ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 20/2021
ACTA N° 1650
Expediente N° EX-2018-39888527-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 21 de ENERO de 2021
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública solicitado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE
ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.) a requerimiento de la
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES (DPEC), para la obra
consistente en la instalación de DOS (2) campos de salida de línea tipo
exterior, en 13,2 kV, para la conexión de los nuevos distribuidores
denominados Salidas 2 y 3 en la Estación Transformadora (ET) Sarmiento
Provisoria, cuya operación y mantenimiento se encuentra bajo
jurisdicción de la transportista.
2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a
través de la publicación de un AVISO en los portales de Internet del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por
DOS (2) días consecutivos, en un diario de amplia difusión del lugar en
donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar
eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada,
para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo
en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición común a otros
usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas
y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos
en defensa de la solicitud publicada.
4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo
fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se verifique la
presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar
un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública solicitado. 5.- El solicitante deberá
cumplir con todas las observaciones y requerimientos técnicos
efectuados tanto por TRANSNEA S.A. como por CAMMESA, en sus respectivos
informes técnicos, a efectos de garantizar el funcionamiento del
Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
6.- TRANSNEA S.A. deberá realizar los ajustes a su Sistema de Gestión
Ambiental (SGA), incorporando las nuevas instalaciones a la ET y los
monitoreos correspondientes, a los fines de verificar el cumplimiento
de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE
ENERGÍA (Ex SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en condiciones
operativas.
7.- Hacer saber que se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la
Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones
Transformadoras) y Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de
2011 (Señalización de instalaciones eléctricas).
8.- Notifíquese a DPEC, a TRANSNEA S.A., y a CAMMESA. 9.- Regístrese,
comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manin -
Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.
e. 25/01/2021 N° 3106/21 v. 25/01/2021