AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 15/2021
RESOL-2021-15-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-76995203-APNDE#AND, los Decretos N° 698
del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, N° 868 del 26 de
octubre de 2017 y modificatorio, N° 95 del 1 de febrero de 2018, N° 160
de fecha 27 de febrero de 2018, y las Resoluciones de esta AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 49 del 8 de marzo de 2018 y su
modificatoria N° 230 del 29 de agosto de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 698/17 y sus modificatorios se creó la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, encargado del
diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en
materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones
tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las
personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de
otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las
Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional.
Que, posteriormente, mediante el Decreto N° 868/17, y su modificatorio
se creó en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD el Programa
Nacional “PLAN NACIONAL DE DISCAPACIDAD” U que tiene como objetivo la
construcción y propuesta, a través de una acción participativa y en
coordinación con las distintas áreas y jurisdicciones de la
Administración Pública Nacional de políticas públicas tendientes a la
plena inclusión social de las personas con discapacidad, contemplando
los principios y obligaciones comprometidos por medio de la Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la
Ley N° 26.378.
Que por el Decreto N° 95/18 se modificaron las competencias del
MINISTERIO DE SALUD, suprimiéndose el Servicio Nacional de
Rehabilitación e incorporando el mismo al ámbito de la AGENCIA NACIONAL
DE DISCAPACIDAD, junto a la función de entender en todo lo atinente a
la definición de los modelos prestacionales más adecuados para la
cobertura médica establecida para los titulares de Pensiones No
Contributivas.
Que, posteriormente, por el Decreto N° 160/18, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL transfirió al ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD el
PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD” como así también las
competencias atinentes al mismo, estimándose conveniente aprobar una
nueva estructura organizativa de primer nivel operativo a través del
mismo acto.
Que la estructura de segundo nivel operativo se configuró a partir del
dictado de la Resolución ANDIS N° 49/18, modificada con posterioridad a
través de la Resolución ANDIS N° 230/18.
Que, ahora bien, producto del devenir organizativo y estructural de la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, se dictaron diversos actos
administrativos por parte de los entonces titulares de la Dirección
Ejecutiva, tendientes a delegar facultades originalmente a cargo de los
mismos, conforme los términos del Artículo 3°, punto 11 del Decreto N°
698/17.
Que se estima conveniente proceder a un reordenamiento de las
delegaciones formalizadas, con el objeto de obtener mayor eficiencia
operativa, atendiendo la dinámica organizativa actual y los desafíos
planteados por la actual conducción de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD en términos de fortalecimiento institucional.
Que, en ese sentido, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones
ANDIS N° 139/18, 218/18, 273/18, 274/18, 40/19, 81/19, 83/19, 255/19,
287/20, 718/20, y 720/20.
Que, asimismo, corresponde aprobar el Anexo IF-2020-01181671-APN-DE#AND
en el cual se detallan las delegaciones y/o autorizaciones de acciones,
que se efectúan con el objeto de obtener mayor eficiencia operativa, en
el ámbito de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia
Que, la presente medida se dicta en virtud de las facultades asignadas
por los Decretos N° 698/17 y sus modificatorios, 868/17 y
modificatorio, 160/18 y 935/20.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto las Resoluciones N° 139/18, 218/18,
273/18, 274/18, 40/19, 81/19, 83/19, 255/19, 287/20, 718/20, y 720/20,
todas ellas de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, conforme los
fundamentos esgrimidos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Anexo IF-2020-01181671-APN-DE#AND que forma
parte integrante de la presente, en el cual se detallan las
delegaciones y/o autorizaciones respectivas.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial; y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/01/2021 N° 2075/21 v. 18/01/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
DELEGACIONES - AUTORIZACIONES.
-A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD:
i.- Delegar en el/la titular de la Dirección Nacional de Acceso a los
Servicios de Salud la suscripción de las autorizaciones y/o
convalidaciones pertinentes para efectuar pagos en el marco del
programa presupuestario 36 -Atención médica a beneficiarios de PNC-, e
inciso 5 -Transferencias-.
ii.- Autorizar al/la titular de la Dirección Nacional de Acceso a los
Servicios de Salud el dictado y aprobación del texto del Reglamento
Operativo inherente al funcionamiento del Programa Federal de Salud
Incluir Salud.
-A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE APOYO Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS:
i.- Autorizar al/la titular de la Dirección Nacional de Apoyo y
Asignaciones Económicas para el dictado de los actos dispositivos
relacionados con la gestión técnico-administrativa inherente al
análisis y resolución de las Pensiones y asignaciones de su incumbencia.
-A LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL:
i.- Autorizar al/la titular de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal para el dictado de los actos dispositivos
relacionados con los servicios de apoyo técnico, de sistemas y
circuitos administrativos e informáticos, y de Mesa de Entradas y
Despacho.