ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN

Resolución 681/2020

RESOL-2020-681-ANSES-SEA#ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-64529472- -ANSES-DC#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de marzo de 2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de marzo de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación por Emergencia COVID 19 – Nº 13/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0063-CDI20, tendiente a adquirir NUEVE MIL CUATRO (9004) cajas de CINCUENTA (50) unidades de barbijos descartables para prevenir el contagio del virus COVID-19, en las dependencias de esta Administración Nacional.

Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.

Que, por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.

Que la presente contratación obedece al requerimiento formulado por la Dirección de Servicios y Suministros, a orden 5, la cual manifiesta “(…) la urgente necesidad de dotar de la mayor cantidad de elementos de seguridad e higiene para preservar la salud del personal de ANSES que se encuentre en efectivo cumplimiento de labores esenciales, revistiendo un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19”.

Que en ese sentido se elaboraron las Especificaciones Técnicas N° IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, obrante a orden 12, y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2020-64392070-ANSES-DC#ANSES de orden 3.

Que de las actuaciones surge que se encuentra cumplido el requisito de publicidad que debe darse al llamado, conforme Disposiciones ONC N° 48/2020 y sus modificatorias, habiéndose publicado en la Plataforma COMPR.AR según surge del documento de orden 15 y la constancia de invitación realizada a los posibles oferentes, conforme se desprende a orden 16.

Que a orden 59, se incorpora el Acta de Apertura que da cuenta de la presentación de VEINTISEIS (26) propuestas, por parte de VEINTE (20) oferentes para el RENGLON 1, presentados en la plataforma COMPR.AR, a saber: EDGARDO ESTEBAN BIASI, INSUMOS QUIRURGICOS S.R.L., ECOFACTORY S.R.L. (Oferta base y alternativa 1 y 2 denominadas en la plataforma COMPR.AR como alternativa 1 ,2 y 3), BRUDAN S.R.L., HEALIGHT CORPORATION S.A., DIAGNOSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A., COPLAT S.A., NATALIA BUTTA (Oferta base y alternativa 1 y 2 denominadas en la plataforma COMPR.AR como alternativa 1, 2 y 3), ROWASE S.A. (Oferta base y Alternativa 1y 2 denominadas en la plataforma COMPR.AR como alternativa 1, 2 y 3), ARG. COLOR S.R.L., SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A., 152BIS S.A.S., DROGUERÍA DISVAL S.R.L., ELIO OMAR CANDUSSI, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., PRENTEX S.A., NEWPACK -ARGENTINA S.R.L., VIALERG S.A., GALFIONE Y CIA S.R.L. y LAURA LORENA MEDINA, obrando a orden 104 el cuadro comparativo de ofertas.

Que según surge de orden 117, la Dirección de Servicios y Suministros, concluye que “(…) las ofertas presentadas por las firmas NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., EDGARDO ESTEBAN BIASI, INSUMOS QUIRURGICOS S.R.L., ECOFACTORY S.R.L. (alternativa 2), COPLAT S.A. y SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A., cumplen técnicamente con lo requerido”, informando además cuales son las causales por las que se considera que las restantes firmas no cumplen.

Que a orden 124 toma intervención la Unidad Operativa de Contrataciones, emitiendo la correspondiente recomendación, en la que se aconseja “(…) adjudicar la oferta presentada por ECOFACTORY S.R.L. (Oferta Alternativa 2) el único Renglón existente por la cantidad de NUEVE MIL CUATRO (9004) CAJAS POR 50 UNIDADES DE BARBIJOS DESCARTABLES, por la suma unitaria de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 75/100 ($332,75) y un total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y UNO ($2.996.081), y establecer el segundo, tercer, cuarto, quinto y sexto orden de mérito a las ofertas presentadas por BIASI EDGARDO ESTEBAN, NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., SOLUCIONES LOGISTICA GLOBAL S.A., INSUMOS QUIRURGICOS S.R.L y COPLAT S.A.(…)”.

