ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 9134/2020
DI-2020-9134-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-80128699-APN-DSCLYA#ANMAT del Registro
de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado la Dirección Evaluación y Control de
Biológicos y Radiofármacos propicia la adquisición de insumos
descartables.
Que bajo GEDO N° IF-2020-79825567-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente
brindó los fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de
Compras (UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria COVID
19.
Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia
mediante el que aconseja utilizar el sistema de Contratación Directa
por Emergencia COVID-19; ello en virtud de lo establecido en los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de
marzo de 2020 y DECNU-2020-287- APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de
2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas
complementarias y modificatorias.
Que bajo GEDO IF-2020-80148506-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo número de proceso 66-0051-CDI20.
Que bajo GEDO N° PLIEG-2020-80754137-APN-DSCLYA#ANMAT constan las invitaciones a cotizar.
Que bajo N° GEDO PLIEG-2020-80738707-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0051-CDI20.
Que bajo N° GEDO IF-2020-81183764-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC cursó, de
manera complementaria, las invitaciones a cotizar a las firmas
informadas por la Unidad Requirente.
Que bajo N° GEDO IF-2020-83723585-APN-DSCLYA#ANMAT consta el Acta de
Apertura del proceso 66-0051-CDI20 en la que presentaron ofertas las
firmas MIKRO BIOL S.A.S. (CUIT 30-71649553-8); CIENTIST S.A. (CUIT
30-59040727-1); JENCK S.A. (CUIT 30-63288438-5); GBO ARGENTINA S.A.
(CUIT 30-70800339-1); QUIMICA CORDOBA S.A. (CUIT 33-57611332-9); ROSANA
MARIA LEONOR POLLERO (27-16910912-0); LOBOV Y CIA S.A. (CUIT
30-54167722-0); SOLUCIONES ANALITICAS S.A. (CUIT 33-70929439-9); ANALEN
S.R.L. (CUIT 30-66302412-0) y SINTORGAN S.A.C.I. y F. (CUIT
30-51723776-7).
Que mediante GEDO N° IF-2020-82923677-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC realizó
las verificaciones para corroborar el estado registral de los Oferentes
en el portal COMPR.AR, posibles sanciones en el REPSAL y la existencia
de deuda liquida y exigible o previsional ante AFIP.
Que bajo N° GEDO IF-2020-85010753-APN-DECBR#ANMAT se vinculó el
análisis de las especificaciones técnicas de los productos ofrecidos.
Que bajo GEDO N° IF-2020-85876061-APN-DSCLYA#ANMAT consta la
recomendación de la Unidad Operativa de Contrataciones en la que
recomienda calificar en orden de mérito N° 1 para el renglón N° 1 a
ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT 27-16910912-0); en orden de mérito N°
1 para los renglones N° 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 11 y 12 a la firma LOBOV Y
CIA S.A. (CUIT 30-54167722-0); en orden de mérito N° 1 para los
renglones N° 7 y 10 a la firma ANALEN S.R.L. (CUIT 30-66302412-0); en
orden de mérito N° 1 para los renglones N° 13, 14 y 15 a la firma
SOLUCIONES ANALITICAS S.A. (CUIT 33-70929439-9) y en orden de mérito N°
1 para los renglones N° 16 y 17 a la firma JENCK S.A. (CUIT
30-63288438-5).
Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las
prescripciones contenidas en las normas aludidas precedentemente.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de lo establecido en los Decretos de Necesidad y
Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas complementarias y modificatorias y
el Decreto N° 1490/92.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA
DISPONE:
ARTICULO 1°.-Apruébase la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA COVID-19
N° 003/2020 que tiene por objeto la adquisición de Insumos
descartables, conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad
y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas complementarias y modificatorias.
ARTICULO 2°.- Adjudícase a la firma ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT
27-16910912-0) el renglón N° 1 por la suma de PESOS ONCE MIL CIENTO
SETENTA Y OCHO ($11.178.-).
ARTICULO 3°.- Adjudícanse a la firma LOBOV Y CIA S.A. (CUIT
30-54167722-0) los renglones N° 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 11 y 12 por la
suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
CUATRO CON 02/100 ($492.374,02.-).
ARTICULO 4°.- Adjudícanse a la firma ANALEN S.R.L. (CUIT 30-66302412-0)
los renglones N° 7 y 10 por la suma de PESOS SETENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS SESENTA ($73.260.-).
ARTICULO 5°.- Adjudícanse a la firma SOLUCIONES ANALITICAS S.A. (CUIT
33-70929439-9) los renglones N° 13, 14 y 15 por la suma de PESOS
TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON 14/100 ($30.153,14.-).
ARTICULO 6°.- Adjudícanse a la firma JENCK S.A. (CUIT 30-63288438-5)
los renglones N° 16 y 17 por la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y CUATRO CON 90/100 ($9.334,90.-).
ARTÍCULO 7°.- La suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON
62/100 ($7.624,62.-) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación
12, inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 8, Ejercicio 2020.
ARTÍCULO 8°.- La suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL
SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 74/100 ($596.724,74.-) se imputará con
cargo a: Fuente de Financiación 12, inciso 2, Partida Principal 9,
Partida Parcial 5, Ejercicio 2020.
ARTÍCULO 9°.- La suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON
70/100 ($11.950,70.-) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación
12, inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 6, Ejercicio 2020.
ARTICULO 10°.- Autorízase a la COORDINACIÓN DE COMPRAS a confeccionar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 11°.- Comuníquese. Dése a la Coordinación de Compras a sus
efectos. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación. Publíquese en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y archívese.
Manuel Limeres
e. 24/12/2020 N° 66828/20 v. 24/12/2020