MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE EMPLEO
Resolución 1023/2020
RESOL-2020-1023-APN-SE#MT
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-83405303-APN-CEJ#MT, la Ley N° 27.541,
los Decretos N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y modificatorios, N° 260
del 12 de marzo de 2020 y modificatorio, N° 297 del 19 de marzo de 2020
y modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa N° 1662
del 9 de septiembre de 2020, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497 del 13 de mayo de 2008 y
modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 764 del
5 de mayo de 2011 y modificatorias, N° 208 del 21 de mayo de 2020 y N°
396 del 6 de agosto de 2020, la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE
PROMOCIÓN DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA N° 5 del 6 de marzo de 2015,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 497/2008, y modificatorias, se creó el PROGRAMA JÓVENES CON
MÁS Y MEJOR TRABAJO que tiene por objeto generar oportunidades de
inclusión social y laboral para jóvenes de DIECIOCHO (18) a
VEINTICUATRO (24) años desocupadas/os con estudios formales
obligatorios incompletos, a través de acciones integradas que les
permitan identificar su perfil profesional, finalizar su escolaridad
obligatoria, realizar cursos de formación y/o prácticas calificantes en
ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera
independiente o insertarse en un empleo.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764/2011, y
modificatorias, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y
MEJOR TRABAJO.
Que por la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL
SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA N° 5/2015 se aprobaron los instrumentos
operativos del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO.
Que por el Título IV – “De las Prestaciones Específicas del Programa”
del Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, se regula
la ejecución de las prestaciones específicas ofrecidas por el citado
Programa a sus participantes, a saber: 1) Cursos de Introducción al
Trabajo, 2) Cursos de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social; 3)
Talleres de Apoyo a la Búsqueda de Empleo y 4) Clubes de Empleo.
Que por el Capítulo III del citado Título se regula el procedimiento
para la ejecución de Cursos de Introducción al Trabajo y de Apoyo a la
Empleabilidad e Integración Social, con asistencia económica de la
SECRETARÍA DE EMPLEO a las Instituciones Ejecutoras, precisándose en el
artículo 95 los rubros a destinarse tal asistencia.
Que, en el marco de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19, por
la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 208/2020 se autorizó la
presentación de propuestas para el dictado de Cursos de Introducción al
Trabajo y de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social a distancia,
en el marco del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, a través del
uso de plataformas tecnológicas de enseñanza, y se establecieron los
lineamientos generales para su instrumentación.
Que, asimismo, por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N°
396/2020, se autorizó la modificación de metas y/o de distribución de
costos financiables de propuestas destinadas a la ejecución de Cursos
de Introducción al Trabajo y de Apoyo a la Empleabilidad e Integración
Social, para su adaptación a los requerimientos, protocolos, cuidados
y/o medidas atinentes a evitar la propagación del COVID-19.
Que en tanto los rubros de asistencia económica a Instituciones
Ejecutoras previstos por el artículo 95 del Reglamento del PROGRAMA
JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO para la ejecución de propuestas
destinadas al dictado de Cursos de Introducción al Trabajo y de Apoyo a
la Empleabilidad e Integración Social se encuentran definidos y
orientados a la modalidad de cursada presencial, deviene necesaria la
inclusión de rubros específicos y/o complementarios propios de la
modalidad de cursada a distancia.
Que asimismo, resulta pertinente prever un rubro de asistencia
económica orientado a atender las medidas de higiene, sanitización y/o
cuidado necesarias para evitar la propagación del COVID-19, mientras
dure la emergencia sanitaria y/o la vigencia de protocolos de cuidado.
Que, por otra parte, para una más eficiente gestión administrativa y de
conformidad con la nueva estructura organizativa de esta Secretaría,
aprobada por el Decreto N° 50/2019 y la Decisión Administrativa N°
1662/2020, resulta pertinente facultar a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN
DEL EMPLEO para que apruebe y/o modifique los formularios, instructivos
y demás instrumentos operativos necesarios para la implementación del
PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto N° 50/2019 y por el artículo 19 de la
Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°
497/2008 y modificatorias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 95 del Reglamento del
PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, aprobado como ANEXO I de la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764/2011 y modificatorias, por
el siguiente:
“ARTÍCULO 95.- Asistencia económica. La SECRETARÍA DE EMPLEO podrá
brindar asistencia económica a las Instituciones Ejecutoras que
presenten propuestas para el dictado de cursos de Introducción al
Trabajo y de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social, para su
afectación a los siguientes rubros:
1) Para cursos presenciales:
a) Honorarios profesionales;
b) Alquiler de infraestructura o equipamiento informático;
c) Material didáctico;
d) Insumos de librería;
e) Refrigerio, cuando la carga horaria diaria del curso sea mayor o igual a TRES (3) horas consecutivas;
f) Insumos de higiene, sanitización y/o cuidado, mientras se extienda
la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 y/o la vigencia de
protocolos de cuidado para evitar la propagación de tal enfermedad;
g) Gastos operativos.
2) Para cursos semipresenciales:
a) Honorarios profesionales;
b) Alquiler de infraestructura o equipamiento informático, en función
de la cantidad de clases o encuentros presenciales que se desarrollen;
c) Material didáctico;
d) Insumos de librería;
e) Refrigerio, en función de la cantidad de clases o encuentros
presenciales que se desarrollen y siempre que la carga horaria de tales
clases o encuentros sea mayor o igual a TRES (3) horas consecutivas;
f) Insumos de higiene, sanitización y/o cuidado, mientras se extienda
la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 y/o la vigencia de
protocolos de cuidado para evitar la propagación de tal enfermedad;
g) Servicios de plataforma tecnológica, cuando el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no provea dichos servicios;
h) Gastos operativos.
3) Para cursos a distancia:
a) Honorarios profesionales;
b) Material didáctico;
c) Insumos de librería;
d) Servicios de plataforma tecnológica, cuando el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no provea dichos servicios;
e) Gastos operativos.”
ARTÍCULO 2°.- La modificación dispuesta por el artículo 1° de la
presente Resolución será aplicable tanto a Propuestas para la Ejecución
de Cursos de Introducción al Trabajo y/o de Cursos de Apoyo a la
Empleabilidad e Integración Social que se presenten con posterioridad a
la entrada en vigor de la presente medida como a aquellas propuestas
que fueran presentadas y/o aprobadas en el marco de lo normado por la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 208/2020.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO a
aprobar y/o modificar los formularios, instructivos y demás
instrumentos operativos necesarios para la implementación del PROGRAMA
JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO.
ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leonardo Julio Di Pietro Paolo
e. 22/12/2020 N° 65766/20 v. 22/12/2020