MINISTERIO DE EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Disposición 1013/2020
DI-2020-1013-APN-INET#ME
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020
VISTO el Expediente Electrónico: EX-2020-30276637-APN-INET#ME del
registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la Ley Nº 22.317 relativa al
Régimen de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº 23.653, Nº
24.624, Nº 25.300, la Ley Nº 27.467, el Decreto 04/20, la Disposición
DI-2020-111-APN-INET#ME de fecha 30 de junio de 2020 y CONSIDERANDO:
Que ha culminado el proceso de evaluación de los proyectos que se
presentaron a los fines del acceso al Régimen de Crédito Fiscal del
corriente año, realizado por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
LABORALES DEL CONICET (CEIL –CONICET).
Que el proceso de evaluación distinguió como proyectos aprobados aquellos que tuvieran 70 puntos o más.
Que en función del puntaje obtenido por cada proyecto se ha
confeccionado un orden de mérito para asignar el cupo establecido en la
Ley N° 27.467 y prorrogado por el Decreto N° 04/2020 para el año en
curso.
Que los establecimientos educativos de las diferentes jurisdicciones, a
pesar del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, han realizado un
gran esfuerzo y una importante presentación de Proyectos.
Que se ha realizado la distribución jurisdiccional fijada en el punto 6.2 del procedimiento aprobado.
Que posteriormente se elaboró el orden de asignación teniendo en cuenta
la distribución jurisdiccional mencionada y el orden de mérito de los
proyectos presentados por las instituciones educativas.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención
que le compete, habiéndose considerado sus recomendaciones.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 143/00 y su modificatorio Nº 1895/02.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
DISPONE
ARTICULO 1º.- Aprobar la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS
E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CEIL – CONICET).
ARTICULO 2º.- Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes Nº
22.317, N° 23.653, N° 24.624, N° 25.300 y Nº 27.467, los proyectos
Educación–Trabajo y/o Proyectos de Innovación y/o Capacitación
Tecnológica, Asignación Directa y Capacitación y Actualización Técnica
Docente presentados por los establecimientos educativos comprendidos en
el Anexo (IF-2020-88509000-APN-INET#ME) que forma parte de la presente
Disposición.
ARTICULO 3°.- Determinar que, si existiera liberación de cupo
resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo, se asignará
para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por
posibles variaciones en los costos de los mismos o podrán acceder al
Régimen en función del orden de mérito aquellos proyectos aprobados que
no hubieran accedido a otras fuentes de financiamiento.
ARTICULO 4°.- Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado
de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos
mencionados en el Anexo, con los límites establecidos en el artículo 2º
de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los requisitos
de la Disposición DI-2020-111-APN-INET#ME de fecha 30 de junio de 2020.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Diego Andrés Golombek
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/12/2020 N° 66041/20 v. 23/12/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)