INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 214/2020

RESOL-2020-214-APN-INPI#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-66147605-APN-DGCA#INPI, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, N° 287 del 17 de marzo de 2020, N° 297 del 19 de marzo de 2020 y N° 325 del 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas N° 390 del 17 de marzo de 2020 y N° 409 del 18 de marzo de 2020, la Disposición Nº 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020 que tiene por objeto la adquisición de impresoras y notebook requeridas por la DIRECCION DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA.

Que la DIRECCION DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA fundamenta la urgencia del requerimiento, como consecuencia de la pandemia COVID-19 y el consecuente ASPO dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, para proveer de dichos equipos a los agentes del Organismo para que puedan realizar su trabajo de manera remota desde sus domicilios y a su vez, dotar quien realizan las guardias mínimas en el edificio del Instituto de los equipos necesarios para la impresión de diversos reportes, debido a que por una reestructuración de los gastos de impresión se dio de baja un contrato que tercerizaba estos equipos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ADNIMISTRATIVA, dio la instrucción para proceder al llamado a contratación.

Que esta adquisición resulta imperiosa atento el dictado de las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 13 de marzo de 2020 de Emergencia Sanitaria por la pandemia decretada por el COVID-19 (Coronavirus) y la normativa dictada en consecuencia, mediante la cual se implementan mecanismos de trabajo remoto, a fin de que los agentes del Instituto puedan continuar adelante con las tareas laborales desde sus hogares.

Que, en el Artículo 15 ter del Decreto mencionado precedentemente, se estableció que, durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 409/020, reglamentada por la Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.

Que en consecuencia, se emitió la Solicitud de Contratación N° 101-16-SCO20 en el marco del Sistema COMPR.AR, autorizada a instancias del DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS DOCE CON CERO CENTAVOS ($ 1.517.512,00.-).

Que se cursaron las invitaciones a todos los proveedores del rubro debidamente inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Pública Nacional (COMPR.AR).

Que el acto de apertura se realizó con fecha 6 de octubre de 2020 a través del portal COMPR.AR, registrado en el Acta de Apertura IF-2020-67315686-APN-DGCA#INPI, habiéndose recibido CATORCE (14) ofertas.

Que la DIRECCION DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA de este Instituto, se expidió respecto a la faz técnica de las ofertas presentadas mediante IF-2020-71048072-APN-DGDEIT#INPI, concluyendo que todas las ofertas presentadas para el renglón N° 1 cumplen con los requisitos formulados en las especificaciones técnicas de la “Invitación a cotizar”, a excepción de la presentada por SERVICIOS GLOBALES DE INFORMATICA – oferta alternativa dado que no es laser, sino de inyección de tinta; la oferta presentada por SERGIO DANIEL MARTINO - oferta principal ya que la misma no es laser, sino de inyección de tinta y la oferta presentada por PEDRO GUSTAVO BARACCO no cumple, debido a que no incluyo el juego de toners adicional, asimismo manifestó que todas las ofertas presentadas para el renglón N° 2 resultan aptas técnicamente.

Que la Jefa del DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, ha emitido un informe (v. IF-2020-82550328-APN-DGCA#INPI) en el cual recomienda adjudicar el Renglón N° 1 a la firma a EXTERNAL MARKET S.R.L. y adjudicar el Renglón N° 2 a la firma LA RED COMPUTACIÓN S.R.L. por resultar las mencionadas ofertas ajustadas a los requerimientos solicitados en la invitación a cotizar y a las previsiones económicas financieras previstas.

Que la totalidad de las actuaciones se han vinculado al presente Expediente Electrónico citado en el Visto.

Que la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES, la AUDITORÍA INTERNA y la SINDICATURA han tomado la intervención de su competencia, sin formular objeciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo de la Disposición Nº 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, los artículos 6º de la Decisión Administrativa Nº 409/20, artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, sustituido por el artículo 2° del Decreto N° 820/20 y el Anexo al artículo 35, inciso b) del Decreto Nª 1344 del 4 de octubre de 2007, sustituido por el artículo 6° del Decreto N° 820/20.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado en la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020, que por objeto la adquisición de impresoras y notebook requeridas por la DIRECCION DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase el Renglón N°1 de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020 a la firma EXTERNAL MARKET S.R.L. (CUIT N° 30-61604421-0) correspondiente a la provisión de DOS (2) impresoras láser color con los correspondientes insumos de impresión, por un monto total de PESOS CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 160.718,80) por ser económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo solicitado.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase el Renglón N°2 de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020 a la firma LA RED COMPUTACION S.R.L. (CUIT N° 30-69114481-6) para la provisión de DOCE (12) notebook, por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIENTO OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CERO CENTAVOS ($ 1.180.944,00) por ser económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo solicitado.

ARTÍCULO 4°.- Desestímense la oferta presentada por la firma SERVICIOS GLOBALES DE INFORMATICA – oferta alternativa, por no ser laser, sino de inyección de tinta; la oferta presentada por SERGIO DANIEL MARTINO - oferta principal, por no ser laser, sino de inyección de tinta y la oferta presentada por PEDRO GUSTAVO BARACCO no cumple, ya que no incluyo el juego de toners adicional, en concordancia con el Informe IF-2020-82550328-APN-DGCA#INPI y por los argumentos vertidos en los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 5º. – El gasto total de la contratación asciende al monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.341.662,80), imputándose en la partida 4.3.6. del ejercicio presupuestario 2020.

ARTÍCULO 6º. – Autorizase a la JEFA del DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este INSTITUTO, a emitir y suscribir la respectiva Orden de Compra. Cumplido continúe el trámite pertinente.

ARTICULO 7°.- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por el término de un (1) día en el Boletín Oficial, publíquese en la plataforma del sistema COMPR.AR, en la Página web de este INSTITUTO y archívese.

José Luis Díaz Pérez

e. 23/12/2020 N° 66133/20 v. 23/12/2020