TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
Resolución 64/2020
RESOL-2020-64-APN-TFN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2020
VISTO la Acordada de fecha 17 de diciembre del 2020 (IF-2020-88241571-APN-TFN#MEC), y
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento para la Justicia Nacional, aprobado por la Acordada
de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN de fecha 17 de diciembre
de 1952 (y sus complementarias Acordadas Nros. 53/73 y 30/84) dispone
en su Artículo 4° para los Tribunales Federales la Feria Judicial en el
mes de Enero y en el mes de Julio, en este último caso coincidente con
las vacaciones escolares de invierno, de cada año calendario.
Que en este sentido, el Tribunal Fiscal de la Nación establece en el
Artículo 3° del Reglamento del Procedimiento (texto aprobado por la
Acordada N° 840/1993 del citado Tribunal) que durante el mes de enero y
en el período en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación implante
feria, atento lo establecido en el Art. 152 de la Ley N° 11.683 y sus
modificaciones, y en el Art. 1140 del Código Aduanero, funcionará como
Tribunal de Feria a los efectos de atender únicamente en los recursos
de amparo y en aquellos asuntos que no admitan demora.
Que en atención a lo expuesto, se reunieron los Vocales miembros de
este Tribunal y se pronunciaron mediante el Acordada citada en el
Visto, a efectos de considerar la integración de las Salas que
funcionarán durante la Feria Judicial del mes de enero del año 2021,
entre los días 1 al 31.
Que la presente medida se dicta a tenor de las facultades conferidas
por el Artículo 158 de la Ley N° 11.683 y sus modificaciones.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Proceder a publicar de la Acordada de fecha 17 de
diciembre del 2020, que como Anexo (IF-2020-88241571-APN-TFN#MEC) forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y en la página web del Tribunal
www.tribunalfiscal.gob.ar, y archívese.
Ruben Alberto Marchevsky
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/12/2020 N° 65223/20 v. 21/12/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)