Que en la misma intervención se indica que, “(…) corresponde desestimar las ofertas presentadas por ECOFACTORY S.A. (Oferta Alternativa 1 y 3), por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, BRUDAN S.R.L. por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, HEALIGHT CORPORATION S.A., por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, DIAGNOSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A., por no cumplir con las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, por error en la cotización - cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50) Unidades- y no por encontrarse inscripto en el Rubro correspondiente, conforme Comunicación General ONC N° 17/20, NATALIA BUTTA (Oferta Alternativa 1, 2 y 3), por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, ROWASE S.A. (Oferta Alternativa 1, 2 y 3), por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, ARG COLOR S.R.L.., por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345- ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, 152bis S.A.S., por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, DROGUERIA DISVAL S.R.L., por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, ELIO OMAR CANDUSSI, por no presentar muestra y aun así, de la documental aportada en su oferta, no cumplir con las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. por no presentar muestra, por error en la cotización - cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50) Unidades- y no por encontrarse inscripto en el Rubro correspondiente, conforme Comunicación General ONC N° 17/20, PRENTEX S.A., por no presentar muestra y, aun así, de la documental aportada en su oferta, no cumplir con las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12. y error en la cotización –cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50) Unidades-, VIALERG S.A., por no cumplir con las medidas y capas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12 y por resultar antieconómica por superar los valores estimados conforme Cesta SAP 110034257 de orden 13, GALFIONE Y CIA S.R.L., por no cumplir con las medidas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12 y error en la cotización -cotiza Unitario por barbijo, no por caja de CINCUENTA (50) Unidades- y LAURA LORENA MEDINA, por no cumplir con las medidas y capas requeridas en las Especificaciones Técnicas IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES, de orden 12 (…)”.

Que a orden 136, la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que a orden 140, la Dirección de Gestión Presupuestaria, toma la intervención de su competencia conforme surge de la cesta aprobada N° 110034257.

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-8-ANSES-ANSES de fecha 20 de enero de 2020 y RESOL-2020-114-ANSES-ANSES de fecha 8 de mayo de 2020.

Por ello,

EL SUDIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN

DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense el procedimiento realizado en el marco de la Contratación por Emergencia COVID Nº 13/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0063-CDI20, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2020-64392070-ANSES-DC#ANSES y las Especificaciones Técnicas N° IF-2020-63784345-ANSES-DSYS#ANSES tendiente a adquirir NUEVE MIL CUATRO (9004) cajas de CINCUENTA (50) unidades de barbijos descartables para prevenir el contagio del virus COVID-19, en las dependencias de esta Administración Nacional.

ARTÍCULO 2°- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas ECOFACTORY S.A. (Oferta base y alternativa 2, denominadas en la Plataforma COMPR.AR alternativa 1 y 3), BRUDAN S.R.L., HEALIGHT CORPORATION S.A., DIAGNOSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A., NATALIA BUTTA (Oferta base, alternativa 1 y 2, denominadas en la Plataforma COMPR.AR Oferta Alternativa 1, 2 y 3), ROWASE S.A. (Oferta base, alternativa 1 y 2, denominadas en la Plataforma COMPR.AR alternativa 1, 2 y 3), ARG COLOR S.R.L., 152bis S.A.S., DROGUERIA DISVAL S.R.L., ELIO OMAR CANDUSSI, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., PRENTEX S.A., VIALERG S.A., GALFIONE Y CIA S.R.L. y LAURA LORENA MEDINA por los motivos expuestos precedentemente.

ARTÍCULO 3°- Apruébase en primer orden de mérito la oferta Alternativa 1, denominada en la plataforma COMPR.AR alternativa 2 presentada por la firma ECOFACTORY S.R.L., otorga segundo, tercer, cuarto, quinto y sexto orden de mérito a las ofertas presentadas por BIASI EDGARDO ESTEBAN, NEWPACK-ARGENTINA S.R.L., SOLUCIONES LOGISTICA GLOBAL S.A., INSUMOS QUIRURGICOS S.R.L y COPLAT S.A., respectivamente.

ARTÍCULO 4º.- Adjudicase, en el marco de la Contratación por Emergencia COVID Nº19- Nº 13/2020 Proceso Comprar Nº 63-0063-CDI20, conforme a los lineamientos de la presente Resolución al único Renglón correspondiente a NUEVE MIL CUATRO (9004) cajas de CINCUENTA (50) unidades de barbijos descartables a la firma ECOFACTORY S.R.L. (CUIT 30-71133610-5) a la oferta Alternativa 1, denominada en la plataforma COMPR.AR alternativa 2, por la suma unitaria de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($332,75) y un total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y UNO ($2.996.081) por los motivos indicados en los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 5°.- Encomiéndese en la Directora de Contrataciones la suscripción, en nombre y representación del organismo de la respectiva orden de compra.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a las Direcciones de Contrataciones y de Gestión Presupuestaria para la intervención de su competencia y oportunamente, archívese.

Alejandro Merediz

e. 21/12/2020 N° 65127/20 v. 21/12/2020