MINISTERIO DE SALUD
Resolución 325/2021
RESOL-2021-325-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-89014812-APN-DCYC#MS, la Ley N° 27.541,
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su
modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición de la
Oficina Nacional de Contrataciones N° 48 del 19 de marzo de 2020 y sus
normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad
Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
N° 27.541, que contempla, entre otras, la emergencia sanitaria.
Que por el Decreto N° 260/2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año,
la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada
Ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE
LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 409/2020 se establecieron
los principios generales y pautas que regirán el procedimiento de
contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia
decretada y, a su vez, se dispuso que la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES dictará las normas aclaratorias, interpretativas y
complementarias que resulten pertinentes.
Que, en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional
mediante la Disposición N° 48/2020 aprobó el procedimiento
complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa
Nº 409/2020, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco
de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia
COVID 19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las
unidades operativas de contrataciones y de todos los actores
involucrados en la tramitación de dichos procesos.
Que en fecha 23 de abril del 2020 entraron en vigencia los cambios
introducidos a la mencionada Disposición N° 48/2020 por su similar
Disposición Nº 55/2020, con el objeto de facilitar a las jurisdicciones
y entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL la utilización del Sistema
Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR”, en cuanto concierne al envío
de invitaciones, recepción de ofertas y elaboración del cuadro
comparativo de las mismas, en tanto herramienta que tiende a promover
una mayor afluencia de ofertas, para contribuir, de este modo, a
afianzar el principio general de promoción de la concurrencia.
Que con el objeto de implementar la estrategia de vacunación destinada
a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, la DIRECCIÓN DE
CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES dependiente de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES impulsó la
contratación del servicio de operación logística, por un monto estimado
de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN
MIL TREINTA ($ 985.531.030).
Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS, la SECRETARÍA DE ACCESO
A LA SALUD y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA prestaron su
conformidad a la contratación requerida.
Que, por lo expuesto, se encuadró el procedimiento en una Contratación
por emergencia COVID-19, en los términos del artículo 3° de la Decisión
Administrativa Nº 409/2020 y el artículo 1° de la Disposición ONC N°
48/2020 y sus normas modificatorias y complementarias.
Que el 28 de diciembre del 2020, a la hora límite de la presentación de
ofertas, a través de la plataforma COMPR.AR se confirmaron TRES (3)
ofertas, pertenecientes a las firmas ORGANIZACIÓN COORDINADORA
ARGENTINA S.R.L., CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. y
ANDREANI LOGÍSTICA S.A.
Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN mediante la Orden de Trabajo N° 879/2020 informó
que, en virtud de lo establecido en el artículo 3°, Inciso e) del Anexo
I de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017, las compras de bienes y
contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de
“normalizados o de características homogéneas” o “estandarizados o de
uso común”, se encuentran excluidas del control de precios testigo, sin
distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a las ofertas
presentadas, del cual surge que las ofertas de las firmas CORREO
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. para los renglones 7, 8 y 9 y
ANDREANI LOGÍSTICA S.A. se ajustan a las Especificaciones Técnicas
requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, mientras
que las ofertas de las firmas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y ORGANIZACIÓN COORDINADORA
ARGENTINA S.R.L. no se ajustan a las condiciones requeridas en el
pliego.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA solicitó dejar sin
efecto la adjudicación del renglón 8, “toda vez que mediante
NO-2021-03399270-APN-DNCET#MS la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE
ENFERMEDADES TRANSMISIBLES informó al MINISTERIO DE SALUD de la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES (PBA), que en relación a su solicitud, -por
cuestiones operativas y de recepción y liberación de los productos-,
resulta posible acceder a que la entrega estipulada de las dosis de la
vacuna Sputnik V contra el SARS-Cov-2 correspondientes a la PBA, sea
efectivizada en el Operador Logístico de este Ministerio”.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, en función de los
informes técnicos y formales y la documentación obrante en el
expediente respectivo, recomienda la adjudicación de las ofertas de las
firmas ANDREANI LOGÍSTICA S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y
CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. para los renglones 7 y 9,
por ser válidas y convenientes.
Que, asimismo, la citada Dirección recomienda desestimar las ofertas de
las firmas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. para los
renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA
S.R.L. por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el pliego.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de
sus respectivas competencias.
Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el
artículo 6º de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo
de 2020 y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de
marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, sus normas
modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº
8/2020, encuadrada en los términos del artículo 3° de la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1° de la
Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 48 del 19 de
marzo de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias, para la
contratación del servicio de operación logística para la estrategia de
vacunación destinada a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19,
así como también el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como
anexo PLIEG-2020-89105667-APN-DCYC#MS forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°. - Desestímanse las ofertas de las firmas CORREO OFICIAL DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y
ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA S.R.L., por los motivos expuestos
en los considerandos.
ARTÍCULO 3°. – Déjase sin efecto el renglón 8, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 4°. - Adjudícase la presente Contratación por emergencia
COVID-19 Nº 8/2020, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas
que a continuación se detallan:
ANDREANI LOGÍSTICA S.A. (CUIT N° 30-69801114-5)
Renglón 1 por un total de 69 unidades, renglón 2 por un total de 47
unidades, renglón 3 por un total de 6 unidades, renglón 4 por un total
de 550 unidades, renglón 5 por un total de 15.025 unidades y renglón 6
por un total de 9.975 unidades, por la suma total de $ 437.559.365,67.
CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70857483-6)
Renglón 7 por un total de 15.025 unidades y renglón 9 por un total de 10.000 unidades por la suma total de $ 50.350.300,00.
TOTAL A ADJUDICAR $ 487.909.665,67.
ARTÍCULO 5°. - La suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES
NOVECIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA Y SIETE
CENTAVOS ($ 487.909.665,67) deberá ser afectada con cargo a las
partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio
2021.
ARTÍCULO 6°. - Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a suscribir las
pertinentes órdenes de compra.
ARTÍCULO 7°. – Publíquese en la página de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES (ONC), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el Boletín Oficial y pase a la DIRECCIÓN DE
COMPRAS Y CONTRATACIONES a sus efectos.
Ginés Mario González García
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/01/2021 N° 2175/21 v. 18/01/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)