SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 30/2021
RESOL-2021-30-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-41646028- -APN-DCRNEA#SENASA, la
Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se crean en el ámbito
del Territorio Nacional, TRESCIENTAS DIECISÉIS (316) Oficinas Locales
del citado Servicio Nacional.
Que la Dirección de Centro Regional NEA dependiente de la Dirección
Nacional de Operaciones, propicia la creación de la Oficina Local de
Mocoretá, ubicada en General Roca Nº 687, Mocoretá, Departamento Monte
Caseros, Provincia de CORRIENTES, a los fines de un mejor ordenamiento
de los servicios que se prestan y mayor eficacia en la atención de los
trámites que se realizan en esa zona.
Que corresponde cumplir dichos objetivos conforme a los requerimientos
de los productores de la zona involucrada, las exigencias sanitarias,
la producción agrícola, las certificaciones fitosanitarias, los
programas nacionales y provinciales, y de acuerdo con las acciones
sanitarias que se hubieren planificado implementar en cada caso.
Que resulta necesario dotar de personal técnico y administrativo a la
zona de influencia en lo referente a trámites administrativos y
recaudaciones, de conformidad con lo ut supra mencionado.
Que las Direcciones Nacionales de Operaciones, de Sanidad Animal, de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y de Protección Vegetal prestaron
su conformidad al acto que se propicia.
Que la Dirección General Técnica y Administrativa informa que se cuenta
con los créditos presupuestarios para hacer frente a la medida en
cuestión.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de
2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Oficina Local de Mocoretá, ubicada en General
Roca Nº 687, Mocoretá, Departamento Monte Caseros, Provincia de
CORRIENTES, quedando en este acto incorporada al Anexo I de la
Resolución Nº 819 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme lo detallado en el Apéndice
I del Anexo (IF-2021-01023523-APN-DCRNEA#SENASA) que forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Modificase el Anexo II de la citada Resolución Nº 819/02,
en lo referente al ámbito geográfico de la jurisdicción correspondiente
a la Oficina Local mencionada en el Artículo 1º de la presente
resolución, el que se detalla en el Apéndice II del Anexo
(IF-2021-01023523-APN-DCRNEA#SENASA) que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Modificase el Anexo IV de la mentada Resolución Nº
819/02, incorporando el mapa de la Provincia de CORRIENTES con
ubicación de la Oficina Local creada por el Artículo 1º del presente
marco normativo, que obra como Apéndice III del Anexo
(IF-2021-01023523-APN-DCRNEA#SENASA) que forma parte integrante de esta
resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Alberto Paz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/01/2021 N° 2216/21 v. 19/01/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)