Resolución 6/2021
RESOL-2021-6-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-82459542- -APN-DGD#MOP, la Ley Nº 27.467
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 1.035
de fecha 8 de noviembre de 2018 y su modificatorio, las Decisiones
Administrativas Nros. 841 de fecha 2 de mayo de 2018, 854 de fecha 3 de
mayo de 2018 del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Resoluciones Nros. 75 de
fecha 22 de marzo de 2019 (RESOL-2019-75-APN-MI), 657 de fecha 9 de
diciembre de 2019 (RESOL-2019-657-APN-MI) ambas del MINISTERIO DEL
INTERIOR, 13 de fecha 10 de marzo de 2020 (RESOL-2020-13-APN-MOP) del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que a través del expediente citado en el Visto tramitan las prórrogas
de las designaciones con carácter transitorio de los funcionarios que
se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida, conforme a los cargos y plazos que allí se consignan, en
diversas dependencias del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que mediante las decisiones administrativas y las resoluciones citadas
en el Visto fueron designadas y prorrogadas transitoriamente las
personas que se detallan en el Anexo (IF-2020-74519644-APNDARRHH#MOP)
que forma parte integrante de la presente medida, conforme a los cargos
y plazos que allí se consignan, en diversas dependencias del MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS.
Que por el Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se sustituyó
el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado
por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones y
se creó, entre otros, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que por la Decisión Administrativa N° 635/2020 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS.
Que mediante el Decreto N° 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio se estableció que toda prórroga de designaciones
transitorias de personal, en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, podrá ser solicitada al
Presidente de la Nación o al Jefe de Gabinete de Ministros, según
corresponda, por los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la
Nación, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y
autoridades máximas de Organismos Descentralizados, y que el acto
administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse a la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS dentro de los CINCO (5) días de su dictado.
Que por el Artículo 4° del Decreto N° 1.035/18 y su modificatorio se
estableció que en ningún caso la prórroga de la designación que se
instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el Artículo 3° del
mencionado decreto podrá exceder el 31 de marzo de 2020.
Que por el Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 se autoriza a
los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de
organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia
sanitaria ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y
su modificatorio, a prorrogar las designaciones transitorias que
oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las
designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones
transitorias de los funcionarios detallados en el Anexo
(IF-2020-74519644-APN-DARRHH#MOP) que forma parte integrante de la
presente medida.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente
aprobado por la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2019, vigente conforme el
Artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en
los términos del Decreto N° 4 de fecha 2 de enero de 2020, a fin de
atender el gasto resultante por la presente medida.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 3° del Decreto N° 1.035/18 y su modificatorio.
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróganse las designaciones transitorias de las
personas que se consignan en el Anexo (IF-2020-74519644-APN-DARRHH#MOP)
que forma parte integrante de la presente medida, a partir de la fecha
que se detalla y por el plazo que en cada caso se indica, en idénticas
condiciones a las dispuestas respectivamente por las Decisiones
Administrativas Nros. 841 de fecha 2 de mayo de 2018, 854 de fecha 3 de
mayo de 2018 del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Resoluciones Nros. 75 de
fecha 22 de marzo de 2019 (RESOL-2019-75-APN-MI), 657 de fecha 9 de
diciembre de 2019 (RESOL-2019-657-APN-MI) ambas del MINISTERIO DEL
INTERIOR, 13 de fecha 10 de marzo de 2020 (RESOL-2020-13-APN-MOP) del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, autorizándose los correspondientes pagos
del suplemento por función ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008.
ARTÍCULO 2°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme
los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII y en el
Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Personal del
SI.N.E.P., homologado por el Decreto N° 2.098/08.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 64 – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en orden a lo dispuesto por el
Artículo 3° del Decreto N° 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/01/2021 N° 423/21 v. 07/01/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)