MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL
Decreto 26/2021
DCTO-2021-26-APN-PTE - Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-03433615-APN-DGD#MC, la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE
CULTURA, en su reunión de Comité Ejecutivo Nº 1, del 13 de enero de
2021, ha resuelto proponer la declaratoria como Monumento Histórico
Nacional de la FINCA “SAMAY HUASI” del Distrito SAN MIGUEL,
Departamento de CHILECITO, Provincia de LA RIOJA, que perteneciera a
Joaquín V. GONZÁLEZ.
Que el 6 de marzo de 1863 nació en NONOGASTA, Provincia de LA RIOJA,
Joaquín Víctor GONZÁLEZ, célebre jurisconsulto, historiador, escritor,
educador y político, versado en diversos campos del saber, a quien se
debe la redacción del Proyecto de la Constitución Provincial de LA
RIOJA, del Proyecto de Ley Nacional del Trabajo, del Proyecto de
Reformas del Código de Minería e impulsó la reforma electoral de 1902,
entre otras tantas leyes, siendo sus obras literarias fundamentales “La
Tradición Nacional” y “Mis Montañas”.
Que entre las múltiples funciones y cargos en que se desempeñó cabe
mencionar sus mandatos como Gobernador de la Provincia de LA RIOJA,
como Ministro de Justicia e Instrucción Pública de la Nación y como
Ministro del Interior de la Nación y Senador Nacional por su provincia
natal, cargo que ocupó hasta su muerte, el 21 de diciembre de 1923.
Que en el año 1905 fundó la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA, siendo asimismo presidente de dicho establecimiento educativo.
Que a su casona ubicada en el Distrito SAN MIGUEL, Departamento de
CHILECITO, construida a principios del siglo XIX, la rebautizó en el
momento de su adquisición con el nombre de “SAMAY HUASI”, que en lengua
quechua significa “Casa de reposo”.
Que la casona es una construcción poscolonial, con amplias habitaciones
estructuradas en torno a un patio, galerías y un mirador, con
caballerizas y bodega, y posee una extensión total de DIECISIETE (17)
hectáreas.
Que de acuerdo con investigaciones, Joaquín Víctor GONZÁLEZ trazó las
avenidas de sus jardines, donde también plantó árboles frutales, cuidó
sus flores y su huerta, dio valor ornamental a plantas nativas e hizo
adornar el parque con monumentos líticos, destacándose especialmente la
“PUERTA DE MICENAS”, su galería de los rústicos monolitos de “los SIETE
(7) sabios griegos” y la “PUERTA ETRUSCA”
Que tras atravesar el rosedal se llega hasta una escalinata de piedra
tallada por el mismo Joaquín V. GONZÁLEZ y sobre la misma se erige la
enorme escultura que lo inmortaliza, en una actitud contemplativa que
le da su nombre “El Pensador”, obra del notable artista César SFORZA.
Que en el año 1941 la finca fue transferida a la UNIVERSIDAD NACIONAL
DE LA PLATA (actual propietaria del bien), en homenaje a quien fuera su
fundador.
Que, actualmente, las principales habitaciones de la casa albergan una
biblioteca y un pequeño museo con pertenencias del prócer.
Que la antigua bodega situada en el subsuelo guarda una muestra
arqueológica, antropológica y paleontológica de minerales y ciencias
naturales, con una vistosa colección de aves autóctonas embalsamadas,
en vitrinas donde se reproduce su hábitat natural.
Que los pabellones que formaron las caballerizas han sido transformados
en dormitorios y salas en torno a encantadores patios con galerías,
destinados fundamentalmente a miembros de la universidad, aunque
también abiertos al turismo.
Que la actual pinacoteca “Antonio ALICE” es un espacio dedicado a
exhibir obras pictóricas de artistas riojanos, que homenajea con su
nombre al artista y amigo de Joaquín V. GONZÁLEZ.
Que el antiguo dormitorio y la actual Sala Iconográfica reflejan la
vida del notable político, con algunos objetos personales y diversos
retratos y fotografías de LA RIOJA, junto a diversas piezas escritas de
su autoría.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1º ter,
inciso b) de la Ley Nº 12.665.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la FINCA “SAMAY
HUASI”, incluyendo su casa principal, sus jardines, su pinacoteca
“Antonio ALICE”, su Sala de Ciencias Naturales, su Sala Iconográfica,
sus monumentos líticos y el monumento en memoria de Joaquín Víctor
GONZÁLEZ, sita en la calle Facundo Quiroga Nº 36, en el Distrito SAN
MIGUEL, Departamento de CHILECITO, Provincia de LA RIOJA (Inscripto en
el Dominio 271, Folio 294, Año 1950, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 1, Parcela 1).
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE
BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos
en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las
normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones
correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad
Inmueble.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer
e. 20/01/2021 N° 2448/21 v. 20/01/2021