ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 9136/2020
DI-2020-9136-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-87460349-APN-DSCLYA#ANMAT del Registro
de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado la Dirección Evaluación y Control de
Biológicos y Radiofármacos propicia la Adquisición del equipo “Vi-Cell®
XR Cell Viability Analyzer, Beckman.
Que bajo GEDO N° IF-2020-77952341-APN-DECBR#ANMAT /
NO-2020-80166712-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente brindó los
fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de Compras
(UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria COVID 19.
Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia
mediante el que aconseja utilizar el sistema de Contratación Directa
por Emergencia COVID-19; ello en virtud de lo establecido en los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de
marzo de 2020 y DECNU-2020-287- APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de
2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas
complementarias y modificatorias.
Que bajo GEDO IF-2020-87464131-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo número de proceso 66-0059-CDI20.
Que bajo GEDO N° IF-2020-88031587-APN-DSCLYA#ANMAT constan las invitaciones a los proveedores.
Que bajo N° GEDO IF-2020-88032724-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0059-CDI20.
Que bajo N° GEDO IF-2020-87468619-APN-DSCLYA#ANMAT;
IF-2020-87468557-APN-DSCLYA#ANMAT e IF-2020-87468491-APN-DSCLYA#ANMAT
la UOC cursó, de manera complementaria, las invitaciones a cotizar a
las firmas informadas por la Unidad Requirente.
Que bajo N° GEDO IF-2020-88030556-APN-DSCLYA#ANMAT consta el Acta de
Apertura del proceso 66-0058-CDI20 en la que presentó oferta la firma
CIC INTERNATIONAL ANALYTIC S.R.L. (CUIT 30-70894506-0).
Que mediante GEDO N° IF-2020-87998174-APN-DGA#ANMAT la UOC realizó las
verificaciones para corroborar el estado registral del oferente en el
portal COMPR.AR, posibles sanciones en el REPSAL y la existencia de
deuda liquida y exigible o previsional ante AFIP.
Que bajo N° GEDO IF-2020-88043129-APN-DECBR#ANMAT se vinculó el
análisis de las especificaciones técnicas de los productos ofrecidos.
Que bajo GEDO N° IF-2020-88108470-APN-DSCLYA#ANMAT consta la
recomendación de la UOC en la que se recomienda calificar en orden de
mérito N° 1 para el renglón N° 1 a la firma CIC INTERNATIONAL ANALYTIC
S.R.L. (CUIT 30-70894506-0).
Que bajo GEDO IF-2020-88123030-APN-DSCLYA#ANMAT se notificó la recomendación de la UOC.
Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las
prescripciones contenidas en las normas aludidas precedentemente.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en el marco de lo establecido en los Decretos de Necesidad
y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la
Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas complementarias y modificatorias y
el Decreto N° 1490/92.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA
DISPONE:
ARTICULO 1°.- Apruébase la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA COVID-19
N° 008/2020 que tiene por objeto la adquisición del equipo “Vi-Cell® XR
CellViabilityAnalyzer, Beckman, conforme con lo establecido en los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y
DECNU-2020-287- APN-PTE, la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus
normas complementarias y modificatorias.
ARTICULO 2°.- Adjudícase a la firma CIC INTERNATIONAL ANALYTIC S.R.L.
(CUIT 30-70894506-0) el renglón N° 1 del proceso 66-0059-CDI20 por la
suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL ($9.910.000,00.-).
ARTICULO 3°.- La suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL
($9.910.000,00.-) se imputará con cargo a: Fuente de Financiación 12,
inciso 4, Partida Principal 3, Partida Parcial 3, Ejercicio 2020.
ARTICULO 4°.- Autorízase a la COORDINACIÓN DE COMPRAS a confeccionar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 5°.- Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación. Publíquese en la página web de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES y archívese.
Manuel Limeres
e. 30/12/2020 N° 67643/20 v. 30/12/2020