MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Decisión Administrativa 2280/2020
DECAD-2020-2280-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Inclusión y Extensión Educativa.
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-73284074-APN-SIP#JGM, la Ley Nº 27.467,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión
Administrativa N° 1449 del 10 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N° 1449/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Inclusión y Extensión
Educativa de la SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL de la
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo
2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
12 de agosto de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al
licenciado Ariel Maximiliano ZYSMAN (D.N.I. Nº 25.966.576) en el cargo
de Director Nacional de Inclusión y Extensión Educativa de la
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL de la SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel A - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el licenciado ZYSMAN los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la
presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Nicolás A. Trotta
e. 31/12/2020 N° 67917/20 v. 31/12/2020