MINISTERIO DE CULTURA
BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO
Resolución 363/2020
RESOL-2020-363-APN-BNMM#MC
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2020
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-80031336-APN-DGCA#BNMM y los
Expedientes Electrónicos vinculados en tramitación conjunta
EX-2020-80018971-APN-DGCA#BNMM; EX-2020-80036786-APN-DGCA#BNMM,
EX-2020-80049672-APN-DGCA#BNMM; EX-2020-80054626-APN-DGCA#BNMM;
EX-2020-80058215-APN-DGCA#BNMM y EX-2020-80064767-APN-DGCA#BNMM; los
Decretos Nº 1386 de fecha 29 de noviembre de 1996, Nº 1035 de fecha 8
de noviembre de 2018 y N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las
Decisiones Administrativas Nros. 1032 del 9 de junio de 2020; 1288 del
17 de julio de 2020; 1326 del 23 de julio de 2020; 1365 del 31 de julio
de 2020; 1401 del 6 de agosto de 2020; 1425 del 7 de agosto del 2020;
1429 del 7 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 1032 del 9 de junio
de 2020; 1288 del 17 de julio de 2020; 1326 del 23 de julio de 2020;
1365 del 31 de julio de 2020; 1401 del 6 de agosto de 2020; 1425 del 7
de agosto del 2020; 1429 del 7 de agosto de 2020 fueron designadas
transitoriamente las personas que se detallan en el Anexo I
(IF-2020-80110174-APN-BNMM#MC) que es parte integrante de la presente
medida, conforme a los cargos que allí se consignan, en diversas
dependencias de esta BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO.
Que el Decreto N° 1035 de fecha 08-11-2018 (B.O. 09-11-2018), artículo
3, faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades
máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones y/o ultimas prórrogas.
Que por Decreto 328/2020 se autorizó a los Ministros y a las Ministras,
a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y
a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el
plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N°
260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente
fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de
sus últimas prórrogas.
Que la BIBLIOTECA NACIONAL considera imprescindible prorrogar la
cobertura transitoria de los cargos detallados en el Anexo
(IF-2020-80110174-APN-BNMM#MC), en las mismas condiciones establecidas
en las respectivas designaciones, frente a la necesidad de cumplir en
tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA informó que este
organismo cuenta con el crédito suficiente para atender el gasto
resultante de la medida que se aprueba por la presente.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del organismo ha tomado la intervención de
su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los Decreto Nº 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y N° 328 de
fecha 31 de marzo de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróguense, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de las fechas de inicio de prórrogas
indicadas en el Anexo I, que como IF-2020-80110174-APN-BNMM#MC es parte
integrante de la presente medida, los cargos de la planta permanente de
la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, en idénticas condiciones
a las dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 1032 del 9 de
junio de 2020; 1288 del 17 de julio de 2020; 1326 del 23 de julio de
2020; 1365 del 31 de julio de 2020; 1401 del 6 de agosto de 2020; 1425
del 7 de agosto del 2020; 1429 del 7 de agosto de 2020, autorizándose
el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 2º.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme
los requisitos y sistemas de selección vigentes según los establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal) homologado por el
Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente se imputará con cargo de la partida específica del
Presupuesto de la Entidad 116 BIBLIOTECA NACIONAL, Programa 25 –
Servicios de la BIBLIOTECA NACIONAL.
ARTICULO 4°.- Comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y,
cumplido, archívese.
Juan Sasturain
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/12/2020 N° 67391/20 v. 30/12/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)