MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 556/2020

DI-2020-556-APN-SSGA#MS

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-41118064-APN-DD#MS; Contrato de Préstamo BID N° 5032/OCAR “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”; Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias); Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017; Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019; Decreto Nº 81 del 27 de diciembre de 2019; Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020; Decreto Nº 640 del 31 de julio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto, Expediente Electrónico Nro. EX-2020-41118064- -APN-DD#MS – tramita la Contratación Directa por “Servicios de almacenamiento y distribución de medicamentos, insumos y elementos de protección personal, y su envío a las jurisdicciones, hospitales nacionales y provinciales en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19” en el marco del Contrato de Préstamo BID 5032/ OC-AR.

Que mediante Decreto Nº 640/2020 se aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”.

Que el artículo 6° de dicho cuerpo normativo, designa como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto; mientras que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de dicho Ministerio, será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), adecua la Organización Ministerial del Poder Ejecutivo Nacional estableciendo al MINISTERIO DE SALUD como Órgano con Competencia en todo lo inherente a la salud de la población.

Que mediante el Decreto N° 50/2019, se aprueba el nuevo organigrama de la Administración Nacional Centralizada creándose y estableciéndose los objetivos de las Unidades Organizativas, entre los que se encuentran la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD.

Que por Decisión Administrativa Nº 457/2020, se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones, estableciendo las funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, entre las que se encuentran la de “Coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financierapresupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional”.

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de incrementarse el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global.

Que por el Decreto N° 260/2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año en virtud de la pandemia declarada, facultando al Ministerio de Salud a efectuar adquisiciones directas de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender a la emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información estratégica de salud, todo ello en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19.

Que, en dicho contexto, se ha recibido requerimiento para la adquisición de “Servicios de almacenamiento y distribución de medicamentos, insumos y elementos de protección personal, y su envío a las jurisdicciones, hospitales nacionales y provinciales en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19” efectuado por Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria (orden 10) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD del MINISTERIO DE SALU DE LA NACIÓN, aprobada por la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD mediante PV-2020-47545366-APN-SAS#MS de fecha 23/07/2020.

Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA solicita cambios en las Especificaciones Técnicas (NO-2020-52848990-APN-DNMYTS-MS) los cuales fueron aprobados por la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA (NO-2020-58348053-APNSSMEIE#MS).

Que mediante NO-2020-65641546-APN-SSGA#MS se remite a la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO lo manifestado por la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD (NO2020-64895460-APN-SAS#MS) para la prosecución de la presente contratación.

Que, en ese sentido, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO solicita la No Objeción al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (orden 27), acompañando la documentación respectiva en orden 28.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO mediante nota identificada con CSC/CAR 2690/2020 de fecha 2 de noviembre de 2020 brinda su No Objeción (orden 37).

Que a orden 32 obra la conformidad del Coordinador de Adquisiciones y Contrataciones, quien señala que el presente Proceso de Contratación Directa se ajusta a lo previsto las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo de 2019)”.

Que a estos efectos deviene necesario aprobar Contratación Directa por el “Servicios de almacenamiento y distribución de medicamentos, insumos y elementos de protección personal, y su envío a las jurisdicciones, hospitales nacionales y provinciales en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19” en el marco del Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR.

Que dicha Contratación Directa se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con el Contrato de Préstamo BID 5032/ OC-AR y a la Sección III “Otros Métodos de Adquisición” literal 3.7 (e) de las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo de 2019)”.

Que de conformidad a la establecido en el artículo 1 del Decreto 945/2017 la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO tomó intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR, Decreto 945/2017, Decreto N° 50/2019, Decreto N° 81/2019.

Por ello:

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Adjudíquese la Contratación Directa, correspondiente a “Servicios de almacenamiento y distribución de medicamentos, insumos y elementos de protección personal, y su envío a las jurisdicciones, hospitales nacionales y provinciales en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria COVID-19”, a favor de la firma CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CUIT 30-70857483-6) por un MONTO TOTAL de PESOS ARGENTINOS CIENTO VEINTIDÓS MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO con 68/100 ($ 122.039.424,68.-) el cual se llevó a cabo conforme lo establecido en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo de 2019)”.

ARTICULO 2º.- Apruébese modelo de Convenio aprobado con No Objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, que como IF-2020-87819496-APN-DGPFE#MS forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese

Mauricio Alberto Monsalvo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/12/2020 N° 65660/20 v. 22/12/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)