CONTRATOS
Decreto 1028/2020
DCTO-2020-1028-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-46343185-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de
Contrato de Préstamo ARG-47/2020 propuesto para ser suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA
CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-47/2020 el FONDO
FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se
compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el
fin de cooperar en la ejecución del “Programa Agua y Cloaca más
Trabajo” (el “Programa”), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
TREINTA MILLONES (US$30.000.000).
Que el objetivo del Programa consiste en contribuir a mejorar la
calidad de vida de los y las habitantes de poblaciones vulnerables a
través del acceso a servicios de agua potable y saneamiento,
promocionando el desarrollo económico-social y favoreciendo el cuidado
del medio ambiente.
Que los objetivos específicos del referido Programa son: i) Ejecutar
obras de redes secundarias de agua potable y desagües cloacales en
áreas de vulnerabilidad socio sanitaria, dentro del área de acción de
AySA y ii) Impulsar la constitución de cooperativas de trabajo,
conformadas por personas desocupadas y/o pertenecientes al mercado
informal de trabajo, para ejecutar las obras de redes secundarias de
agua potable y desagües cloacales.
Que dicho Programa se estructura mediante la modalidad de Préstamo en
Función de Resultados (PFR) y bajo un solo componente denominado Obras
y Gerenciamiento.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, a través de la EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.
(AySA), empresa actuante en la órbita del citado Ministerio. Asimismo,
la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS (SAE) de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN será el organismo subejecutor encargado de la evaluación del
mencionado Programa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
suscriba el Contrato de Préstamo ARG-47/2020, así como toda otra
documentación relacionada con la operatoria del referido Préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de
Asuntos Estratégicos para que, en nombre y representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y acuerde las
modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa,
siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y
destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una
alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo ARG-47/2020 propuesto para ser suscripto, son los usuales que
se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el referido Préstamo.
Que, asimismo, corresponde aprobar el Modelo de Convenio de
Transferencia de Recursos del aludido Programa a suscribirse entre el
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y la EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS S.A. (AYSA).
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53
de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-47/2020 a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL
DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (US$30.000.000), destinado a
financiar parcialmente el “Programa Agua y Cloaca más Trabajo”, que
consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7)
Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE (11) Capítulos y
de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I
(IF-2020-52659044-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida. Asimismo,
se adjunta como ANEXO II (IF-2020-25063153-APN-SSRFID#SAE) la “Política
para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones
Financiadas por FONPLATA”.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la Presidencia de la Nación, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo ARG-
47/2020 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba
en el artículo 1º de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la Presidencia de la Nación, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Contrato de Préstamo ARG-47/2020, cuyo Modelo se aprueba en el artículo
1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa Agua y
Cloaca más Trabajo” al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la
EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), empresa actuante en
la órbita del citado Ministerio, para la gestión administrativa y
financiera de los recursos del Programa y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS (SAE) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como organismo
subejecutor encargado de la evaluación del mencionado Programa,
quedando ambos facultados para realizar todas las operaciones y
contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa,
conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de
Contrato de Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de la presente
medida.
ARTÍCULO 5º.- Apruébase el Convenio de Asistencia Financiera y
Ejecución del “Programa Agua y Cloaca más Trabajo” a suscribirse entre
el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y la EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS S.A. (AYSA), que como ANEXO III
(IF-2020-52658834-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al señor Ministro de Obras Públicas o al
funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este
designe, a suscribir el Convenio de Asistencia Financiera y Ejecución,
conforme al modelo que se aprueba en el artículo 5° del presente acto,
así como a convenir y suscribir modificaciones al mismo.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/12/2020 N° 65244/20 v. 18/12/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)