de 2020 y su modificatoria se aprobaron las estructuras
organizativas de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, aprobándose asimismo la responsabilidad primaria
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL
de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de esta Secretaría, de realizar
el análisis de la información para la gestión de los recursos humanos,
el diseño y la administración de la política salarial del personal de
la Administración Pública Nacional, y elaborar normas de información de
los recursos humanos.
Que en tal sentido resulta conveniente establecer que la DIRECCIÓN
NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL asistirá a las
entidades y jurisdicciones en el proceso de implementación de la
Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 204/17, quedando
facultada para homologar los sistemas de conformidad con las normas que
dicte esta Secretaría.
Que mediante IF-2020-83885299-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Apartado V del Anexo II del Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 3º de la
Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 204 de fecha 27 de
abril de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “La
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL de la
SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO asistirá a las entidades y
jurisdicciones en el proceso de implementación, quedando facultada para
homologar los sistemas de conformidad con las normas que dicte la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
e. 15/12/2020 N° 63672/20 v. 15/12/2020