ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 9135/2020
DI-2020-9135-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-81527362- -APN-DSCLYA#ANMAT del Registro
de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado la Dirección Evaluación y Control de
Biológicos y Radiofármacos propicia la Adquisición de reactivos.
Que bajo GEDO N° IF-2020-81243610-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente
brindó los fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de
Compras (UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria COVID
19.
Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia
mediante el que aconseja utilizar el sistema de Contratación Directa
por Emergencia COVID-19; ello en virtud de lo establecido en los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de
marzo de 2020 y DECNU-2020-287- APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de
2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas
complementarias y modificatorias.
Que bajo GEDO IF-2020-81550354-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo número de proceso 66-0053-CDI20.
Que bajo GEDO N° PLIEG-2020-81759646-APN-DSCLYA#ANMAT constan las invitaciones a los proveedores.
Que bajo N° GEDO PLIEG-2020-81703472-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0053-CDI20.
Que bajo N° GEDO IF-2020-81893960-APN-DSCLYA#ANMAT;
IF-2020-81895191-APN-DSCLYA#ANMAT; IF-2020-81897128-APN-DSCLYA#ANMAT e
IF-2020-81898294-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC cursó, de manera
complementaria, las invitaciones a cotizar a las firmas informadas por
la Unidad Requirente.
Que bajo N° GEDO IF-2020-84322291-APN-DSCLYA#ANMAT consta el Acta de
Apertura del proceso 66-0053-CDI20 en la que presentaron ofertas las
firmas SIGMA-ALDRICH DE ARGENTINA S.R.L. (CUIT 30-69313680-2); MONTEBIO
S.R.L. (CUIT 30-70825006-2); BIOSAFE S.R.L. (CUIT 30-69460294-7);
QUIMICA EROVNE S.A. (CUIT 30-52535648-1) y ROSANA MARIA LEONOR POLLERO
(CUIT 27-16910912-0).
Que mediante GEDO N° IF-2020-84229556-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC realizó
las verificaciones para corroborar el estado registral de los Oferentes
en el portal COMPR.AR, posibles sanciones en el REPSAL y la existencia
de deuda liquida y exigible o previsional ante AFIP.
Que bajo N° GEDO IF-2020-86230807-APN-DECBR#ANMAT se vinculó el
análisis de las especificaciones técnicas de los productos ofrecidos.
Que bajo GEDO N° IF-2020-86312561-APN-DSCLYA#ANMAT consta la
recomendación de la Unidad Operativa de Contrataciones la que
recomienda calificar en orden de mérito N° 1 para los renglones N° 1 y
2 a la firma BIOSAFE S.R.L. (CUIT 30-69460294-7); en orden de mérito N°
1 para los renglones N° 3, 4, 5, 6 y 9 a la firma SIGMA-ALDRICH DE
ARGENTINA S.R.L. (CUIT 30-69313680-2) y en orden de mérito N° 1 para
los renglones N° 7 y 8 a ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT
27-16910912-0).
Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las
prescripciones contenidas en las normas aludidas precedentemente.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de lo establecido en los Decretos de Necesidad y
Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas complementarias y modificatorias y
el Decreto N° 1490/92.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA
DISPONE:
ARTICULO 1°.-Apruébase la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA COVID-19
N° 005/2020 que tiene por objeto la adquisición reactivos, conforme con
lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas complementarias y modificatorias.
ARTICULO 2°.- Adjudícanse a la firma BIOSAFE S.R.L. (CUIT
30-69460294-7) los renglones N° 1 y 2 por la suma de PESOS CIENTO
SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 58/100
($164.888,58.-).
ARTICULO 3°.- Adjudícanse a la firma SIGMA-ALDRICH DE ARGENTINA S.R.L.
(CUIT 30-69313680-2) los renglones N° 3, 4, 5, 6 y 9 por la suma de
PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON
61/100 ($147.434,61.-)
ARTICULO 4°.- Adjudícanse a ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT
27-16910912-0) los renglones N° 7 y 8 por la suma de PESOS CIENTO
CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($114.999.-)
ARTICULO 5°.- La suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL
TRESCIENTOS VEINTIDOS CON 19/100 ($427.322,19.-) se imputará con cargo
a: Fuente de Financiación 12, inciso 2, Partida Principal 5, Partida
Parcial 1, Ejercicio 2020.
ARTICULO 6°.- Autorízase a la COORDINACIÓN DE COMPRAS a confeccionar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 7°.- Comuníquese. Dése a la Coordinación de Compras a sus
efectos. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación. Publíquese en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y archívese.
Manuel Limeres
e. 24/12/2020 N° 66831/20 v. 24/12/2020