ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
Resolución 681/2020
RESOL-2020-681-ANSES-SEA#ANSES
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-64529472- -ANSES-DC#ANSES del Registro
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto N°
1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de
fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de marzo de
2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de marzo
de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC
N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación
por Emergencia COVID 19 – Nº 13/2020 – Proceso Comprar Nº
63-0063-CDI20, tendiente a adquirir NUEVE MIL CUATRO (9004) cajas de
CINCUENTA (50) unidades de barbijos descartables para prevenir el
contagio del virus COVID-19, en las dependencias de esta Administración
Nacional.
Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se
amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública
en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541,
a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al
Coronavirus COVID-19.
Que, por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que
dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades
comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156,
estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y
servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción
al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se
establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios
en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar
respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y
eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación
al Coronavirus COVID-19.
Que la presente contratación obedece al requerimiento formulado por la
Dirección de Servicios y Suministros, a orden 5, la cual manifiesta
“(…) la urgente necesidad de dotar de la mayor cantidad de elementos de
seguridad e higiene para preservar la salud del personal de ANSES que
se encuentre en efectivo cumplimiento de labores esenciales,
revistiendo un rol de vital importancia para hacer frente a la
situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19”.
Que en ese sentido se elaboraron las Especificaciones Técnicas N°
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, obrante a orden 12, y el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2020-64392070-ANSES-DC#ANSES
de orden 3.
Que de las actuaciones surge que se encuentra cumplido el requisito de
publicidad que debe darse al llamado, conforme Disposiciones ONC N°
48/2020 y sus modificatorias, habiéndose publicado en la Plataforma
COMPR.AR según surge del documento de orden 15 y la constancia de
invitación realizada a los posibles oferentes, conforme se desprende a
orden 16.
Que a orden 59, se incorpora el Acta de Apertura que da cuenta de la
presentación de VEINTISEIS (26) propuestas, por parte de VEINTE (20)
oferentes para el RENGLON 1, presentados en la plataforma COMPR.AR, a
saber: EDGARDO ESTEBAN BIASI, INSUMOS QUIRURGICOS S.R.L., ECOFACTORY
S.R.L. (Oferta base y alternativa 1 y 2 denominadas en la plataforma
COMPR.AR como alternativa 1 ,2 y 3), BRUDAN S.R.L., HEALIGHT
CORPORATION S.A., DIAGNOSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A., COPLAT S.A.,
NATALIA BUTTA (Oferta base y alternativa 1 y 2 denominadas en la
plataforma COMPR.AR como alternativa 1, 2 y 3), ROWASE S.A. (Oferta
base y Alternativa 1y 2 denominadas en la plataforma COMPR.AR como
alternativa 1, 2 y 3), ARG. COLOR S.R.L., SOLUCIONES DE LOGISTICA
GLOBAL S.A., 152BIS S.A.S., DROGUERÍA DISVAL S.R.L., ELIO OMAR
CANDUSSI, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., PRENTEX S.A., NEWPACK
-ARGENTINA S.R.L., VIALERG S.A., GALFIONE Y CIA S.R.L. y LAURA LORENA
MEDINA, obrando a orden 104 el cuadro comparativo de ofertas.
Que según surge de orden 117, la Dirección de Servicios y Suministros,
concluye que “(…) las ofertas presentadas por las firmas
NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., EDGARDO ESTEBAN BIASI, INSUMOS QUIRURGICOS
S.R.L., ECOFACTORY S.R.L. (alternativa 2), COPLAT S.A. y SOLUCIONES DE
LOGISTICA GLOBAL S.A., cumplen técnicamente con lo requerido”,
informando además cuales son las causales por las que se considera que
las restantes firmas no cumplen.
Que a orden 124 toma intervención la Unidad Operativa de
Contrataciones, emitiendo la correspondiente recomendación, en la que
se aconseja “(…) adjudicar la oferta presentada por ECOFACTORY S.R.L.
(Oferta Alternativa 2) el único Renglón existente por la cantidad de
NUEVE MIL CUATRO (9004) CAJAS POR 50 UNIDADES DE BARBIJOS DESCARTABLES,
por la suma unitaria de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 75/100
($332,75) y un total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS
MIL OCHENTA Y UNO ($2.996.081), y establecer el segundo, tercer,
cuarto, quinto y sexto orden de mérito a las ofertas presentadas por
BIASI EDGARDO ESTEBAN, NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., SOLUCIONES LOGISTICA
GLOBAL S.A., INSUMOS QUIRURGICOS S.R.L y COPLAT S.A.(…)”.
