Disposición 1/2021
DI-2021-1-APN-SSTA#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2021
VISTO el Expediente EX-2020-17134508-APN-DGD#MTR del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, la Ley N° 24.449, el Decreto Nº 779 de fecha 20 de
noviembre de 1995, el Decreto N° 32 de fecha 10 de enero de 2018, el
Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y la Disposición Nº 58
de fecha 17 de octubre de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.449, conjuntamente con su reglamentación, aprobada por
el Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, establece en su artículo
53, entre otras cuestiones, las diferentes configuraciones de equipos
de cargas por automotor y los pesos máximos admisibles de los mismos.
Que el Decreto 32 de fecha 10 de enero de 2018 modificó, en su artículo
27, los apartados 1 al 2.6. del Anexo R del Decreto Nº 779 del 20 de
noviembre de 1995, y en particular el apartado 2.3.1, ha establecido
una serie de configuraciones de equipos de transporte de carga por
automotor de libre circulación en rutas nacionales.
Que algunos de estos equipos presentan configuraciones de ejes que permiten un peso bruto total combinado mayor a 45 toneladas.
Que el desarrollo de la técnica y las necesidades de la logística en la
región, hacen necesaria la inclusión de diferentes variantes dentro de
las configuraciones aprobadas de equipos de cargas, con el objetivo de
mejorar la eficiencia y asegurando en todos los casos las mejores
condiciones de seguridad.
Que en este orden de ideas, se ha solicitado la inclusión de la
combinación de tractor con semirremolque, con configuración de ejes
1S-2D-1D-3D, con un peso bruto total combinado de 55,5 toneladas.
Que si bien para el mismo peso bruto total combinado, puede aplicarse
la configuración existente 1S-2D-1D-1D1D, que cuenta con 1 eje menos,
el equipo enunciado en el considerando anterior, cuenta con ventajas
técnicas y logísticas para operar en la región.
Que la variante de la configuración bajo análisis presenta una menor
carga por conjunto de ejes, con el consiguiente beneficio para la red
vial, además su comportamiento en los giros cerrados es más ventajoso
que la configuración 1S-2D-1D-1D-1D, tanto en lo que respecta al
arrastre de neumáticos, como por el área barrida en dicha maniobra.
Que la propuesta fue analizada, por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD,
mediante Informe IF-202069148717-APN-OYM#DNV, con opinión favorable,
siempre que las unidades cuenten con la correspondiente Licencia de
Configuración de Modelo en el caso de unidades 0 km, o que satisfagan
el plexo legal vigente en materia de unidades escaladas.
Que el artículo 31 del mencionado Decreto Nº 32 de fecha 10 de enero de
2018 estableció que: “La COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD
VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, queda facultada para establecer los
requisitos que deberán cumplir las configuraciones relativas a
vehículos de transporte de pasajeros y de carga, descriptas en el
presente régimen”.
Que en este contexto la Disposición N° 58 de fecha 17 de octubre de
2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, reglamentó entre
otros aspectos técnicos, aquellos vinculados a las unidades cuyo peso
bruto total combinado excede las 45 toneladas.
Que la medida propiciada implica una modificación a dicha Disposición
en lo relativo a un aspecto reglamentario de la configuración
individualizada con el número 25 del Anexo R del Decreto Nº 779/95,
ampliando sus variantes de diseño.
Que corresponde al ESTADO NACIONAL, generar políticas de mediano plazo
que tiendan a incrementar la seguridad, y mejorar la logística y
eficiencia de los vehículos afectados al transporte por automotor.
Que la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL y la
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, ambas de la
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la
intervención técnica de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, y el
Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese la inclusión en la configuración 25,
establecida en el apartado 2.3.1 del Anexo R del Decreto Nº 779 del 20
de noviembre de 1995, modificado por el artículo 27 del Decreto Nº 32
de fecha 10 de enero de 2018, las siguientes disposiciones de ejes:
ARTÍCULO 2°.- Reemplácese el cuadro del punto 1 del apartado 1, del
Anexo 1 de la Disposición N° 58 de fecha 17 de octubre de 2018 de la
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el que a continuación se
presenta:
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcos Cesar Farina
e. 14/01/2021 N° 1617/21 v. 14/01/2021