SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 918/2020
RESOL-2020-918-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-83484034- -APN-DGTYA#SENASA; los
Decretos Nros. 4.238 del 19 de julio de 1968 y 2.431 del 15 de julio de
1971; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-221-APN-MAGYP del 28 de octubre
de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, 204 del 19 de
abril de 2011 y RESOL-2020-20-APN-PRES#SENASA del 14 de enero de 2020,
ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2020-20-APN-PRES#SENASA del 14 de
enero de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA se establecieron los incisos de las asignaciones que
corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por este
Organismo en concepto de retribución de Servicios de Inspección
Sanitaria, para el año 2020.
Que se han evaluado los informes mensuales suministrados por el
personal encargado de los Servicios de Inspección Sanitaria,
determinándose los incisos de las asignaciones mensuales que deberán
abonar dichos establecimientos, a partir del 1 de enero de 2021.
Que de los resultados de la determinación realizada, surge la necesidad
de modificar lo dispuesto por la citada Resolución N° 20/20.
Que por los Artículos 1º y 2° de la Resolución N°
RESOL-2020-221-APN-MAGYP del 28 de octubre de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobaron los montos arancelarios que
por retribución percibe el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, correspondientes a los servicios prestados a terceros
por las distintas unidades organizativas del citado Servicio Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el
Artículo 8°, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de
1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécense los incisos de las asignaciones que
corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en concepto de
retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año 2021,
enumerados en el Anexo (IF-2020-88480689-APN-DSAYF#SENASA), que a tal
efecto forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las nuevas asignaciones serán aplicadas a partir del 1 de
enero de 2021; en el caso de existir diferencias respecto de lo
efectivamente pagado o de los depósitos en garantía, deberán abonarse
por las empresas o reintegrarse a las mismas los montos
correspondientes, de acuerdo con el signo y cuantía de la citada
diferencia.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General Técnica y Administrativa adoptará
las medidas necesarias a los efectos de la aplicación de la presente
resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Alberto Paz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/12/2020 N° 66863/20 v. 28/12/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)