ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL OESTE
Disposición 85/2020
DI-2020-85-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM
Caseros, Buenos Aires, 23/12/2020
VISTO los Expedientes Electrónicos
EX-2020-00883510--AFIP-DVOJUR#SDGOPIM del 14 de diciembre de 2020 y el
EX-2020-00871897--AFIP-DVOINV#SDGOPIM del 10 de diciembre de 2020,
remitidos por las Jefaturas de la División Jurídica y de la División
Investigación de la Dirección Regional Oeste respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el VISTO, las Jefaturas de la
División Jurídica y de la División Investigación (DI ROES) proponen
modificar el Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o
impedimento, por razones funcionales y operativas dentro de sus
jurisdicciones.
Que la modificación requerida, cuenta con la conformidad de ésta Dirección Regional.
Que con motivo de ello resulta oportuno implementar esta metodología de trabajo.
Que los reemplazos que se mencionan en el Anexo de la presente Disposición, corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.
Que de acuerdo con las facultades asignadas mediante la Disposición
DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 05 de enero de 2018 y a las atribuciones que
confiere la Disposición DI-2020-39-E-AFIP-AFIP del 6 de febrero de
2020, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
LA DIRECTORA (INTERINA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN
GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos - para los casos de
ausencia o impedimento - en la División Jurídica y la División
Investigación dependientes de ésta Dirección Regional Oeste, según el
Anexo IF-2020-00910268-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 21 de Diciembre de 2020.
dichos reemplazos de la presente Disposición, corresponde con carácter
de Juez Administrativo.
ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Disposición
DI-2020-13-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 21 de febrero de 2020 y toda
aquella Disposición anterior, que nombrara reemplazos en las unidades
de estructura aludidas en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Dirección de Personal, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese, notifíquese y
archívese.
Nancy Fabiana Rodriguez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/12/2020 N° 66997/20 v. 29/12/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)