JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 7/2021
RESOL-2021-7-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2021
VISTO los Expedientes Nros. EX-2020-61920669-APN-DGDYD#MJ,
EX-2020-50833647-APN-DGDYD#MJ, EX-2019-96465320-APN-ONEP#JGM y
EX-2018-54628941-APN-DGRRHH#MJ del Resgistro de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, los Decretos Nros. 36 del 14 de diciembre de 2019 y 564
del 24 de junio de 2020, las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO Nros. 433 del 30 de octubre de 2019 y su modificatoria, 453 del
1 de noviembre de 2019 y 514 del 9 de diciembre de 2019 y la Resolución
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 1 del 30 de enero 2020,
y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 36 del 14 de diciembre de 2019 se instruyó a los
titulares de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional a revisar los procesos concursales y de selección de
personal en un plazo no mayor a SEIS (6) meses, computados a partir de
la fecha de dictado de dicho decreto con el fin de analizar su
legalidad y la pertinencia de los requisitos previstos para el cargo
concursado, merituando los antecedentes presentados por los postulantes.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 564 del 24 de junio de 2020, se
dispuso extender el plazo referido en el considerando precedente hasta
el 15 de octubre de 2020.
Que por la Resolución de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº
1 del 30 de enero 2020, se estableció el procedimiento para las
revisiones ordenadas por el Decreto N° 36/19.
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO N° 433
del 30 de octubre de 2019 y su modificatoria Nº 453 del 1 de noviembre
de 2019, se efectuó el llamado a concurso para la cobertura de TREINTA
Y SIETE (37) cargos vacantes de la planta permanente del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, mediante Convocatoria Interna
extraordinaria.
Que entre las bases aprobadas por el acto referido y según lo
establecido en el Informe IF-2019-96908455--APN-ONEP#JGM, se encuentra
la correspondiente al cargo ASISTENTE DE ASUNTOS JURÍDICOS, Nivel B,
Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, para la
prestación de servicios en la Unidad Ministro.
Que en cumplimiento de lo instruido por el artículo 4º del Decreto Nº
36/19, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS revisó el
mencionado proceso de selección, particularmente en relación a la
pertinencia de los requisitos previstos para el cargo a concursar.
Que como consecuencia de dicha verificación, la Jurisdicción
interviniente corroboró que en las Bases y condiciones se solicitó a
los postulantes la acreditación de alguno de los siguientes Títulos
atinentes: “Bachiller Universitario en Derecho, Procurador, Técnico
Superior Jurídico Contable, Bachiller Universitario en Ciencias
Jurídicas y Sociales, Tecnicatura en Gestión Jurídica, Tecnicatura
Universitaria en Asistencia Jurídica, Asistente Jurídico Universitario,
Tecnicatura Universitario en Derecho, Tecnicatura Superior en Gestión
Jurídica”.
Que entre los títulos académicos solicitados no se incluyó el de abogado.
Que el Ministerio interviniente expresó, a través de la Nota
NO-2020-51375456-APN-SSGA#MJ del 5 de agosto de 2020, que los
requerimientos académicos exigidos en las Bases y condiciones aprobadas
para el puesto no se adecúan con los actuales objetivos de la unidad
estructural de desempeño, ni con los conocimientos mínimos y
excluyentes que requieren los temas que allí se tratan y desarrollan,
toda vez que la posesión del título de abogado resulta fundamental para
el ejercicio de la función.
Que, asimismo, expresó que la omisión del título de abogado de entre
los exigidos en la convocatoria redujo arbitrariamente el universo de
participantes, acotando considerablemente el número de posibles
postulantes.
Que por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO N° 514 del
9 de diciembre de 2019, se aprobó el orden de mérito, entre otros, para
la cobertura del citado cargo ASISTENTE DE ASUNTOS JURÍDICOS
(2019-021189-MINJUS-G-SI-X-B) conforme lo dispuesto en el artículo 75
del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nº 342
del 23 de septiembre de 2019.
Que por lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8º del
Decreto Nº 36/19 el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS propone
dejar sin efecto el proceso para la cobertura del cargo ASISTENTE DE
ASUNTOS JURÍDICOS (2019-021189- MINJUS-G-SI-X-B) toda vez que el perfil
convocado no se adecua a los requerimientos y necesidades del área de
desempeño.
Que lo resuelto no afecta un derecho subjetivo de los postulantes, toda
vez que en el hipotético caso de que la selección hubiese culminado sin
reproches, los aspirantes sólo poseen un derecho en expectativa a ser
designados.
Que, en efecto, el concurso “solo constituye un procedimiento de
selección del funcionario o del empleado público, cuyo ingreso al cargo
tiene lugar mediante ‘nombramiento’ que hace la respectiva autoridad”
(Marienhoff, Miguel Santiago; “Tratado de Derecho Administrativo”, Tº
III-B, página N° 98, Editorial Abeledo - Perrot, Buenos Aires, 1983).
Que en el mismo sentido se ha pronunciado la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN al decidir “…que debe observarse que el mero interés
legítimo que se aduce en el caso por haberse presentado la recurrente
al concurso de que se trata no basta para sustentar el antedicho
remedio judicial, ya que no se ha privado a la causante de un derecho
subjetivo -que hubiera nacido con el acto de nombramiento- …” (Fallos
295:671).
Que la Administración Pública convocante puede dejar sin efecto el
proceso de selección cuando razones de oportunidad, mérito y
conveniencia así lo aconsejan.
Que la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA y la
DIRECCIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL, ambas dependientes de
la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de esta Secretaría, han tomado
intervención.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, ha dicho que: “…en orden al
principio del paralelismo de las competencias…, quien tiene facultades
para dictar un acto… también la tiene para modificarlo o extinguirlo.”
(Dictámenes 234:227).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
COORDINACÍON ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
han tomado la intervención de su competencia mediante
IF-2021-03212575-APN-DGAJ#JGM e IF-2020-82839063-APN-DGAJ#MJ,
respectivamente.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 4º y 8º del Decreto Nº 36/19.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el proceso de selección para la
cobertura del cargo ASISTENTE DE ASUNTOS JURÍDICOS
(2019-021189-MINJUS-G-SI-X-B) de la planta parmente del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, cuya convocatoria fuera dispuesta por la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO N° 433 del 30 de
octubre de 2019 y su modificatoria Nº 453 del 1 de noviembre de 2019,
por los motivos expresados en los considerandos de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
e. 19/01/2021 N° 2223/21 v. 19/01/2021