Que en la misma intervención se indica que, “(…) corresponde desestimar
las ofertas presentadas por ECOFACTORY S.A. (Oferta Alternativa 1 y 3),
por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, BRUDAN S.R.L. por no
cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, HEALIGHT CORPORATION
S.A., por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones
Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, DIAGNOSTICO Y
SOLUCIONES CORDOBA S.A., por no cumplir con las Especificaciones
Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, por error en
la cotización - cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA
(50) Unidades- y no por encontrarse inscripto en el Rubro
correspondiente, conforme Comunicación General ONC N° 17/20, NATALIA
BUTTA (Oferta Alternativa 1, 2 y 3), por no cumplir con las medidas
requeridas en las Especificaciones Técnicas
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, ROWASE S.A. (Oferta
Alternativa 1, 2 y 3), por no cumplir con las medidas requeridas en las
Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden
12, ARG COLOR S.R.L.., por no cumplir con las medidas requeridas en las
Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345- ANSES-DSYS#ANSES, de orden
12, 152bis S.A.S., por no cumplir con las medidas requeridas en las
Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden
12, DROGUERIA DISVAL S.R.L., por no cumplir con las medidas requeridas
en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de
orden 12, ELIO OMAR CANDUSSI, por no presentar muestra y aun así, de la
documental aportada en su oferta, no cumplir con las Especificaciones
Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, ORELION
PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. por no presentar muestra, por error en la
cotización - cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50)
Unidades- y no por encontrarse inscripto en el Rubro correspondiente,
conforme Comunicación General ONC N° 17/20, PRENTEX S.A., por no
presentar muestra y, aun así, de la documental aportada en su oferta,
no cumplir con las Especificaciones Técnicas
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12. y error en la
cotización –cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50)
Unidades-, VIALERG S.A., por no cumplir con las medidas y capas
requeridas en las Especificaciones Técnicas
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12 y por resultar
antieconómica por superar los valores estimados conforme Cesta SAP
110034257 de orden 13, GALFIONE Y CIA S.R.L., por no cumplir con las
medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12 y error en la cotización
-cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50) Unidades- y
LAURA LORENA MEDINA, por no cumplir con las medidas y capas requeridas
en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de
orden 12 (…)”.
Que a orden 136, la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma la
intervención de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 7º inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549.
Que a orden 140, la Dirección de Gestión Presupuestaria, toma la
intervención de su competencia conforme surge de la cesta aprobada N°
110034257.
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto
Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de
fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-8-ANSES-ANSES de
fecha 20 de enero de 2020 y RESOL-2020-114-ANSES-ANSES de fecha 8 de
mayo de 2020.
Por ello,
EL SUDIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense el procedimiento realizado en el marco de la
Contratación por Emergencia COVID Nº 13/2020 – Proceso Comprar Nº
63-0063-CDI20, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2020-64392070-ANSES-DC#ANSES y las Especificaciones Técnicas N°
IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES tendiente a adquirir NUEVE MIL CUATRO
(9004) cajas de CINCUENTA (50) unidades de barbijos descartables para
prevenir el contagio del virus COVID-19, en las dependencias de esta
Administración Nacional.
ARTÍCULO 2°- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas
ECOFACTORY S.A. (Oferta base y alternativa 2, denominadas en la
Plataforma COMPR.AR alternativa 1 y 3), BRUDAN S.R.L., HEALIGHT
CORPORATION S.A., DIAGNOSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A., NATALIA BUTTA
(Oferta base, alternativa 1 y 2, denominadas en la Plataforma COMPR.AR
Oferta Alternativa 1, 2 y 3), ROWASE S.A. (Oferta base, alternativa 1 y
2, denominadas en la Plataforma COMPR.AR alternativa 1, 2 y 3), ARG
COLOR S.R.L., 152bis S.A.S., DROGUERIA DISVAL S.R.L., ELIO OMAR
CANDUSSI, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., PRENTEX S.A., VIALERG
S.A., GALFIONE Y CIA S.R.L. y LAURA LORENA MEDINA por los motivos
expuestos precedentemente.
ARTÍCULO 3°- Apruébase en primer orden de mérito la oferta Alternativa
1, denominada en la plataforma COMPR.AR alternativa 2 presentada por la
firma ECOFACTORY S.R.L., otorga segundo, tercer, cuarto, quinto y sexto
orden de mérito a las ofertas presentadas por BIASI EDGARDO ESTEBAN,
NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., SOLUCIONES LOGISTICA GLOBAL S.A., INSUMOS
QUIRURGICOS S.R.L y COPLAT S.A., respectivamente.
ARTÍCULO 4º.- Adjudicase, en el marco de la Contratación por Emergencia
COVID Nº19- Nº 13/2020 Proceso Comprar Nº 63-0063-CDI20, conforme a los
lineamientos de la presente Resolución al único Renglón correspondiente
a NUEVE MIL CUATRO (9004) cajas de CINCUENTA (50) unidades de barbijos
descartables a la firma ECOFACTORY S.R.L. (CUIT 30-71133610-5) a la
oferta Alternativa 1, denominada en la plataforma COMPR.AR alternativa
2, por la suma unitaria de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON SETENTA
Y CINCO CENTAVOS ($332,75) y un total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y UNO ($2.996.081) por los motivos indicados
en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Encomiéndese en la Directora de Contrataciones la
suscripción, en nombre y representación del organismo de la respectiva
orden de compra.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a las Direcciones de Contrataciones
y de Gestión Presupuestaria para la intervención de su competencia y
oportunamente, archívese.
Alejandro Merediz
e. 21/12/2020 N° 65127/20 v. 21/12/2020