INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 1180/2020
RESFC-2020-1180-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2020
VISTO el Expediente EX-2020-79192885-APN-DAJ#INAES, el Decreto N.° 721
del 25 de agosto de 2000 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa 423 de fecha 23 de mayo de 2019, el Decreto N.° 157 de
fecha 14 de febrero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 6° del Decreto N° 721/00 y sus modificatorios, se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA
SOCIAL del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por la DA N° 423/2019 se aprobó la estructura organizativa del
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo
descentralizado actuante en su entonces bajo la órbita del MINISTERIO
DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para cumplir con las responsabilidades
que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que por Decreto N° 157/2020 y considerando que las políticas públicas
que el ESTADO NACIONAL desarrolla a través del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO se corresponden con los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) y constituyendo la citada
cartera ministerial un ámbito más propicio para el accionar del
Organismo, se transfiere a través del Artículo 10º al INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) del ámbito de la
SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la
órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que por el Decreto Nº 721/00 se aprobaron, entre otras cuestiones, las
atribuciones y funciones del Directorio del Instituto, estableciéndose
en el punto 7 del Anexo al artículo 3º, que deberá identificar y
evaluar situaciones de orden, legal, social, político, económico,
organizativo y de cualquier otra índole que fuese necesario modificar
para el mejor cumplimiento de los objetivos del Instituto y resolver al
respecto.
Que ante la necesidad de contar con un área específica que se ocupe de
la organización y seguimiento de los convenios suscriptos por este
Organismo a los fines del mejor cumplimiento de su misión y funciones,
corresponde establecer la creación de una Unidad, en el ámbito de la
Dirección Nacional de Desarrollo y Promoción Cooperativo y Mutual, que
tome a su cargo la ejecución de tales tareas.
Que la creación de la unidad aludida, no implica modificación en la
estructura orgánica administrativa, ni asignación de recurso
extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Decretos N°
420/96, 723/96, 721/00, 1192/02, sus normas modificatorias y
complementarias,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
DESARROLLO Y PROMOCIÓN COOPERATIVO Y MUTUAL del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, la UNIDAD DE EJECUCIÓN DE CONVENIOS
que tiene comprometidos este Instituto.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido, que el dictado de la presente medida, no genera una mayor erogación.
ARTÍCULO 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese.
Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Carlos Alberto Iannizzotto - Nahum Mirad
e. 16/12/2020 N° 63964/20 v. 16/12/2020